Herencia sin conflictos: cómo es la reorganización libre de impuestos que puede salvar empresas familiares
En las empresas familiares, los herederos necesitan muchas veces dividir las compañías. Esto puede ser un proceso libre de impuestos si se cumplen ciertos requisitos, y ARCA viene precisando ciertas condiciones en consultas que respondió en los últimos meses.
A cada uno de los integrantes de la familia les interesaría disponer de una parte para su producción. Sus porcentajes son usualmente diferentes, por tanto, influye en la distribución de los bienes a transferir a las sociedades continuadoras por la herencia, indica Santiago Sáenz Valiente, del Estudio Sáenz Valiente & Asoc.
La herramienta más adecuada es la Reorganización Societaria prevista en la ley general de sociedades. La Ley de Impuesto a las Ganancias, asimismo, dispone también para las empresas proceder al régimen libre de impuestos, sean estos nacionales, provinciales o municipales, explica.
Resulta indispensable cumplir con los requisitos exigidos, pues de otra forma se caen los beneficios y todas las transferencias, sean de bienes de cambio, muebles o inmuebles, se consideran como venta con la consecuente determinación de ARCA de un impuesto impensado, enfatiza.
Qué requisitos tiene la reorganización libre de impuestos
La línea rectora es la continuidad de estos procesos, tanto de las participaciones societarias en su conjunto, como el desarrollo de la actividad por parte de las entidades que reciben el patrimonio de su antecesor, afirma Sáenz Valiente.
Los principales requisitos son los siguientes, enumera:
- Los socios en su conjunto de las sociedades antecesoras deben ser los mismos en las empresas continuadoras, al menos en un 80% del total. Asimismo, deben mantener su participación al menos por 2 años calendarios.
- Al menos una de las actividades que desarrollaba la empresa madre, deben continuar llevándola a cabo las nuevas entidades por un periodo mínimo de 2 años.
- Tratarse de una empresa en marcha, esto implica desarrollar actividades por los últimos 12 meses, aunque hay fallos que flexibilizan el lapso.
- Cumplir con la comunicación a ARCA dentro de los 180 días de la fecha determinada de la escisión.
En caso de incumplimiento de cualquiera de esas condiciones, ARCA dará por decaído todos los beneficios impositivos y se aplicará además del impuesto dejado de ingresar, fuertes recargos y multas.
Qué se debe cumplir sobre la actividad de la empresa
La cuestión de la actividad, es donde se presentan las principales consultas e inconvenientes a la hora de suscribir este procedimiento, señala Sáenz Valiente.
Un aspecto relevante a dilucidar es el concepto de "nivel de actividad" a desarrollar por las empresas intervinientes en el proceso reorganizativo, precisa, y advierte:.
- La empresa debe tener una efectiva realización de las actividades, más allá de las formalidades.
- No obstante, la determinación de la significatividad es absolutamente subjetiva.
- Además, la actividad continuada debe tener sustancia y no ser un simple cumplimiento residual de la misma.
Para poder demostrar que la entidad continuadora desarrolla la actividad de la antecesora, deberá hacerlo a través de sus registros contables y hecho concretos económicos, tales como contratación de personal, inversiones, adquisiciones de bienes de uso, entre otros.
Cuándo exime ARCA de ciertos requisitos
En la ley constan tres casos de reorganización libre de impuestos, puntualiza Sáenz Valiente:
- Fusiones o absorciones
- Escisiones empresarias
- Transferencias dentro del mismo conjunto económico.
Las dos primeras categorías, fusión o absorción, y escisión, requieren la continuidad de la actividad y además que la empresa se encuentra en marcha al momento de concretarse la reorganización durante los 12 meses anteriores.
Qué normas emitió ARCA en los últimos meses
Recientemente, hubo pronunciamientos relevantes de ARCA referidos a las formas de concretar algunas reorganizaciones libres de impuestos, manifiesta Sáenz Valiente, y puntualiza:
Consulta 12/2025: requisitos aplicables al conjunto económico.
Se pregunta si se debe dar cumplimiento al requisito de mantenimiento de actividades previas 12 meses, en un caso en que el contribuyente considera que se verifica el mismo conjunto empresario. Indica que se trata de empresas familiares que mantienen el 100% de la participación societaria y que una de ellas es absorbida por la otra.
ARCA responde: no es un conjunto económico, sino una escisión: un único acto donde firman la consultante y la absorbente, ya que los titulares de las entidades involucradas no guardan identidad en cada uno de los capitales sociales de las continuadoras.
Por tal motivo debe cumplir con el requisito de mantenimiento posterior de la actividad.
Consulta 15/25: encuadre de la transferencia por fusión por absorción
Los accionistas en este caso tienen la tenencia directa de una sociedad anónima y poseen en conjunto directa o indirectamente el 95% del capital de la sociedad anónima, en consecuencia, se verifica la existencia de conjunto económico
Respuesta: la exigencia es que se mantengan en forma individual en la continuadora al momento de la reorganización, no menos del 80% del capital que poseían a la fecha del proceso.
No resulta necesario cumplir con el requisito de empresa en marcha, ni con el desarrollo de actividades iguales o vinculadas de los 12 meses anteriores a la fecha de la reorganización.
Sin embargo, si la transferencia de los bienes es parcial, es decir, no se transfiere todo un patrimonio, se requiere la aprobación expresa previa de ARCA para que el proceso sea libre de impuestos.
Consulta vinculante 21: Impuesto a las Ganancias e IVA de una escisión
Se crea una nueva sociedad para distribuir entre ambas sociedades las actividades desarrolladas por la antecesora. La sociedad antecesora destina parte de su patrimonio a la creación de una nueva sociedad, es decir, una escisión que cumple con todos los requisitos exigidos por la ley y el reglamento del Impuesto a las Ganancias.
Respuesta: Se reconoce que si la nueva sociedad se constituye con anterioridad es una escisión. En tanto la nueva sociedad no posea a dicha fecha ningún atributo impositivo y 100% del patrimonio, no debe requerirse que dicha empresa esté en marcha y es un proceso libre de impuestos.
Se aclara también las transferencias que se realicen quedan exentas además del IVA.
Las fusiones y escisiones por partes de los herederos de una empresa pueden ser procesos libres de impuestos si se cumplen ciertos requisitos.