Impuesto a las Ganancias: Lo que podés deducir si sos responsable inscripto
Con el inicio de un nuevo año fiscal, el Impuesto a las Ganancias vuelve a ocupar un lugar importante en la planificación tributaria de trabajadores y contribuyentes. Para el período enero–julio de 2026, ya quedó definida la actualización semestral del tributo, un ajuste automático que impacta directamente en deducciones, escalas y pisos salariales, en línea con la evolución de la inflación del semestre previo.
Esta revisión no solo determina desde qué nivel de ingresos se comienza a tributar, sino también cómo se recalculan las retenciones mensuales y qué conceptos pueden deducirse para reducir la base imponible. En concreto, para el primer semestre de 2026 se proyecta un incremento del 11,73%, que se reflejará en los salarios cobrados a partir de enero.
Qué deducciones se pueden aplicar en el Impuesto a las Ganancias
El Impuesto a las Ganancias alcanza a trabajadores en relación de dependencia, autónomos, responsables inscriptos y empresas, y se determina sobre el ingreso neto, es decir, luego de restar las deducciones previstas por la normativa vigente.
Entre las principales deducciones personales y generales se encuentran:
- Mínimo no imponible: monto fijo que pueden descontar todos los contribuyentes
- Deducción especial: aplicable a trabajadores, jubilados y autónomos, con distintos criterios según el caso
- Cargas de familia: incluye cónyuge e hijos menores de 18 años o incapacitados para el trabajo
A esto se suman gastos deducibles con topes legales, entre los que figuran:
- Aportes a obra social y medicina prepaga
- Aportes jubilatorios obligatorios
- Intereses de créditos hipotecarios destinados a vivienda
- Alquiler de vivienda, siempre que el contribuyente no sea propietario
- Seguros de vida y de retiro
- Donaciones a entidades habilitadas
- Gastos educativos y de guardería
- Sueldos y aportes del personal doméstico debidamente registrado
Impuesto a las Ganancias ARCA 2026: los nuevos pisos salariales
Con la actualización vigente, los ingresos desde los cuales se comienza a pagar Ganancias en 2026 quedan establecidos de la siguiente forma:
Soltero sin hijos
- Neto: $2.636.979 | Bruto: $3.177.083
Soltero con 1 hijo
- Neto: $2.852.917 | Bruto: $3.437.250
Soltero con 2 hijos
- Neto: $3.500.732 | Bruto: $4.217.749
Casado sin hijos
- Neto: $3.065.170 | Bruto: $3.692.976
Casado con 1 hijo
- Neto: $3.281.108 | Bruto: $3.953.142
Casado con 2 hijos
- Neto: $3.928.922 | Bruto: $4.733.641
Estos valores funcionan como una referencia general para las retenciones del primer semestre de 2026, aunque el monto final descontado cada mes puede variar según las deducciones informadas y las escalas aplicables.
Qué pasa con el sueldo de diciembre 2025 cobrado en enero 2026
Un punto clave a tener en cuenta es que el Impuesto a las Ganancias se determina según el mes de pago y no por el período en el que se generó el ingreso. Por ese motivo, el sueldo de diciembre 2025 que se cobra en enero 2026 debe liquidarse con las deducciones y escalas vigentes en 2026.
Cuando se liquide el salario de enero —que se percibe en febrero—, el empleador está obligado a recalcular la retención correspondiente al sueldo de diciembre, aplicando los valores actualizados del nuevo año fiscal.