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ALERTA

Recortes en el poder y la caja: los puntos que enfurecen a los sindicatos y activaron el paro de la CGT

Los gremios perderán caja con el límite de los aportes de no asociados y poder con el recorte del pago a delegados y a las asambleas en la empresa
19/02/2026 - 17:45hs
milei cgt reforma laboral

La Ley de Modernización Laboral recorta privilegios de los sindicatos, y esto explica la embestida final de la CGT con el paro general que llevó a cabo este jueves, en coincidencia con la discusión en el recinto de la Cámara de Diputados, donde los números del Gobierno para los votos no están tan seguros.

Entre esta disminución del poder sindical, la reforma laboral pone límites a los aportes de afiliados y no afiliados; recorta el pago de horas sindicales a los delegados, así como la "tutela sindical", y pone coto al derecho a huelga con la definición de que los "servicios esenciales" deberán cubrirse en un 75% en caso de paro.

Los siguientes son los privilegios que la reforma laboral quita a los sindicatos, según enumeran Alejandra Mancino, senior manager, y Andrés Tellado, socio de Laboral y Seguridad Social de KPMG:

Qué establece sobre tope a los aportes sindicales

La reforma mantiene esta fuente primordial de recursos sindicales, pero fija un tope del 2% a los aportes y contribuciones obligatorios de los trabajadores afiliados y no afiliados, con destino al gremio.

Asimismo, se establece un tope del 0,5% de las remuneraciones de los trabajadores respecto de los aportes, contribuciones y cualquier otro concepto pactados por convenio colectivo, con destino a cámaras empresarias.

Las normas sobre convenios por empresa y ultraactividad

Los convenios colectivos por empresa pasan a tener prevalencia sobre los convenios sectoriales o nacionales.

También se elimina la ultraactividad automática (vigencia más allá del vencimiento del plazo fijado en el convenio) respecto de las cláusulas que no impliquen derechos de los trabajadores.

En tal sentido, una convención colectiva de trabajo, cuyo término estuviere vencido, solamente mantendrá subsistentes las siguientes normas:

  • Las referidas a: las condiciones y beneficios individuales directos del trabajo.
  • Los beneficios otorgados para el trabajador establecidas en virtud de ellas (cláusulas normativas).

Esto es hasta tanto entre en vigencia una nueva convención colectiva o exista un acuerdo de partes que la prorrogue.

El resto de las cláusulas (llamadas "obligacionales") mantendrán su vigencia sólo por acuerdo de las partes.

Qué límite se fija al pago a delegados y asambleas

La reforma establece que cada delegado tendrá hasta 10 horas mensuales retribuidas para el ejercicio de sus funciones gremiales, salvo que el convenio colectivo disponga más.

Además, se aclara que estas horas no podrán interrumpir la actividad del área de trabajo.

Las asambleas dentro de la empresa requerirán autorización previa del empleador sobre horario, duración y lugar.

Se prohíbe que afecten el funcionamiento normal de la empresa, y el tiempo de asamblea no será remunerado para los trabajadores participantes.

Qué son las nuevas "prácticas desleales" sindicales

Se incorporan figuras de "prácticas desleales" sindicales, entre ellas:

  • Interferir en la actividad de la empresa.
  • Promover afiliación compulsiva.
  • Represalias a no adherentes.
  • Rehusarse a negociar.
  • No acatar conciliación obligatoria.

Estas conductas pueden tener multas de hasta el 20% de los ingresos por cuotas sindicales, con incrementos por mora. En supuestos de reiterancia, puede llegar a la pérdida de la personería gremial

Qué cambia sobre la "tutela sindical"

La protección sindical contra despido, suspensiones o cambio de tareas -salvo previa exclusión de la tutela conforme el procedimiento legal previsto- se limita en cuanto al ámbito de aplicación personal.

Esta tutela regirá solamente para los delegados o representantes gremiales legalmente electos y que ocupen los cargos de titulares y para hasta dos congresales titulares en grandes empresas y un congresal titular en las pymes.

En este último caso, la tutela solo podrá ser invocada exclusivamente durante el tiempo en que el trabajador asista al congreso en cuestión, debiendo notificar al empleador la fecha de inicio y conclusión del mismo. A aquellos que sean designados suplentes y/o congresales no les será aplicable la tutela sindical.

Qué cambia en la Ley de Contrato de Trabajo

El proyecto excluye del ámbito de aplicación de la LCT, entre otros, a los siguientes:

  • Trabajadores independientes con colaboradores (figura incorporada ya a la LCT por la Ley Bases),
  • Relaciones contractuales comerciales o civiles (Monotributo, entre otras).
  • Trabajadores de plataformas digitales.
  • Trabajadores navales, los cuales quedan regidos por la Ley de Navegación.

Esto reduce la base de trabajadores potencialmente "sindicalizables" y, por lo tanto, reduce también la potencial base de cálculo de aportes y contribuciones sindicales y con destino a las obras sociales.

Qué se recorta en el derecho a huelga

Los servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a garantías de prestación de servicios mínimos.

En el supuesto de los servicios esenciales, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare.

En el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún supuesto se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%.

"El proyecto busca armonizar el derecho de huelga con los derechos de los usuarios que se ven afectados. En este sentido, se establece en el proyecto un procedimiento previo a la declaración de huelga, que en caso de no ser cumplido podría dar lugar a sanciones a la entidad sindical", indica el tributarista Lucas Tamagno.

"Este artículo, por más que sea aprobado finalmente, es probable que sea declarado inconstitucional, de acuerdo a lo que históricamente ha resuelto la Justicia del Trabajo respecto de una posición amplia del derecho a huelga basado en tratados internacionales y convenios de la OIT, y terminará resolviendo posiblemente la Corte Suprema de Justicia", advierte.

Qué critican sobre banco de horas y vacaciones

Tamagno considera que los siguientes puntos también son conflictivos para los sindicatos:

Banco de horas

Dentro de los puntos que más critican los sindicatos se encuentra la posibilidad de conformar bancos de horas, lo que eliminaría el pago de las mismas cuando voluntariamente el empleador y el trabajador hubieran acordado un régimen de compensación por horas disponibles para su goce por parte del trabajador. Este sistema de banco de horas fue siempre resistido, incluso en el pasado por el ex Ministerio de Trabajo quien rechazaba este esquema.

Pero el artículo del proyecto establece que se podrá pactar el mismo con la entidad sindical representativa del sector por lo que podría incluirse dentro de la discusión paritaria que no debe ceñirse exclusivamente a lo salarial. De esta forma se podría reglamentar por la discusión entre sectores empresarios y sindicales las modalidades de implementación a fin de evitar que se incurra en abusos.

Vacaciones

La principal crítica responde a que se permite fraccionar por semanas lo que, en caso de abusos – ya que el proyecto prevé que sea consensuado el fraccionamiento – se pueda fraccionar en períodos vacacionales que impidan el descanso del trabajador, es decir, que no se termine cumpliendo con el fin higienista y de descanso que tienen las vacaciones.

Para aquellos casos en los cuales la antigüedad del empleado en la empresa otorgue períodos superiores a vacaciones de 14 días, el fraccionamiento propuesto no hace más que formalizar lo que en la práctica ya se estaba realizando. En la dinámica empresarial actual no es común que alguien con más de 14 días de descanso no tome fraccionada las vacaciones, por lo que lo que el proyecto establece en estos casos no afectaría derechos laborales.

Estas normas atacan a los sindicatos de lleno, y explican el duro paro general que lanzaron este jueves.

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