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¿Vas a construir en un country? ARBA te otorga la exención total de Impuesto Inmobiliario

La construcción en terreno baldío o las mejoras con permiso municipal no pagan Impuesto Inmobiliario durante un tiempo en provincia de Buenos Aires
24/04/2026 - 07:57hs
¿Vas a construir en un country? ARBA te otorga la exención total de Impuesto Inmobiliario

La provincia de Buenos Aires otorga una exención total del Impuesto Inmobiliario que recauda ARBA para la construcción de obras nuevas y beneficia así a quienes compran un lote para construir la casa en un country.

El beneficio en Impuesto Inmobiliario de fomento a la construcción es una de las herramientas más interesantes de la Ley Impositiva 2026 de la Provincia de Buenos Aires, ya que busca incentivar la inversión privada y la formalización de obras.

En el contexto de 2026, con valuaciones fiscales que han sufrido actualizaciones por coeficientes correctores, este beneficio es un alivio directo al flujo de fondos de quien inicia una obra.

Cuál es el beneficio en Inmobiliario para la construcción

El artículo 8 de la Ley Impositiva 2026 establece que los contribuyentes que obtengan un Permiso de Obra otorgado por el municipio correspondiente gozarán de una exención en el Impuesto Inmobiliario.

La exención será del 100% de las cuotas del Componente Básico del impuesto y las siguientes con las condiciones de aplicación:

  • Este beneficio en Inmobiliario se otorga por un período de 6 meses.
  • Aplica a las cuotas que venzan dentro de ese lapso de seis meses.
  • El plazo se cuenta a partir de la "fecha de expedición" del permiso de obra.

Qué tipos de obra gozan de esta exención

Aunque la ley habla de la construcción de "obras nuevas", el beneficio se extiende a lo siguiente:

Nuevas construcciones: edificaciones desde cero en lotes baldíos.

Ampliaciones y mejoras: siempre que requieran la expedición de un permiso municipal de obra que actualice la situación catastral del inmueble.

Qué se requiere para el trámite en ARBA

Para que el crédito fiscal se haga efectivo, el contribuyente debe realizar la solicitud ante ARBA vía web a través del sistema de "Exenciones". Los requisitos clave son:

  1. CUIT/CUIL y CIT: contar con Clave de Identificación Tributaria.
  2. Cuitificación del bien: el inmueble debe estar vinculado a la CUIT del solicitante.
  3. Documentación municipal: es indispensable presentar la copia del Permiso de Obra y los planos aprobados o registrados.
  4. Estado de Deuda: para la aprobación de exenciones, ARBA requiere que el contribuyente no registre deuda de años no prescriptos sobre ese objeto (o que esté en un plan de pagos vigente).

Esta exención en Impuesto Inmobiliario es un beneficio es específico para la obra en sí. Una vez finalizada la construcción y obtenido el Final de Obra, el inmueble se revalúa y pasa a tributar según su nueva categoría (por ejemplo, de Baldío a Urbano Edificado), lo cual suele implicar un valor de cuota más alto, pero ya con la mejora incorporada al patrimonio.

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