Cómo calcular el impuesto a la herencia y en qué provincias es obligatorio pagarlo
En Argentina no existe un impuesto nacional sobre herencias. Actualmente, esta carga tributaria solo está vigente en una única jurisdicción. Sin embargo, su sola existencia genera inquietudes, especialmente entre quienes están atravesando un proceso de sucesión o por recibir bienes —como propiedades, dinero u otros activos— sin contraprestación. En muchos casos, estas dudas motivan la consulta con un abogado para comprender si el impuesto aplica y cómo se calcula.
Sucesiones, herencias y el impuesto que solo cobra una provincia
Actualmente, este tributo solo se aplica en una jurisdicción: la provincia de Buenos Aires. Su nombre oficial es Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes, y rige en el ámbito bonaerense desde 2011, cuando fue establecido por la Ley 14.044, posteriormente modificada por la Ley 14.200.
Aunque suele conocerse como "impuesto a la herencia", su aplicación es más amplia: también incluye donaciones, legados y otras formas de traspaso de patrimonio sin que exista una compra de por medio.
A partir de 2025, la provincia de Buenos Aires sigue siendo la única en todo el país que efectivamente cobra este impuesto. Si bien otras jurisdicciones han debatido en distintos momentos su implementación —y el Consenso Fiscal habilita a las provincias a establecer tributos sobre herencias, donaciones o adelantos de herencia—, hasta ahora ninguna otra lo ha puesto en marcha.
En el ámbito nacional, la actual gestión del Ejecutivo se ha expresado en contra de crear nuevos tributos, por lo que no se espera que el impuesto a la herencia se extienda a otras regiones en el corto plazo.
¿Cuánto se debe pagar?
- El impuesto se calcula en función de dos elementos:
- El valor de los bienes recibidos
- El grado de parentesco con quien los transfiere
Cuanto más estrecho sea ese vínculo, menor será el porcentaje que se paga. Las transferencias entre padres e hijos, por ejemplo, se gravan con tasas más bajas, mientras que los legados a familiares lejanos o a personas sin lazos de sangre implican alícuotas más elevadas.
Actualmente, las tasas oscilan entre el 1,6% y el 6,4%. También hay un mínimo no imponible que varía según el parentesco: los herederos directos (hijos, padres o cónyuge) cuentan con un piso más alto, mientras que para los demás beneficiarios ese umbral se reduce. Además del porcentaje sobre el valor recibido, se aplica una cuota fija adicional.
Cómo funciona el impuesto a la herencia en la provincia de Buenos Aires
Según lo establecido en el artículo 91 de la Ley 14.044, el Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes recae sobre todo incremento patrimonial recibido a título gratuito, siempre que los bienes estén ubicados en la provincia de Buenos Aires o que el beneficiario —persona física o jurídica— tenga domicilio en esa jurisdicción.
Esto implica que:
- Un residente bonaerense que hereda una propiedad en otra provincia o en el extranjero también deberá tributar este impuesto.
- Si una persona que reside, por ejemplo, en Córdoba o Mendoza hereda un inmueble en su propia provincia, no se encuentra alcanzada por este tributo.
El trámite se realiza de forma digital a través de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA). Allí, el heredero debe presentar una declaración jurada y abonar el impuesto mediante pago electrónico.
Además, el artículo 183 de la ley amplía el alcance del impuesto: no solo se grava la recepción de inmuebles, sino también de bienes como dinero, vehículos, acciones, derechos, aportes societarios y otras transferencias patrimoniales sin contraprestación. También se incluyen situaciones como renuncias a derechos, donaciones y enajenaciones por interpósita persona.
En el caso de los inmuebles, la base imponible es la última valuación fiscal vigente, ajustada por un coeficiente que establece la Ley Impositiva provincial. Si el bien está ubicado fuera de Buenos Aires, se toma como referencia la valuación fiscal de esa provincia o su valor de mercado, según lo disponga la reglamentación.