FALLO JUDICIAL

Nueva victoria de Kicillof: ARBA volverá a cobrar Patentes y Sellos en los Registros del Automotor

Kicillof ganó una batalla en la guerra con el gobierno de Javier Milei: cae cautelar que impedía a ARBA cobrar impuestos en los Registros del Automotor
Por Dolores Olveira
IMPUESTOS - 11 de Septiembre, 2025

Un fallo de Cámara habilitó al gobierno bonaerense de Axel Kicillof a cobrar los impuestos de Patentes y Sellos a través de los Registros del Automotor, posibilidad que había sido eliminada con la derogación de convenios de la Nación.con las provincias.

El juez de primera instancia había otorgado una medida cautelar al Gobierno de Javier Milei y había suspendido así el cobro de impuestos provinciales a través de los Registros del Automotor ubicados en la provincia. Sin embargo, la Cámara Federal de La Plata revocó la medida provisoria y ARBA volverá a recibir los tributos a través de esas reparticiones nacionales.

Cuál es caso judicial sobre impuestos provinciales

Anteriormente, mediante "Convenios" entre el Ministerio de Justicia y las provincias, los Encargados Seccionales de la Dirección Nacional del Registro de Propiedad Automotor actuaban como agentes de recaudación de los fiscos provinciales respecto a los impuestos de Sellos y Patentes, explican Lucas Gutiérrez y Octavio Cejas, del estudio Lisicki, Litvin & Abelovich, y precisan:

En el caso particular, provincia de Buenos Aires y el Ministerio de Justicia suscribieron su convenio el 3 de octubre de 1991. Ahora bien, gracias a la política desregulatoria del Gobierno Nacional, ello se modificó sustancialmente.

El Ministerio de Justicia denunció todos los Convenios vigentes de complementación de servicios suscriptos entre ese organismo y las municipalidades, provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Lógicamente, ello implicó problemas para los fiscos provinciales.

Qué hizo ARBA ante la inhabilitación de los Registros

Sin quedarse de brazos cruzados, la Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA), a los a efectos de asegurar la normal percepción de su renta, dictó la Resolución 26/2024, mediante la cual designó como agentes de recaudación obligados a los Registros Automotor, consideran Gutiérrez y Cejas, e indican:

La resolución se fundó en que el Código Fiscal provincial obliga a los registros a suministrar información y denunciar incumplimientos, como así también que establece que en las transferencias de bienes se debe acreditar la inexistencia de deuda.

El Ministerio de Justicia inició una acción declarativa contra ARBA en la Justicia, para que se declare la inconstitucionalidad de la Resolución respectiva, al considerar que el organismo carece de potestades para obligar a los Registros del Automotor a actuar en carácter de agentes de recaudación de impuestos provinciales sin que medie un convenio entre ambos.

Qué dijo el juez de primera instancia

El Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal de La Plata 4 dictó una medida cautelar que suspendió la aplicación de esa resolución de ARBA, en tanto entendió que "ARBA no tendría facultades legales para designar unilateralmente a funcionarios nacionales como agentes de recaudación de impuestos provinciales sin un convenio previo", y remarcó:

  • De la Ley de Procedimiento Tributario bonaerense no surge que esta otorgue a ARBA la autoridad para hacerlo sin un acuerdo específico con el organismo nacional. Para ello precisamente se habría celebrado el Convenio, ahora rescindido.
  • Con este marco, la Resolución dictada por ARBA no encuentra sustento  legal que le posibilite poner en cabeza de un ente nacional el carácter de agente de recaudación de tributos locales.
  • Conforme lo expuesto, considero acreditada la existencia de indicios razonables de la ilegitimidad del acto administrativo dictado por la autoridad fiscal provincial.

Qué respondió la Cámara Federal

Sin embargo, el 4 de septiembre de 2025 la Cámara Federal de La Plata revocó la medida cautelar, en tanto consideró que "no se vislumbra de manera nítida que se encuentre acreditado el peligro irreparable que causaría aguardar hasta el dictado de la sentencia definitiva", Luego sostuvo:

Esto, porque "no resulta claro a esta altura del proceso como puede verse impedida u obstaculizada seriamente la función registral en cuestión; sobre todo, teniendo en cuenta que se trata de una práctica que se viene realizando desde hace 34 años sin que se vea afectado el funcionamiento de los Registros del Automotor y las actividades que llevan a cabo".

Ello, puesto que prioriza "la circunstancia de que la provincia de Buenos Aires deje de percibir los impuestos de Sellos y Sutomotor mediante la vía convenida oportunamente, no le ocasionaría un perjuicio al Estado nacional en términos de rentas públicas o recaudación impositiva como sí, por el contrario, al Estado provincial, de forma directa e inmediata sobre su presupuesto y erario público".

En el medio, los cambios de legislación constantes, reglas del juego poco claras y designaciones como agentes de recaudación sin sustento jurídico, estas sentencias implican un acrecentamiento en la falta de seguridad jurídica, subrayan Gutiérrez y Cejas.

Después de todo lo sucedido, exactamente un año después de que se denunciaran los convenios por parte del Ministerio de Justicia, todo sigue exactamente igual: al revocarse la medida cautelar, y los Registros del Automotor están obligados a percibir los impuestos por parte de ARBA, señalan.

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