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ALERTA

Impuesto a las Ganancias: Lo que podés deducir si sos responsable inscripto

Los responsables inscriptos, a diferencia de los monotributistas, pueden deducir algunos de sus gastos del Impuesto a las Ganancias
Por IM
20/12/2025 - 16:28hs
arca

Con el inicio de un nuevo año fiscal, el Impuesto a las Ganancias vuelve a ocupar un lugar importante en la planificación tributaria de trabajadores y contribuyentes. Para el período enero–julio de 2026, ya quedó definida la actualización semestral del tributo, un ajuste automático que impacta directamente en deducciones, escalas y pisos salariales, en línea con la evolución de la inflación del semestre previo.

Esta revisión no solo determina desde qué nivel de ingresos se comienza a tributar, sino también cómo se recalculan las retenciones mensuales y qué conceptos pueden deducirse para reducir la base imponible. En concreto, para el primer semestre de 2026 se proyecta un incremento del 11,73%, que se reflejará en los salarios cobrados a partir de enero.

Qué deducciones se pueden aplicar en el Impuesto a las Ganancias

El Impuesto a las Ganancias alcanza a trabajadores en relación de dependencia, autónomos, responsables inscriptos y empresas, y se determina sobre el ingreso neto, es decir, luego de restar las deducciones previstas por la normativa vigente.

Entre las principales deducciones personales y generales se encuentran:

  • Mínimo no imponible: monto fijo que pueden descontar todos los contribuyentes
  • Deducción especial: aplicable a trabajadores, jubilados y autónomos, con distintos criterios según el caso
  • Cargas de familia: incluye cónyuge e hijos menores de 18 años o incapacitados para el trabajo

A esto se suman gastos deducibles con topes legales, entre los que figuran:

  • Aportes a obra social y medicina prepaga
  • Aportes jubilatorios obligatorios
  • Intereses de créditos hipotecarios destinados a vivienda
  • Alquiler de vivienda, siempre que el contribuyente no sea propietario
  • Seguros de vida y de retiro
  • Donaciones a entidades habilitadas
  • Gastos educativos y de guardería
  • Sueldos y aportes del personal doméstico debidamente registrado

Impuesto a las Ganancias ARCA 2026: los nuevos pisos salariales

Con la actualización vigente, los ingresos desde los cuales se comienza a pagar Ganancias en 2026 quedan establecidos de la siguiente forma:

Soltero sin hijos

  • Neto: $2.636.979 | Bruto: $3.177.083

Soltero con 1 hijo

  • Neto: $2.852.917 | Bruto: $3.437.250

Soltero con 2 hijos

  • Neto: $3.500.732 | Bruto: $4.217.749

Casado sin hijos

  • Neto: $3.065.170 | Bruto: $3.692.976

Casado con 1 hijo

  • Neto: $3.281.108 | Bruto: $3.953.142

Casado con 2 hijos

  • Neto: $3.928.922 | Bruto: $4.733.641

Estos valores funcionan como una referencia general para las retenciones del primer semestre de 2026, aunque el monto final descontado cada mes puede variar según las deducciones informadas y las escalas aplicables.

Qué pasa con el sueldo de diciembre 2025 cobrado en enero 2026

Un punto clave a tener en cuenta es que el Impuesto a las Ganancias se determina según el mes de pago y no por el período en el que se generó el ingreso. Por ese motivo, el sueldo de diciembre 2025 que se cobra en enero 2026 debe liquidarse con las deducciones y escalas vigentes en 2026.

Cuando se liquide el salario de enero —que se percibe en febrero—, el empleador está obligado a recalcular la retención correspondiente al sueldo de diciembre, aplicando los valores actualizados del nuevo año fiscal.

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