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Monotributo: cuánto subirían las cuotas en julio y quiénes deben recategorizarse

Julio llega con cambios para los monotributistas: aumentan las cuotas y comienza la recategorización obligatoria para quienes superaron los límites
Por IM
IMPUESTOS - 25 de Junio, 2026

Para los monotributistas, julio es uno de los meses más importantes del calendario fiscal. Además de la actualización semestral de las escalas y cuotas, también se pone en marcha la recategorización obligatoria, un trámite que determina si cada contribuyente debe mantenerse en su categoría actual o pasar a una superior o inferior.

Por ese motivo, quienes están adheridos al régimen simplificado administrado por ARCA deberán revisar con atención su nivel de facturación y los parámetros vigentes para evitar inconvenientes, sanciones o recategorizaciones de oficio.

Monotributo: cuánto subirían las cuotas desde julio

La actualización de las cuotas del monotributo se realiza tomando como referencia la inflación acumulada durante el primer semestre del año. Aunque los valores definitivos todavía no fueron oficializados, las estimaciones indican que el ajuste rondaría el 14,3%.

De confirmarse ese porcentaje, las cuotas mensuales tendrían los siguientes valores aproximados:

  • Categoría A: $42.386,74
  • Categoría B: $48.250,78
  • Categoría C: $56.501,85 para servicios y $55.227,06 para venta de bienes
  • Categoría D: $72.414,10 para servicios y $70.661,26 para bienes

En las categorías intermedias también se observarían aumentos significativos. La categoría E alcanzaría los $102.537,97 para servicios y $92.658,35 para bienes, mientras que la F subiría a $129.045,32 y $111.198,27, respectivamente.

Por su parte, las escalas superiores registrarían incrementos aún más marcados. La categoría K, la más alta del régimen, podría alcanzar una cuota mensual de $1.381.687,90 para actividades de servicios y de $600.879,51 para quienes comercializan bienes.

Recategorización del monotributo: quiénes deben hacer el trámite

Junto con el aumento de las cuotas, julio también trae la recategorización semestral del monotributo. Este procedimiento es obligatorio para los contribuyentes que hayan superado los parámetros de su categoría durante los últimos 12 meses.

Actualmente, los límites de facturación anual son los siguientes:

  • Categoría A: hasta $10.277.988,13
  • Categoría B: hasta $15.058.447,71
  • Categoría C: hasta $21.113.696,52
  • Categoría D: hasta $26.212.853,42
  • Categoría E: hasta $30.833.964,37
  • Categoría F: hasta $38.642.048,36
  • Categoría G: hasta $46.211.109,37
  • Categoría H: hasta $70.113.407,33
  • Categoría I: hasta $78.479.211,62
  • Categoría J: hasta $89.872.640,30
  • Categoría K: hasta $108.357.084,05

No obstante, es muy probable que los topes también se incrementen en la misma proporción. De hacerlo, quedarían de la siguiente forma:

  • Categoría A: hasta $11.747.740,43
  • Categoría B: hasta $17.211.805,73
  • Categoría C: hasta $24.132.955,12
  • Categoría D: hasta $29.961.291,46
  • Categoría E: hasta $35.243.221,27
  • Categoría F: hasta $44.167.861,28
  • Categoría G: hasta $52.819.298,01
  • Categoría H: hasta $80.139.624,58
  • Categoría I: hasta $89.701.738,88
  • Categoría J: hasta $102.724.427,86
  • Categoría K: hasta $123.852.147,07

Los contribuyentes que hayan excedido los topes correspondientes deberán actualizar su situación dentro del plazo establecido por ARCA. En caso de no hacerlo, el organismo puede aplicar una recategorización automática e incluso imponer sanciones.

Por el contrario, quienes tengan menos de seis meses de actividad dentro del régimen o mantengan los parámetros de su categoría actual no estarán obligados a realizar el trámite.

Qué deben revisar los monotributistas antes de la recategorización

Antes de iniciar el proceso, los especialistas recomiendan analizar la facturación acumulada de los últimos 12 meses, ya que se trata del principal criterio utilizado para determinar la categoría correspondiente.

También conviene verificar otros parámetros que pueden influir en la permanencia dentro del régimen, como los consumos vinculados a la actividad y los límites establecidos para cada escala. Una revisión previa permitirá realizar la recategorización correctamente y evitar futuros problemas con ARCA.

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