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Ofensiva de ARCA: salen a cazar incumplimientos formales con nuevas multas millonarias

La Ley de Inocencia Fiscal aumento hasta 100.000% las multas por incumplimiento de deberes formales, y ARCA se prepara para empezar a aplicarlas
Por Dolores Olveira
IMPUESTOS - 13 de Marzo, 2026

ARCA apronta una campaña para salir a fiscalizar cumplimiento de deberes formal en forma masiva y, si se verifican incumplimientos, requerir que se cumplan y luego empezar a aplicar las multas millonarias que se aprobaron con la Ley de Inocencia Fiscal, según información que trascendió de fuentes oficiales,

Los incumplimientos en los que haría foco ARCA son no emitir facturas, y no cumplir con obligaciones referidas a regímenes de información, presentación de estados contables y domicilio fiscal (esto incluye a monotributistas y personas humanas), entre otros.

Las multas pueden llegar a $35 millones para monotributistas y personas humanas que no declaran correctamente el domicilio fiscal; a $67,5 millones para empresas que exportan y no cumplen con el régimen informativo de precios de transferencia, y hasta $350 millones si se desoyen requerimientos y se acumulan sanciones.

Cómo suben las multas con la reforma laboral

La Ley de Inocencia Fiscal, entre otras modificaciones, incrementó en aproximadamente un 100.000% los importes de las multas por incumplimientos formales previstas en la Ley de Procedimiento Tributario, indican Julieta Demartino y Sergio Vergara, del Estudio Marval, y explican:

Las multas por incumplimientos formales sancionan a contribuyentes que incumplen ciertos deberes tributarios como emisión de facturas, regímenes informativos, requerimientos cursados ARCA, entre otros, y que no se asocian directamente con la omisión del pago de tributos.

De esta forma, se diferencian de las infracciones a los deberes materiales (omisión y evasión de tributos) respecto de los que la Ley de Inocencia Fiscal no efectuó cambios.

Con importes insignificantes y sin actualizaciones durante numerosos años (hasta 23 años en algunos casos), las multas formales no constituían incentivos al cumplimiento en término, sino meros "recordatorios" de que alguna declaración jurada o régimen de información aún no había sido presentado.

El escenario cambia radicalmente con la sanción de la Ley de Inocencia Fiscal por la cual no solo se actualizaron los montos, sino que fueron establecidos en importes de gran significancia.

Cifras millonarias a las que llegan las multas

Las multas por falta de presentación en término de una declaración jurada de impuestos en el caso de una empresa, se elevó a $440.000 por cada incumplimiento (antes $400), precisan Vergara y Demartino, y señalan:.

No contestar en término y de manera completa un requerimiento de información pasó a un máximo de $2.500.000 (anteriormente, el máximo era de $2.500).

Si el incumplimiento respecto de un requerimiento recibido se reitera o se vulneran normas sobre domicilio fiscal, el máximo se elevó a $35 millones (anteriormente era de $45.000.

No cumplir en término y de manera completa con un régimen general de información (por ejemplo, el de beneficiario final, transferencia de acciones o de actualización de autoridades societarias, que ARCA fiscaliza habitualmente) ahora genera multas de $10 millones (en contraste con una multa de $10.000 antes de la reforma).

Si se trata de obligaciones formales relativas al régimen de precios de transferencia el incumplimiento se sanciona con multa de hasta $22 millones (antes de $20.000); en el caso de la presentación del Informe País por País, la multa puede llegar hasta $67,5 millones.

Además, en algunos casos las multas son acumulables y aplican nuevas multas cuando lo incumplido no es el deber formal original sino el requerimiento cursado por ARCA intimando a su cumplimiento.

En algunos casos, incumplir el tercer requerimiento puede llevar una multa de hasta $350 millones.

Por otra parte, la ley prevé la actualización anual de las multas por el índice UVA y que el monto a abonar para cumplir con la sanción se determina según el importe vigente al momento del pago, no de la comisión de la infracción. O sea, la multa se va a ir actualizando a partir de la comisión de la infracción hasta su efectivo pago.

Qué hará ARCA con la reforma laboral en mano

En este nuevo contexto, es posible avizorar, y, en la práctica ya está ocurriendo, que ARCA comience a poner el foco en los incumplimientos formales, afirman Vergara y Demartino, y advierten:.

Aplicar una multa formal no requiere un procedimiento tan largo ni complejo como lo es una inspección fiscal.

Los sistemas de ARCA detectan automáticamente el vencimiento incumplido al minuto uno del día siguiente y si bien se requiere la instrucción de un sumario infraccional, en general, el mero incumplimiento es considerado base suficiente para la aplicación de la multa. Además, estos sumarios son resueltos en forma automática.

Ello determina que el cumplimiento de deberes formales (presentar una declaración jurada, contestar un requerimiento, presentar un régimen de información) adquiera peso propio y mucha relevancia en el programa de cumplimiento fiscal de cada contribuyente.

Así, no tener presente un régimen de información que debía cumplirse, de los numerosos regímenes previstos por ARCA; pasar por alto un requerimiento, o demorar unos días la presentación de una declaración jurada puede generar contingencias relevantes.

Por ello, es de suma importancia realizar un mapeo exhaustivo de los regímenes con los que cada contribuyente debe dar cumplimiento a efectos de poder planificar su presentación con debida antelación y posibilitar un cumplimiento en término, integral y correcto. También es importante el seguimiento atento de las inspecciones y de los requerimientos que en ellas se cursen., y así evitar multas por deberes formales, concluyen los expertos..

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