Así será el paso a paso para ingresar los dólares del colchón si se aprueba la nueva Inocencia Fiscal
Puntos importantes
La Cámara de Diputados buscará dar media sanción este miércoles al proyecto que modifica la Ley de Inocencia Fiscal para facilitar que el contribuyente pueda oficializar dólares del colchón sin que ARCA lo pueda perseguir. El Gobierno apunta a seducir a los u$s170.000 millones en poder de los argentinos por fuera del circuito financiero formal.
Esta medida no es un blanqueo en regla con perdón de sanciones penales, pero busca dar seguridad ante posibles denuncias de ARCA. Permite llevar dólares en efectivo al banco o un agente de Bolsa, o aportarlos para la compra de un inmueble. La bancarización puede hacerse en las dos puntas de la operación; por ejemplo, al final de la compra de un auto a través de la concesionaria.
"El Banco Central calcula que hay u$s170.000 millones debajo del colchón, más de cuatro veces los depósitos en dólares del sistema financiero", declaró el ministro de Economía, Luis Caputo, en la presentación del proyecto de ley de inocencia fiscal, y enfatizó que "tener los dólares debajo del colchón es un mal negocio para la gente, y tampoco nos sirve a nivel país: necesitamos que la economía crezca y necesitamos recaudar más".
Por eso, el objetivo de esta modificación de la Ley de Inocencia Fiscal "sigue siendo que esos ahorros puedan ser formalizados en el sistema bancario sin ninguna penalidad de ningún tipo, dando la tranquilidad de que, independientemente de quién sea el gobierno de turno, van a estar cubiertos".
A su vez, según el cálculo de César Litvin sobre la inocencia fiscal, podrían atraerse un máximo de $50.000 millones no declarados al sistema financiero formal.
Paso a paso para ingresar los dólares del colchón con Inocencia Fiscal
El procedimiento para exteriorizar fondos no declarados bajo el régimen de Inocencia Fiscal comprende los siguientes pasos:
Paso 1: Adhesión formal a Ganancias Simplificado
- Presentar la opción de adhesión a la declaración simplificada del Impuesto a las Ganancias ante ARCA.
- Cumplir con la condición de residente fiscal en el país durante la totalidad del período fiscal respectivo (requisito exceptuado para el período fiscal 2025).
- Obtener la constancia de adhesión emitida por ARCA para acreditar la condición ante terceros.
- No ser Gran Contribuyente o funcionario público, casos en que se puede adherir a Ganancias Simplificado, pero no gozar de los beneficios de presunción de exactitud para el año base (2025) y tapón fiscal en IVA y Ganancias para los períodos no prescriptos (2022,2023 y 2024).
Paso 2: Elección del canal de bancarización o aplicación de fondos
El contribuyente debe canalizar los fondos a través de una de las dos vías autorizadas por la ley:
Vía financiera o bursátil: realizar la operación a través de entidades autorizadas por el BCRA o la CNV, asegurando que la bancarización formal se verifique en el origen o en el destino de los fondos.
Vía inmobiliaria directa: aplicar los dólares en efectivo ante el escribano, en ocasión del otorgamiento de escrituras públicas para constituir, modificar, declarar o extinguir derechos reales sobre inmuebles.
Paso 3: Validación ante el Sujeto Obligado y debida diligencia de la UIF
Presentar la constancia de adhesión al régimen ante la entidad bancaria, agente bursátil o escribano interviniente (Sujetos Obligados ante la UIF por lavado de dinero).
La entidad valida la situación en tiempo real mediante las consultas automatizadas o API de ARCA.
La constancia opera como antecedente favorable para que el Sujeto Obligado encuadre al contribuyente (persona humana) bajo el esquema de monitoreo simplificado fijado por la UIF, mitigando la emisión de Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) por falta de acreditación de origen previo.
