MONOTRIBUTO ARCA

Monotributo en ARCA: cuáles son los montos a pagar de cada categoría en 2026

ARCA ya informó los montos mensuales que deben pagar en enero de 2026 los contribuyentes del régimen simplificado del Monotributo
Por HG
IMPUESTOS - 12 de Enero, 2026

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ya confirmó los valores mensuales que deben pagar los contribuyentes adheridos al Monotributo en enero de 2026. La actualización informada por la ex AFIP también incluye las categorías y los topes de facturación anual que deben respetar los contribuyentes adheridos al régimen simplificado.

Estas definiciones impactan sobre trabajadores independientes y pequeños contribuyentes, ya que determinan las obligaciones fiscales, los pagos mensuales y los parámetros de la recategorización en el Monotributo.

El Monotributo es un régimen que unifica en un solo pago el impuesto integrado —que sustituye a IVA y Ganancias— junto con los aportes previsionales y la contribución a obra social. Está dirigido a personas humanas que realizan actividades económicas de baja o mediana escala, tanto en prestación de servicios como en venta de bienes.

Las escalas del régimen se actualizan de manera periódica con el fin de evitar diferencias prolongadas entre los ingresos efectivamente percibidos y los límites establecidos por la normativa. Esta actualización define el encuadre de los contribuyentes y el monto mensual a pagar.

Montos mensuales del Monotributo en enero de 2026

El pago mensual del Monotributo varía según la categoría y el tipo de actividad desarrollada. En las categorías superiores existe una diferenciación entre contribuyentes que prestan servicios y quienes realizan actividades comerciales.

Los importes confirmados por ARCA son los siguientes:

  • Categoría A: $37.085,74
  • Categoría B: $42.216,41
  • Categoría C: $49.435,58 (servicios) / $48.320,22 (comercio)
  • Categoría D: $63.357,80 (servicios) / $61.824,18 (comercio)
  • Categoría E: $89.714,31 (servicios) / $81.070,26 (comercio)
  • Categoría F: $112.906,59 (servicios) / $97.291,54 (comercio)
  • Categoría G: $172.457,38 (servicios) / $118.920,05 (comercio)
  • Categoría H: $391.400,62 (servicios) / $238.038,48 (comercio)
  • Categoría I: $721.650,46 (servicios) / $355.672,64 (comercio)
  • Categoría J: $874.069,29 (servicios) / $434.895,92 (comercio)
  • Categoría K: $1.208.890,60 (servicios) / $525.732,01 (comercio)

Estos montos incluyen impuesto integrado, aporte previsional y obra social. El pago debe realizarse en término mediante medios electrónicos, débito automático o plataformas habilitadas. La falta de pago puede generar intereses, restricciones administrativas y notificaciones por incumplimiento.

Monotributo ARCA: topes de facturación anual vigentes para 2026

ARCA informó que los topes de facturación anual que estarán vigentes en enero de 2026 se mantienen en niveles similares a los del último tramo de 2025. Estos valores determinan la categoría de cada monotributista según su nivel de ingresos brutos anuales.

Los límites por categoría son los siguientes:

  • Categoría A: $8.992.597,87
  • Categoría B: $13.175.201,52
  • Categoría C: $18.473.166,15
  • Categoría D: $22.934.610,05
  • Categoría E: $26.977.793,60
  • Categoría F: $33.809.379,57
  • Categoría G: $40.431.835,35
  • Categoría H: $61.344.853,64
  • Categoría I: $68.664.410,05
  • Categoría J: $78.632.948,76
  • Categoría K: $94.805.682,90

Exceder el tope anual correspondiente obliga a recategorizarse o, en determinadas situaciones, a dejar el régimen simplificado para incorporarse al régimen general. ARCA aplica sistemas de control que permiten detectar diferencias entre la facturación declarada y los ingresos percibidos. Cuando se verifican inconsistencias, pueden aplicarse ajustes retroactivos y sanciones económicas.

Recategorización semestral del Monotributo: lo que se viene en febrero

La normativa establece un proceso de recategorización obligatorio dos veces al año. El objetivo es determinar si el contribuyente continúa encuadrando en su categoría o debe modificarla. Para el cálculo se toman en cuenta los parámetros de los últimos 12 meses, incluyendo:

  • facturación anual
  • consumo eléctrico
  • monto de alquileres
  • indicadores complementarios previstos en la normativa

En 2026, la primera recategorización se habilitará entre fines de enero y comienzos de febrero, mientras que la segunda se realizará en agosto. Los contribuyentes que no registren variaciones en sus parámetros no deben realizar ningún trámite. Quienes superen o queden por debajo del límite de su categoría deberán efectuar la recategorización dentro del plazo.

No cumplir con la recategorización correspondiente puede derivar en multas, determinaciones de deuda y ajustes retroactivos. ARCA informó que mantiene sistemas de monitoreo automático y notificaciones electrónicas para el seguimiento del cumplimiento fiscal.

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