¿Cómo evitar abonar exorbitantes honorarios en el trámite de sucesión?
La mayoría de las veces se trabaja en sucesiones muy conflictivas. Existen contextos en que a los herederos les enceguece la pasión, los egos, los resentimientos, las cuestiones familiares no resueltas, las peleas, entre otros aspectos.
El resultado es letal, pierden tiempo, mucho dinero y, lo principal, todo ello repercute en su salud mental.
Para que esto pueda manejarse atravesando estas graves fricciones, desde el Estudio Marcelo H. Echevarría & Asociados explican la metodología que llevan adelante en la firma legal a los fines de salvaguardar el dinero y los bienes del acervo sucesorio.
Ello, con la finalidad que cada uno de los herederos obtenga lo que le corresponda por ley, sin incurrir en gastos atroces, los cuales, en ocasiones, representa el valor de un inmueble que heredaron.
Sucesiones: metodología aplicable
En primera medida, es importante que el abogado se ponga en comunicación con cada uno de los colegas que representan a los coherederos o con ellos mismos si no poseen abogado.
Lo antedicho, a los fines que interprete su estado de ánimo, empatice, dialogue y se comunique a los fines de tratar de bajar decibeles.
La discusión y las diferencias deben dejarse de lado mientras dure el trámite sucesorio.
Luego, podrán proseguirla de por vida.
Muchos colegas dirán que este es el trabajo de un psicólogo, pero lo cierto es que, tanto en España, como en Estados Unidos y muchos países desarrollados, este método da óptimos resultados, culminando en poco tiempo un trámite que podría tardar años.
Siempre, claro está, en el caso de que encontremos reciprocidad en los demás herederos o apertura mental para escuchar lo que debemos transmitirles como profesionales.
Otra iniciativa importante es ponerse de acuerdo entre los colegas que la comunicación será entre ellos y no entre coherederos a los fines de evitar agravar la situación familiar.
La segunda faceta de la comunicación consiste en que, una vez determinado el perfil del heredero y evaluada su postura, le presentemos un dictamen firmado por los profesionales intervinientes, dando cuenta del monto aproximado de lo que le representaría los honorarios de un perito tasador, de un perito partidor, eventualmente de un administrador y todos ellos con un abogado que los represente, el cual también, cobra sus honorarios, de persistir la postura intransigente de no llegar a un acuerdo entre los coherederos.
Estamos seguros de que este dato pasa inadvertido para muchos herederos y rara vez les anticipan los eventuales porcentajes que deberán abonar tomando en cuenta el precio de mercado del bien (no el valor fiscal, sino el de las tasaciones que se le soliciten a las inmobiliarias – si es un bien inmueble- o el que determine el mercado en otros bienes).
La tercera etapa es presentarle el costo total que representaría ese trámite sucesorio de no ponerse de acuerdo previamente, a lo cual, reiteramos, en ocasiones, depende el monto del acervo hereditario o bienes a repartir, lo que puede representar uno o más inmuebles, incluidos los honorarios de los abogados de cada heredero.
La cuarta etapa, ya con un conocimiento cierto de la totalidad del costo que les representará el trámite sucesorio, es mantener una comunicación fluida con cada abogado que patrocina a los herederos para evaluar si los colegas se encuentran en la misma sintonía que nuestro equipo técnico, toda vez que, a veces, esas cuestiones pasionales contaminan al abogado de la parte y es allí en donde se presenta un serio inconveniente.
De suceder, no queda otra alternativa que tratar de convencer tanto al colega como a su representado que el trámite se volverá engorroso, traumático, desfavorable para todas las partes, dado que, ante el ataque procesal de ese heredero que antepone su pasión sobreviene la defensa de los demás, las cuales, bien trabajadas procesalmente, podrían llegar hasta la Corte Suprema de Justicia y demorar una eternidad todo el proceso.
Sucesiones: claves a tener en cuenta
- Honorarios del perito partidor más el de su abogado patrocinante.
- Honorarios del perito tasador más el de su abogado patrocinante.
- Honorarios del eventual administrador si lo hubiera más el de su abogado patrocinante.
- Honorarios de su propia asistencia letrada.
Esos ítems impactan de lleno en el valor de los bienes a transmitir, muchas veces representando desde el 30 al 40% de los mismos.
Sucesiones: recomendaciones
- Dejen sus diferencias de lado y concéntrense en conservar la mayor parte de los bienes que han heredado.
- Las diferencias, fricciones y rencores les hacen perder mucho dinero.
- Si el diálogo entre los herederos está totalmente cerrado, no duden en entablar contacto con sus abogados y, si el abogado no quiere o no puede realizar dicho cometido, acudan a terceras personas o, simplemente, pidan audiencia en el juzgado la cual en contadas oportunidades se niegan a realizar la misma, generalmente otorgándola y en corto plazo a los fines de encontrar el modo de transmitirle al coheredero intransigente su postura y expresarle el costo que puede representar en caso de intervenir peritos, administradores, etc.
No olviden que los honorarios que se regularán (excepto que hayan realizado un convenio anterior con su abogado) es un porcentaje que se fija y que impacta con el valor real de mercado respecto de los bienes que constituyen el acervo hereditario.
Por último, dejando diferencias de lado y yendo al trámite de común acuerdo entre todos los coherederos aún enemistados entre sí, ganarán mucho dinero, tiempo y salud psíquica.
Y, de no ser posible lo arriba citado ante la intransigencia de una de las partes, lo que seguramente sucederá es que el buen abogado contrarreste procesalmente cada presentación que realiza ese heredero díscolo tendiente a perjudicar a los coherederos.
De así suceder, el proceso se extenderá y, en ocasiones, lo que se logra es el desgaste de ese heredero rebelde, lo cual posibilitará llegar a un consenso con los restantes.
De una u otra manera, nuestro criterio al momento de tomar un caso sensible conteniendo graves fricciones, es resguardar el patrimonio a transmitir, haciendo lo imposible para lograr el común acuerdo entre todos los coherederos a los fines que no pierdan su dinero en gastos innecesarios, con la agravante que estos gastos se determinan tomando como base el valor real de mercado de los bienes que se transmiten.