• 16/6/2026
ALERTA

Nueva obligación de ARCA de facturar honorarios judiciales: abogados y contadores reclaman prórroga

Los abogados y peritos que percibían honorarios judiciales se encontraban, en muchos casos, dispensados de emitir el comprobante electrónico
Por H.G.
16/06/2026 - 08:34hs
Nueva obligación de ARCA de facturar honorarios judiciales: abogados y contadores reclaman prórroga

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) apuntó a los honorarios judiciales a través de la Resolución General 5824/2026. Esta norma no solo moderniza el régimen de emisión de comprobantes (sustituyendo y modificando aspectos de la histórica RG 1415), sino que suprime exenciones que durante décadas permitieron a los profesionales del derecho operar bajo esquemas administrativos simplificados en el ámbito judicial.

Hasta la irrupción de esta norma, los abogados y peritos que percibían honorarios mediante libranzas judiciales o transferencias ordenadas por juzgados se encontraban, en muchos casos, dispensados de emitir el comprobante electrónico correspondiente, ya que el propio registro judicial servía como respaldo suficiente de la operación.

La RG 5824 quita esta excepción. A partir de su plena aplicación, el 1 de julio próximo, los profesionales que perciban honorarios y retribuciones vía judicial quedan obligados a emitir facturas electrónicas por cada regulación percibida.

Cronograma de implementación y vigencia

Aunque la resolución ya se encuentra vigente desde su publicación en el Boletín Oficial, el organismo ha previsto un plazo de adecuación técnica y administrativa.

Las nuevas obligaciones de emisión para los sujetos que pierden la excepción (incluyendo directores de sociedades y abogados por honorarios judiciales) serán aplicables a las operaciones realizadas a partir del 1 de julio de 2026, señala Errepar.

Puntos clave para el profesional

Identificación del consumidor final: se actualiza el umbral para identificar obligatoriamente al adquirente (DNI/CUIL) cuando el importe sea igual o superior a $10.000.000. No obstante, si el cliente requiere deducir el gasto en Ganancias, el profesional deberá identificarlo con CUIT sin importar el monto.

Puntos de venta: la norma endurece el control sobre los puntos de emisión. Se prohíbe la reutilización de números de puntos de venta dados de baja y se habilita la vinculación de cada punto a una actividad económica específica declarada.

Gestión administrativa: para aquellos abogados que perciben honorarios judiciales de forma esporádica, esto representará una carga administrativa adicional (alta de servicios, generación de comprobantes), aun cuando el ingreso sea ocasional.

Con la llegada de la RG 5824, los abogados y los peritos deberán revisar su situación registral antes de julio de 2026 para evitar inconsistencias que puedan bloquear su operatoria ante el fisco.

En tanto, desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se presentó una nota a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), mediante la cual se solicita postergar la vigencia desde el 1 de julio de 2026 de las diversas modificaciones al Régimen de emisión de comprobantes (RG 1.415) a través de la Res Gral 5824/2026, en particular de los nuevos contribuyentes obligados a realizar facturas, entre otros: directores, síndicos, socios administradores de sociedades, quienes perciben honorarios y otras retribuciones por vía judicial.