La UOCRA cerró paritaria: cuánto cobrará un obrero de la construcción en marzo, abril y mayo
La Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) y las cámaras empresarias (CAMARCO y FAEC) cerraron un nuevo acuerdo salarial.
El mismo establece aumentos escalonados y sumas no remunerativas para los meses de marzo, abril y mayo de 2026, con vigencia hasta el 31 de mayo, señala el consultor Ignacio Barrios.
Puntos principales del acuerdo
El acuerdo, homologable ante la autoridad de aplicación, establece:
Incrementos salariales acumulativos:
- Marzo 2026: 2% sobre salarios básicos de febrero 2026.
- Abril 2026: 1,9% sobre salarios básicos de marzo 2026, más la absorción de parte de la suma no remunerativa.
- Mayo 2026: 1,8% sobre salarios básicos de abril 2026.
Sumas no remunerativas mensuales: Se abonarán por categoría y zona, en dos mitades quincenales (excepto marzo que se paga con la segunda quincena).
Aportes y contribuciones: Se establecen un aporte extraordinario solidario del 2% para los trabajadores y una contribución empresarial de $6.000 por empleado, con destino a la acción sindical y asistencial.
Vigencia y próxima revisión: El acuerdo rige hasta el 31 de mayo de 2026. Las partes se reunirán el 20 de abril de 2026 para definir los ajustes a partir de junio.
Sumas no remunerativas: valores por categoría (Zona "A")
Estos montos son no remunerativos (excepto para obra social) y se abonan mensualmente además del salario básico.
Nuevos salarios básicos: tablas por zona
A continuación, los salarios básicos (remunerativos) vigentes para la Zona "A" (Capital Federal y Gran Buenos Aires) según el acuerdo. Recordá que a estos valores debe sumarse la suma no remunerativa correspondiente a cada mes.
Salarios básicos para la construcción (CCT 76/75) – Zona "A"
Los valores son diarios (jornal). Los totales mensuales dependerán de los días trabajados.
Contribuciones y aportes establecidos
El acuerdo también incluye dos conceptos clave para la sustentabilidad del fondo paritario:
1. Aporte extraordinario solidario (a cargo del trabajador)
Porcentaje: 2% mensual sobre los salarios sujetos a aportes.
Vigencia: Desde abril de 2026.
Destino: Gestión de convenios, acción social y equipos técnicos.
Excepción: Los trabajadores afiliados a UOCRA no realizan este aporte, ya que la cuota sindical lo absorbe.
2. Contribución empresarial (a cargo del empleador)
Destino: Acciones asistenciales, administrado según la Ley 23.551.
Monto: $6.000 por cada trabajador.
Vigencia: Abril y mayo de 2026.
La Comisión Especial de Seguimiento se reunirá el 20 de abril de 2026 para:
- Definir los ajustes a partir de junio.
- Evaluar la continuidad de la absorción de las sumas no remunerativas.
- Analizar la prórroga de las contribuciones patronales y aportes solidarios.