ARCA pone la lupa en el domicilio fiscal: el cambio clave y las sanciones con vigencia en marzo
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció normas sobre el domicilio fiscal de personas humanas y empresas, con precisiones para fijar uno de oficio ante inconsistencias por parte del contribuyente.
La Resolución General 5809 de ARCA, publicada este jueves en el Boletín Oficial es fundamental porque actualiza y ordena las reglas sobre el "domicilio fiscal", que es básicamente el lugar donde el organismo considera que el contribuyente está ubicado legalmente para enviar notificaciones y fiscalizar.
Qué es el domicilio fiscal
El domicilio fiscal sigue siendo el lugar donde se realiza la actividad económica, pero se divide en dos:
Para personas humanas: donde está el lugar de "actividad efectiva" (donde trabaja o tiene el local).
Para empresas (personas jurídicas): donde está la administración principal (la oficina central).
Domicilio Fiscal Electrónico (DFE): es obligatorio. Es tel "buzón digital" en la web de ARCA donde llegan todas las notificaciones legales.
Qué controles aplica ARCA
La resolución es muy estricta con los tiempos y la veracidad: se establecen 10 días hábiles para avisar cualquier cambio de domicilio. Si no se avisa una mudanza, el contribuyente está en infracción.
Determinación de oficio: Si ARCA detecta que el domicilio declarado es falso, inexistente o no coincide con la actividad, el organismo pueden asignar uno por resolución, y eso suele traer problemas de perfil de riesgo.
Ahora el domicilio tiene "etiquetas" que afectan tu vida fiscal:
Confirmado: sin problemas.
Inexistente o desconocido: dispara alarmas.
Impacto en el SIPER: si el domicilio está bajo observación, el perfil de riesgo (SIPER) empeora. Esto significa que ARCA puede limitar la CUIT, impedir la emisión de facturas "A" o pedir más requisitos para trámites.
Cuál puede ser el domicilio alternativo
Si ARCA ve que el domicilio declarado es inconsistente, puede usar uno "alternativo" (por ejemplo, uno que figure en bases de datos de servicios públicos o bancos) para que las notificaciones tengan validez legal.
Sujetos aduaneros: los que operan en comercio exterior tienen la obligación de constituir un domicilio especial aduanero.
Grandes contribuyentes: tienen un régimen opcional para fijar domicilio en la jurisdicción que les corresponde por su tamaño.
La vigencia es a partir del lunes 2 de marzo de 2026. Es decir, que hay tiempo para revisar cómo figura el domicilio fiscal en el Sistema Registral antes de esa fecha