PENSIÓN INVALIDEZ ANSES

Pensión por invalidez: los errores que pueden hacer que te den de baja

Cuál es el error más común que puede hacer que te den de baja la pensión por invalidez que otorga la ANSES. Cómo evitar que nos den la baja
Por HG
IMPUESTOS - 28 de Septiembre, 2025

La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) continuará dando de baja las pensiones por invalidez luego de finalizar las auditorías ordenadas por el Gobierno nacional.

En efecto, muchos beneficiarios fueron citados a una revisión médica para chequear que cumplan con todos los requisitos establecidos por el organismo. No obstante, hay muchos que fueron llamados a una segunda instancia, lo cual generó preocupación y encendió la alarma sobre una posible baja de la pensión por invalidez.

La pensión por invalidez es un beneficio económico para personas que, por su estado de salud física o mental, no pueden trabajar y se encuentran en una situación de vulnerabilidad.

Pensión por invalidez: el error que puede darte de baja

En caso de no asistir al recibir una segunda convocatoria por parte de ANDIS -más allá de haber cumplido con una primera auditoría- es posible que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) decida dar de baja el beneficio.

Por ende, es condición necesaria que asistan a cada citación que les envíen, sin importar que sea la segunda vez. En todo caso, pueden enviar un correo electrónico a citaciones@andis.gob.ar para evitar errores administrativos con esta información:

  • Nombre y apellido del beneficiario
  • Datos de contacto (teléfono y correo electrónico)
  • Documentación presentada en la primera auditoría
  • Comprobante firmado y sellado de la revisión médica

De esta manera, este proceso posibilitará que ANDIS chequee el historial del titular de la pensión y evitar cualquier suspensión injustificada del beneficio.

¿Qué hacer si no se puede asistir a una auditoría por la pensión por invalidez?

Cuando no puedan asistir al nuevo turno, deben justificar ante el organismo su inasistencia con al menos 24 horas de anticipación. Precisamente, deben mandar un mail a inasistenciapnc@andis.gob.ar con su DNI y la documentación que respalde su ausencia.

En el caso de que la suspendan la Pensión no Contributiva, el beneficiario puede comenzar el reclamo a través del e-mail a reclamosdaeeyl-andis@andis.gob.ar.

Pensión por invalidez: requisitos para su cobro

De acuerdo a la información publicada por la ANSES en su página web oficial, es necesario contar con determinados requisitos para cobrar la pensión por invalidez:

  • Demostrar una discapacidad laboral igual o superior al 66%, mediante certificación del CMO.
  • Tener menos de 65 años de edad.
  • Ser argentino de nacimiento o por naturalización, con residencia en el territorio nacional.
  • Si sos extranjero, deberás comprobar una residencia continua mínima de 10 años en el país.
  • En el caso de solicitantes menores de edad, los padres o tutores deberán acreditar una residencia ininterrumpida de al menos 3 años en el país.
  • No percibir jubilación ni pensión.
  • Para menores de edad, los ingresos del grupo familiar no deben exceder el equivalente a 4 jubilaciones mínimas.
  • Presentar un informe catastral emitido por el organismo correspondiente, con sello oficial, a nombre propio o de tu cónyuge/conviviente. Si sos menor, debe estar a nombre de tus padres o tutor. (Este requisito aplica únicamente para residentes en Santiago del Estero, Santa Cruz, San Luis, La Pampa, Neuquén o Tierra del Fuego).

Cumplidos los requisitos antes mencionados, se está en condiciones de tramitar el cobro de la pensión por invalidez ante la ANSES.

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