Del recibo de sueldo al control de ausentismo: qué deben revisar las empresas por la reforma laboral
Las empresas deben revisar un amplio abanico de procesos y políticas internas a partir de la reglamentación de la reforma laboral, ya que abarca desde el recibo que deberán emitir para el sueldo devengado en junio, hasta las licencias médicas y los mecanismos de la actuación sindical en el seno del establecimiento.
Qué acciones deberán tomar las empresas por la reforma
Desde el estudio PASSBA, enumeran acciones que deben realizar a partir de hoy las empresas. Para esta consultora resulta aconsejable iniciar una revisión de lo siguiente:
- Sistemas de registración laboral.
- Formatos de recibos de sueldo y procesos de liquidación.
- Políticas de beneficios sociales.
- Procedimientos de control de ausentismo y certificaciones médicas.
- Acuerdos colectivos que contemplen aportes o contribuciones convencionales.
- Protocolos internos vinculados con actividad sindical y ejercicio de tutela gremial.
Qué cambia en la registración de empleados
"La eliminación de la obligatoriedad de llevar libros de sueldos y jornales, con el trastorno y demoras que demandaba la rúbrica en muchas jurisdicciones del interior, incluso bajo la modalidad de hojas móviles, trae una modificación positiva al momento de exhibir la correcta registración de trabajadores", indica el laboralista David Esquivel.
"Ahora bastará contar con el alta temprana y la posterior baja ante ARCA, para acreditar la correcta registración del vínculo", explica.
"Se elimina la exigencia de llevar los libros laborales, tanto en soporte físico como digital, y las autoridades administrativas de las provincias no podrán exigir requisitos adicionales, como la rúbrica de libros", aclara la laboralista Karina Fragati.
Cómo será el recibo de sueldo desde junio
Las empresas deberán modificar sus sistemas operativos de confección de los recibos de sueldos, para que impacte el costo laboral total que asume el empleador por cada empleado, señala Fragati, y describe:
El recibo de haberes contará con 4 secciones claramente diferenciadas:
En el anverso del recibo deberá incorporarse un resumen de la composición total del costo laboral, con discriminación de los conceptos a cargo del empleador, agrupados en los siguientes rubros:
- Sindical.
- Seguridad social.
- Obra social.
- PAMI.
- ART.
- Cámaras empresariales.
- Otros rubros.
Qué limites tendrán los beneficios sociales y bonos
Servicio de comedor: fuera del establecimiento laboral, solo podrá instrumentarse mediante prestación o provisión solventada directamente por el empleador, y no podrá ser sustituido ni compensado en. Su cuantía no podrá exceder 40 % del Salario Mínimo Vital y Móvil, precisa Kragati.
Bono anual: se establece el 5% de la remuneración anual del trabajador como tope máximo para considerar como no remunerativas las prestaciones complementarias otorgadas por las empresas utilizando sistemas de distribución de utilidades, derechos accionarios y cobro de dividendos, considera.
Qué se debe hacer respecto al ausentismo y las licencias
Se establece la justificación de licencias médicas a través de prescripciones médicas emitidas a través de plataformas oficiales tiende a evitar "los certificados de favor o comprados" y, más importante aún, poder realizar juntas médicas de "desempate" de diagnósticos a través de clínicas privadas, afirma Esquivel.
Son conocidas las dificultades para realizar juntas médicas oficiales, no solo por la demora en obtenerlas, sino también, por los resultados que, de ellas resultaban, recuerda.
Esto da la posibilidad de disminuir sensiblemente las extensas licencias psiquiátricas que duraban "casualmente" exactamente hasta el día que se le notificaba a ese trabajador el ingreso en el período de reserva de empleo no pago, enfatiza.
Cómo cambiarán los aportes y la actividad sindical
Entre las principales novedades respecto de los sindicatos y las cámaras empresarias se destaca lo siguiente, enumera PASSBA:
- Exigencia de proporcionalidad entre cantidad de dirigentes y número de afiliados cotizantes.
- Mayores controles sobre los padrones de afiliados mediante cruces con bases del SIPA.
- Exigencia de un 5% adicional de afiliados cotizantes para disputar una personería gremial existente (lo que supone una reducción del régimen anterior que requería un 10%).
- Regulación del crédito horario sindical, que deberá ejercerse sin afectar la continuidad operativa y con aviso previo mínimo de 48 horas.
- Mayores requisitos para la oponibilidad de candidaturas sindicales al empleador.
- Ampliación de supuestos en los que el empleador podrá solicitar judicialmente medidas respecto de trabajadores amparados por tutela sindical
Se estableces la eliminación de la tutela sindical que la ley otorgaba al delegado no electo en las elecciones. Esa protección cesa inmediatamente después de quedar firme su no elección, puntualiza Esquivel.
Qué pasará con las desvinculaciones de mutuo acuerdo
La homologación vía Secretaría de Trabajo de los acuerdos celebrados por mutuo acuerdo traerá una baja significativa en los muchos casos que se suscitaban de conflictos luego de haber sido firmados y cancelados ante escribanos e incluso, ante el SECLO, donde se discutían vicios de la voluntad, indica Esquivel.
La posibilidad de homologar ante el SECLO o en las distintas delegaciones de los ministerios de trabajo provinciales, será de gran ayuda para evitar conflictos innecesarios, agrega.
En otro orden, la posibilidad del empleador de conocer el acceso a la jubilación de su dependiente, incluso poder tener acceso a la notificación de cobro del primer haber, pondrá fin a situaciones confusas o de solapamiento por falta de información de haberes jubilatorios y salarios, sin darle la posibilidad al empleador de decidir acerca de la continuidad o no de ese trabajador jubilado, remarca.
Cómo se podrá acceder al blanqueo laboral
Respecto del régimen de Promoción de Empleo Registrado (PER), se pone en vigencia la posibilidad de blanqueo y regularización de relaciones laborales vigentes en el sector privado que no se encuentren total o parcialmente registradas y que se hubieren iniciado antes de la promulgación de la Ley de Modernización Laboral, explica Esquivel.
Este esquema condona deuda de capital e intereses del régimen de la Seguridad Social, en porcentajes que la reglamentación diferencia ya sea que se trate de una Micro y Pequeña Empresa, Medianas o "demás empleadores" lo que pareciera referirse a todo el universo no representado por las dos categorías anteriores, opina.
"La condonación es del 100% para el Régimen Nacional del Seguro de Salud, Régimen de Riesgos del Trabajo y cuotas del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio", precisa.
De esta manera, la reglamentación de la reforma laboral empujará a las empresas a realizar acciones inmediatas para acoplar sus sistemas y procesos a esa norma.