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Guerra total a las tasas municipales: fallo protege a las empresas de cobros abusivos en Misiones

Un fallo de la Justicia Federal prohíbe a un municipio de Misiones cobrar una tasa de seguridad e higiene a una empresa de comunicaciones
19/03/2026 - 09:02hs
Guerra total a las tasas municipales: fallo protege a las empresas de cobros abusivos en Misiones

En otro episodio de la guerra de las tasas municipales, la Justicia Federal suspendió el cobro de la tasa de seguridad e higiene que un municipio de Misiones le reclamó a empresa de telecomunicaciones que no tenía local en el ejido comunal y no recibía ningún servicio concreto de la comuna.

Cómo es el caso de la nueva escaramuza por una tasa

La Cámara Federal de Posadas hizo lugar a una medida cautelar solicitada por la empresa Gigared S.A. contra la Municipalidad de Garupá (Misiones), en el marco de un litigio por el cobro del Derecho de Inspección, Registro y Servicios de Contralor (DIRSC).

En primera instancia, el juez había rechazado la cautelar por considerar que no se encontraba acreditado el "peligro en la demora", al no existir —según su criterio— un reclamo concreto o inminente de pago por parte de la municipalidad, indican Lucas Gutierrez y Mariano Mandri Tabernero, del estudio Lisicki, Litvin & Abelovich.

La empresa apeló la decisión argumentando que los requisitos de procedencia de la medida cautelar sí se verifican en la especie, explican.

Cuáles fueron los argumentos de la empresa

En cuanto a la verosimilitud en el derecho, la empresa invocó que existe una consolidada jurisprudencia según la cual las contribuciones municipales deben ser siempre caracterizadas como tasas retributivas de servicios concretos, efectivos e individualizados, y agregó los siguientes argumentos, señalan los expertos:

La ordenanza tributaria de Garupá establece que el DIRSC se paga por el mero ejercicio de una actividad comercial en el municipio, sin que sea necesaria la prestación de un servicio de esas características.

En su caso, ni siquiera había tenido local o asiento físico en el ejido municipal durante la mayoría de los períodos reclamados, por lo que era imposible que reciba algún servicio de parte de la municipalidad.

En lo que respecta al peligro en la demora, advirtió y probó que, de no intervenir la Justicia, la municipalidad podía avanzar con embargos y otras medidas de cobro que afectarían directamente su operatoria.

Qué dijo la Cámara Federal

La Cámara concluyó que los hechos invocados y demostrados por la actora configuraban de manera suficiente el requisito de peligro en la demora, ya que la empresa estaba expuesta a medidas de cobro coactivo que podrían afectar su situación patrimonial antes de que se dicte una sentencia definitiva, sostienen los expertos.

En consecuencia, el tribunal revocó la decisión de primera instancia y concedió la medida cautelar, ordenando suspender los efectos del reclamo fiscal hasta que se resuelva la cuestión de fondo, precisan.

De este modo, la Cámara priorizó evitar un eventual perjuicio irreparable para la empresa, en línea con su jurisprudencia sobre la materia y considerando las circunstancias actuales del caso, afirman.

La decisión no define aún la legalidad de la tasa, pero vuelve a poner bajo la lupa un esquema de cobro municipal que ya ha sido cuestionado en distintos tribunales del país, concluyen Gutiérrez y Mandri Tabernero.

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