Dentro de los 15 días de la aprobación de la ley, la reglamentación de la UIF fijará tres escalas de monitoreo (simplificado, de intensidad media y de intensidad alta), aplicando el esquema más simplificado a personas humanas que exterioricen fondos bajo este régimen, para mitigar la emisión automática de ROS por falta de declaración previa de origen, según declaraciones del presidente del Banco Central, Santiago Bausili.
Paso 4: Declaración e imputación patrimonial
Para compras inmobiliarias u operaciones concretadas antes del 31 de diciembre de 2027, computar los fondos como bienes incorporados al patrimonio en la fecha exacta en que se realiza la transacción a los efectos del Impuesto sobre los Bienes Personales.
Mantener cumplida en tiempo y forma la declaración jurada base de Ganancias para conservar la presunción de exactitud y la protección del tapón fiscal frente a cuestionamientos sobre el origen de los fondos.
Paso 5: Mecanismo de subsanación ante fiscalización (en caso de requerimiento)
Los fondos exteriorizados y canalizados bajo las pautas de la Inocencia Fiscal por contribuyentes alcanzados por el régimen gozan de la presunción de exactitud hasta el 31 de diciembre de 2027.
Si ARCA detecta una "discrepancia significativa" y libra una orden de intervención o inspección, no se pierde la protección sobre los dólares del colchón de forma automática.
Se debe presentar la declaración jurada rectificativa y cancelar o regularizar los saldos e intereses dentro de los 15 días hábiles de la notificación para desactivar la discrepancia significativa y sostener los beneficios de la Inocencia Fiscal.
Cuándo hay discrepancia significativa en Ganancias Simplificado
Se considera que existe una discrepancia significativa en la declaración simplificada de Ganancias cuando se verifica, al menos, una de las siguientes tres condiciones en el cálculo de los tributos:
Diferencia porcentual y umbral mínimo: cuando de la impugnación realizada por ARCA resulta un incremento del impuesto determinado o una reducción de los quebrantos impositivos por un porcentaje igual o superior al 15% respecto de lo que había declarado el contribuyente.
Para que esta condición sea válida, la diferencia determinada debe superar un umbral mínimo equivalente al 5% del monto fijado para la evasión simple por el Régimen Penal Tributario. En la actualidad, el umbral de punibilidad para evasión es de $100 millones, por lo que el mínimo necesario para que ARBA persiga discrepancias es de $5 millones.
Por superación del límite penal: si el incremento del impuesto determinado o la reducción de los quebrantos supera de forma directa la suma total fijada para evasión simple por del Régimen Penal Tributario.
Por uso de facturas falsas o cómputos improcedentes: si la diferencia surge por la utilización de facturas u otros documentos apócrifos, o por ingresos directos computados de forma improcedente (como retenciones, percepciones, pagos a cuenta y anticipos), y esto da como resultado un incremento del saldo a favor del fisco o una reducción de los saldos a favor del contribuyente. Desde $1, ya que no hay topes.
Qué reglas defienden ante ARCA por las discrepancias en Ganancias Simplificado
Al momento de calcular y evaluar la existencia de la discrepancia significativa, aplican reglas estrictas a favor del contribuyente para ARCA:
El principal concepto que agrega Inocencia Fiscal II es que el cálculo de la diferencia no será considerado como discrepancia significativa si el contribuyente presenta una declaración jurada rectificativa en un plazo no mayor a 15 días hábiles desde que es notificado del ajuste, siempre que cancele y/o regularice los saldos adeudados más sus intereses.
Además, la responsabilidad de probar la diferencia recae exclusivamente sobre ARCA, que solo podrá basar su cálculo en la información declarada por el contribuyente, la disponible en sus sistemas informáticos o la proporcionada por terceros. Cualquier otra consideración carece de valor probatorio para impugnar el régimen.
ARCA no puede utilizar de manera directa ni autónoma las presunciones de "incremento patrimonial no justificado" ni de "depósitos bancarios superiores a ingresos declarados" para fundamentar discrepancias significativas sobre estos dólares del colchón blanqueados según la Ley de Inocencia Fiscal.