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Pensión por discapacidad: habrá una auditoría masiva antes del cambio automático que fija la ley

El decreto que reglamenta la Ley de Discapacidad prevé auditar a todos los beneficiarios antes del cambio automático a la nueva PNC para Protección Social
05/02/2026 - 07:22hs
Pensión por discapacidad: habrá una auditoría masiva antes del cambio automático que fija la ley

En la rreglamentación de la Ley de Discapacidad, el Gobierno fija los requisitos del traspaso de las Pensiones No Contributivas a las nuevas "PNC para Protección Social" y establece una auditoría previa a ese trámite, el que será automático.

El Decreto que reglamenta la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad se publica tras un conflicto judicial donde la Justicia ordenó al Poder Ejecutivo aplicar y reglamentar la ley de emergencia de forma inmediata, a pesar de los intentos previos del Gobierno por suspenderla alegando falta de presupuesto.

Cómo es la auditoría previa al cambio de nombre

Respecto a la conversión de oficio de las pensiones anteriores hacia la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, el decreto establece lo siguiente:

Conversión automática (de oficio): todas las pensiones no contributivas otorgadas antes de la vigencia de la ley se convierten automáticamente al nuevo régimen.

Auditoría previa: para instrumentar esta conversión, la Autoridad de Aplicación debe adoptar medidas administrativas para identificar, relevar y verificar las condiciones de las prestaciones.

Control de compatibilidad: antes y durante el cambio, se verificará que los beneficiarios cumplan con los nuevos criterios de "evaluación socioeconómica", condiciones de permanencia e incompatibilidades (por ejemplo, evitar superposiciones con otros beneficios previsionales o ingresos laborales que excedan lo permitido).

Con qué ingresos es compatible la nueva PNC

La gran novedad es que ahora se permite trabajar formalmente sin perder el beneficio, bajo ciertos límites:

Empleo registrado: se puede tener un trabajo en blanco (relación de dependencia o autónomo ( Monotributo).

Límite de ingresos: el total de tus ingresos mensuales no puede superar el valor de dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM). Si ganas más de ese monto, la pensión se suspende.

Empleo protegido: sigue siendo compatible con el trabajo en talleres protegidos o programas de empleo para personas con discapacidad.

Asignaciones familiares: es compatible con el cobro de la Asignación Universal por Hijo (AUH) o Asignación por Embarazo, siempre que se cumplan los requisitos de esos programas.

Qué ingresos hacen caducar la pensión

El sistema busca evitar la "superposición de beneficios" y se reserva para quienes no tienen otros recursos de seguridad social. Así, no pueden cobrar esta nueva PNC quienes reciben una jubilación, otra pensión no contributiva o una pensión por fallecimiento.

Tampoco los propietarios de bienes de lujo o con patrimonio elevado. Aunque el decreto deja los detalles finos de la "evaluación socioeconómica" en manos del Consejo Federal de Discapacidad, se establece que la titularidad de bienes que demuestren capacidad económica suficiente (autos de alta gama, múltiples propiedades, etc.) es motivo de incompatibilidad.

En el caso de menores de edad, es incompatible si existe un progenitor o tutor legal con ingresos suficientes para cubrir sus necesidades. Si los obligados están imposibilitados de dar alimentos, se puede tramitar la pensión.

Cómo es el plan de auditorias futuras

El decreto ordena convocar al Consejo Federal de Discapacidad (COFEDIS) para definir formalmente cuáles serán los parámetros de ingresos y situación social que se exigirán para mantener la pensión.

Luego, pone un énfasis central en la fiscalización del sistema a través de un esquema de control estricto e instruye a la Secretaría Nacional de Discapacidad a presentar un plan de auditorías periódicas en un plazo máximo de 30 días desde la vigencia del decreto. Este plan debe ser expuesto ante el COFEDIS.

Las auditorías buscan verificar el cumplimiento de los requisitos para acceder y mantener las prestaciones. No son auditorías aisladas, sino un sistema periódico de control de legalidad y condiciones socioeconómicas.

Los beneficiarios tienen la obligación de comunicar cualquier cambio en su situación de ingresos o domicilio dentro de los 15 días hábiles de ocurrido. El cruce de datos entre ANSES, ARCA y el Ministerio de Salud será constante para detectar si alguien supera el tope de los 2 salarios mínimos.

Así, el decreto utiliza la reglamentación para establecer un filtro administrativo fuerte. Antes de consolidar el traspaso definitivo al nuevo nombre de la pensión, el Estado

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