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ARCA actualiza controles: qué pasa con las transferencias que superan los $500.000

Con la llegada de septiembre, ARCA comenzará a monitorear transferencias y operaciones financieras que superen los nuevos límites actualizados para 2025
Por NB
IMPUESTOS - 01 de Septiembre, 2025

Con la llegada de septiembre, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) comenzará a monitorear las transferencias y operaciones financieras que superen determinados límites, según lo establecido por la normativa vigente. La medida afecta tanto a entidades bancarias como a billeteras virtuales, que deben informar movimientos de sus clientes que excedan estos topes.

Estos son los montos de referencia actualizados para 2025

A mitad de año, ARCA aplicó un ajuste semestral de los límites de control, basado en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC. Los nuevos topes rigen para operaciones desde el 1 de junio y se mantendrán en los próximos meses.

Los principales montos son:

  • Transferencias y acreditaciones: $50 millones para personas físicas y $30 millones para personas jurídicas. Antes, el límite para personas físicas era de $2 millones.
  • Extracciones en efectivo: $10 millones para ambos tipos de contribuyentes, frente a cualquier monto previamente informado.
  • Saldos bancarios al último día del mes: $50 millones para personas físicas y $30 millones para jurídicas (antes $1 millón).
  • Plazos fijos: $100 millones para personas físicas y $30 millones para jurídicas (antes $1 millón).
  • Transferencias en billeteras virtuales: $50 millones para personas físicas y $30 millones para jurídicas.
  • Tenencias en sociedades de bolsa: $100 millones para personas físicas y $30 millones para jurídicas.
  • Compras de consumidor final: $10 millones, contra los $250.000 en efectivo y $400.000 en otros medios previos.
  • Pagos diversos: $50 millones para personas físicas y $30 millones para jurídicas.

De superar estos límites, ARCA podrá activar alertas que derivarán en un análisis más detallado de las operaciones.

Documentación requerida para justificar los movimientos

Si el dinero proviene de una operación legítima, normalmente no habrá inconvenientes. Sin embargo, bancos y fintech pueden retener el monto de manera preventiva hasta recibir comprobantes que respalden la transacción. Entre los documentos más habituales se encuentran:

  • Contratos de compraventa o boletas de pago.
  • Facturas emitidas bajo monotributo o régimen general.
  • Recibos de sueldo o haberes jubilatorios.
  • Constancia de inscripción en monotributo.
  • Certificados de origen de fondos emitidos por contadores públicos matriculados.

Con esta documentación, suele ser suficiente para liberar el dinero retenido y evitar inconvenientes legales.

Cómo actuar si la operación es bloqueada

Para transferencias elevadas que sean observadas, se recomienda:

  • Responder al requerimiento del banco con los comprobantes solicitados.
  • Avisar previamente a la entidad sobre montos importantes, indicando fecha, origen y monto de la transacción.
  • Evitar fragmentar transferencias para esquivar los límites, ya que esto puede generar alertas adicionales.
  • Si la procedencia de los fondos no puede justificarse, ARCA podría aplicar multas, bloquear temporalmente la cuenta e incluso derivar el caso a la Unidad de Información Financiera (UIF) para investigar un posible lavado de dinero.

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