Primera sentencia del Tribunal Superior post-Levinas: nueva era de revisión de fallos laborales en CABA
En un fallo histórico, el Tribunal Superior de Justicia porteño decidió tomar por primera vez un fallo laboral y comportarse como instancia revisora para las sentencias de los fueros nacionales con asiento en la ciudad de Buenos Aires, según la pauta que marcó la Corte Suprema de Justicia en el "caso Levinas". Se trató de los intereses en una sentencia por accidente de trabajo.
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires decidió, en una causa relacionada con un accidente de trabajo, la aplicación del índice RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) para la actualización del crédito reclamado, indica Fernando Bonofiglio, de PwC Argentina.
En el caso¨Boulanger, el Tribunal Superior revocó lo decidido por la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que había utilizado el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), describe.
Mientras tanto, la Justicia del Trabajo de manera mayoritaria tiene fijada hoy una postura basada en la actualización por IPC con una capitalización anual del 3%, más allá de que esta modalidad de actualización no cumple con el artículo 768 del Código Civil y Comercial de la Nación, explica el laboralista Lucas Tamagno.
Por qué el fallo del Tribunal porteño es histórico
Al tratarse del primer fallo laboral del Tribunal Superior porteño posterior al precedente Levinas, comienza una nueva etapa que redefine las estrategias procesales de las partes, afirma Bonofiglio.
La nueva instancia de revisión implica mayor previsibilidad por la unificación de criterios y a la vez incrementa el tiempo de resolución de las causas por la participación de otro tribunal, señala.
Además, el criterio adoptado aún no es definitivo, dado que podría ser sometido a escrutinio de la Corte Suprema de Justicia de la Nación por vía de recurso extraordinario, advierte.
Qué pasa con los intereses en casos de despidos
En este caso no se está dictaminando sobre una pauta de actualización por intereses de manera genérica para expedientes laborales, que es lo que se está esperando que decida en materia laboral la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sino que se trata de una sentencia dictada en el marco de un proceso vinculado a la reglamentación de los accidentes y enfermedades laborales, considera Tamagno, y precisa:
Más allá de las repercusiones que generó el fallo, se trata de un reclamo enmarcado en la Ley de Riesgos del Trabajo, el cual prevé un régimen de actualización basado en el coeficiente RIPTE, lo que escapa a las previsiones de actualización de intereses que prevé el artículo 768 del Código Civil y Comercial de la Nación que se debe aplicar para la actualización de créditos.
De esta forma, lo decidido en esta sentencia no necesariamente debe ser tomado como una pauta de actualización por parte del Superior Tribunal de Justicia para los procesos relacionados con despidos.
Podrá ser un argumento quizás en el cual se asiente un fallo en el futuro que determine si se aplica este tipo de coeficientes a otros procesos no vinculados a accidentes de trabajo, pero no deja de ser un pronunciamiento con fundamento en lo expresado en una ley especial.
También la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires en el fallo "Muzychuk, Claudio Rubén c/ La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. Accidente de trabajo -acción especial" resolvió la constitucionalidad de la actualización de los créditos laborales por aplicación del RIPTE.
Mientras tanto habrá que esperar el dictado de una sentencia que exprese la actualización para casos de despidos.
En el flamante caso Boulanger, el Tribunal Superior de Justicia de la ciudad de Buenos Aires aplicó por primera vez el fallo Levinas de la Corte Suprema y determinó la actualización por RIPTE de una indemnización judicial por accidente de trabajo.