NUEVOS BENEFICIOS

Se redefine el Programa de Acompañamiento Social: quiénes pueden acceder a $78.000 mensuales

El Ministerio de Capital Humano oficializó los nuevos Lineamientos Generales y Operativos del Programa de Acompañamiento Social
Por H.G.
IMPUESTOS - 14 de Abril, 2026

El Ministerio de Capital Humano, a través de la Resolución 90/2026, oficializó los nuevos Lineamientos Generales y Operativos del Programa de Acompañamiento Social (PAS), determinando quiénes podrán seguir percibiendo el beneficio, bajo qué condiciones de salud y educación, y qué conductas podrían derivar en la baja inmediata del plan.

Quiénes son los beneficiarios

El programa no es de apertura masiva, sino que está dirigido exclusivamente a quienes ya revistan la calidad de titulares a la fecha, señala Errepar. El universo se divide en tres grupos principales:

  • Personas de 50 años o más en situación de vulnerabilidad.
  • Mujeres con 4 o más hijos menores de 18 años.
  • Titulares provenientes de Unidades de Gestión vinculados a situaciones especiales

Prestación económica y corresponsabilidades

La asignación mensual se fijó en $78.000. Sin embargo, el cobro no es automático: el beneficiario debe cumplir con una serie de requisitos denominados corresponsabilidades:

  • Salud: Presentar controles de embarazo y acreditar el Plan Nacional de Vacunación de los menores a cargo.
  • Educación: Certificar la regularidad escolar de los niños.
  • Capacitación: Es obligatorio realizar cursos en la plataforma digital "Formando Capital Humano", orientados a la alfabetización digital y el cuidado integral.

Incompatibilidades

El nuevo reglamento es estricto respecto a quiénes quedan fuera del beneficio. No podrán cobrar el PAS quienes posean:

  • Un vehículo de menos de 10 años de antigüedad.
  • Más de una propiedad inmueble.
  • Gastos con tarjeta o billeteras virtuales que superen el equivalente a un Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) en el promedio de los últimos seis meses.
  • Hayan comprado dólares para ahorro o realizado viajes al exterior que 'resulten incompatibles con su situación de vulnerabilidad'.

Por otro lado, el plan es compatible con la AUH, la Tarjeta Alimentar, el Monotributo Social y trabajos registrados (servicio doméstico o rural) siempre que la remuneración bruta sea inferior a un SMVM.

Cortes de calle y violencia: motivos de baja directa

Uno de los puntos más políticos del reglamento aparece en el Título V (Causales de Egreso). Será motivo de baja inmediata:

  • Obstaculizar la libre circulación: Quienes impidan el normal funcionamiento del transporte o limiten el paso en la vía pública
  • Hechos de violencia: Aquellos que participen en actos que alteren el orden público.
  • Transición jubilatoria

Un aspecto novedoso es el acompañamiento a quienes están por jubilarse. El programa garantiza la percepción del beneficio por un máximo de un año adicional una vez cumplida la edad jubilatoria o iniciado el trámite, con el fin de evitar baches de ingresos durante la transición al sistema de seguridad social.

La Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia será la autoridad de aplicación encargada de cruzar datos para verificar que cada titular cumpla con esta nueva hoja de ruta del asistencialismo estatal.

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