Alivio: insisten en la ley que busca perseguir penalmente solo a los grandes evasores
Al volver a impulsar la Ley de Inocencia Fiscal en el Congreso junto con el Presupuesto 2026, el Gobierno insistirá en la actualización de las penas tributarias, buscando subir los límites para los delitos de evasión y perseguir penalmente solo a los grandes evasores.
En agosto tuvo media sanción en la Cámara de Diputados la actualización de los montos establecidos en la Ley Penal Tributaria, reemplazando uno de los capítulos del proyecto de Inocencia Fiscal que había enviado el Gobierno y que no se trató.
Entre las modificaciones, se toma como unidad el valor del salario mínimo vital y móvil, indica Noelia Girardi, del estudio Lisicki, Litvin & Abelovich.
Así, aumentan los umbrales sobre los cuales se configuran cada uno de los delitos tributarios, actualizándose mensualmente el importe de acuerdo a la variación del salario mínimo vital y móvil (SMVM), explica.
En sentido contrario, el proyecto de Inocencia Fiscal del Gobierno, que hasta ahora está paralizado, pero sería impulsado de nuevo con el Presupuesto 2026, establece una fuerte suba en las multas por falta de presentación de declaraciones juradas, entre otras, expresa Fernando López Chiesa, del estudio Lisicki, Litvin & Abelovich.
Cómo quedan los límites mínimos para la evasión
Dado que el SMVM para septiembre de 2025 es de $322.000, los límites para que apliquen las sanciones de la Ley Penal Tributaria son las siguientes, según puntualiza Girardi:
- Evasión simple: 345 SMVM o $111.090.000. Hasta ahora es de $1,5 millones.
Hay evasión simple cuando un contribuyente deja de pagar impuestos mediante engaños, ocultaciones o cualquier tipo de artimaña.
- Evasión agravada: 3.450 SMVM o $1.110.900.000. Hasta ahora era de $15 millones.
Cuando se usan personas o empresas interpuestas para ocultar identidad o montos, o cuando se aprovechan beneficios fiscales de manera fraudulenta. También se considera evasión agravada cuando se utilizan facturas apócrifas.
- Aprovechamiento indebido de subsidios: 345 SMVM o $111.090.000.
- Apropiación indebida de tributos: 23 SMVM o $7.406.000.
Hay "apropiación indebida" cuando un contribuyente utiliza de manera fraudulenta reintegros, devoluciones, subsidios u otros beneficios tributarios, ya sea nacionales, provinciales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Cuáles son los umbrales para la seguridad social
Respecto de los delitos tributarios referidos a los aportes y contribuciones a la seguridad social, los umbrales de punibilidad son los siguientes:
- Evasión simple: 46 SMVM o $14.812.000.
- Evasión agravada: 230 SMVM o $74.060.000.
- Apropiación indebida: 23 SMVM o $7.406.000.
- Simulación dolosa: 23 SMVyM o $7.406.000.
Se habla de simulación gravosa o dolosa de cancelación de obligaciones cuando un contribuyente utiliza comprobantes falsos, registraciones o declaraciones engañosas para aparentar que ha pagado total o parcialmente sus impuestos, aportes a la seguridad social o sanciones pecuniarias, ya sean propias o de terceros.
Qué quiere el Gobierno para las multas
En sentido opuesto a este proyecto, que alivia las sanciones por evasión de la Ley Penal Tributaria, el Gobierno impulsa fuertes subas de multas por no presentación de declaraciones juradas, entre otros incumplimientos en su proyecto de Inocencia Fiscal.
Al respecto, Gutiérrez dice que las multas automáticas por la falta de presentación de declaración jurada de impuestos pasan de $200 a $220.000 para personas humanas y de $400 a $440.000 para personas jurídicas.
Estos montos son excesivamente altos, porque lo que busca la multa la norma es proteger el bien jurídico tutelado, que es que la persona exteriorice sus impuestos y obligarlo a ese cumplimiento, enfatiza.
Por eso, la Ley de Procedimiento Fiscal regula que la falta de pago va a aplicar intereses recarsitorios e incluso punitorios, advierte.
Estas modificaciones tienen más un fin recaudatorio que motivar a la persona a presentar la declaración jurada. Si bien los valores habían quedado muy desactualizados, esto va a significar en los primeros tiempos una carga muy significativa, subraya.
El proyecto tampoco tiene ningún monto corrector del monto con un mecanismo de actualización, alerta.
De esta manera, el Gobierno mejora la carga de sanciones con el incremento de los límites para las sanciones por evasión de la Ley Penal Tributaria. Pero incrementa fuertemente las multas administrativas por incumplimientos como la falta de presentación de declaraciones juradas.