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ARCA pone en marcha el servicio "Ganancias Personas Jurídicas" para armar las DDJJ

ARCA implementa el servicio denominado "GANANCIAS PERSONAS JURÍDICAS" para la confección y presentación de las declaraciones juradas de Ganancias

05/10/2026
Actualizado 05:25hs

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementa el servicio denominado "Ganancias Personas Jurídicas" para la confección y presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias.

ARCA Ganancias Personas Jurídicas: desde qué fecha entra en vigencia

La utilización del servicio "Ganancias Personas Jurídicas" de ARCA para la confección y presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias correspondientes a ejercicios comerciales cuyos cierres hubieran operado a partir de junio de 2026, inclusive, se implementará en forma progresiva, conforme al siguiente cronograma:

a) Etapa opcional: desde el 19 de octubre de 2026 hasta el 28 de febrero de 2027, inclusive.

Durante este período, los sujetos podrán optar por utilizar el citado servicio o el programa aplicativo vigente.

b) Etapa obligatoria: a partir del 1 de marzo de 2027, inclusive, deberá utilizarse obligatoriamente el citado servicio.

Las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias, originales y rectificativas, correspondientes a cierres anteriores a junio de 2026 deberán confeccionarse mediante el programa aplicativo vigente.

Las demás declaraciones juradas rectificativas deberán presentarse a través del servicio "GANANCIAS PERSONAS JURÍDICAS" o mediante el programa aplicativo vigente, según la modalidad utilizada para la presentación de la declaración jurada original.

Cronograma Ganancias Personas Jurídicas 2026-2027

El consultor ignacio Barrios detalló las siguientes fechas clave:

  • 5 de octubre de 2026: publicación de la Resolución General 5908/2026.
  • 19 de octubre de 2026: estará disponible el nuevo servicio web.
  • 19 de octubre de 2026 al 28 de febrero de 2027: período de utilización opcional para cierres desde junio de 2026.
  • 1 de marzo de 2027: utilización obligatoria del nuevo servicio para cierres desde junio de 2026.

Los cierres anteriores a junio de 2026 permanecerán bajo el aplicativo vigente.

La implementación de Ganancias Personas Jurídicas marca el comienzo de la migración del impuesto desde el aplicativo utilizado hasta ahora hacia un entorno web de ARCA. Pero la transición tendrá que seguirse con atención.

No alcanza con considerar solamente la fecha de presentación: también habrá que verificar la fecha de cierre del ejercicio y, en el caso de una rectificativa, la herramienta utilizada para presentar la declaración original.

"Además, durante la etapa opcional, entre octubre de 2026 y febrero de 2027, los profesionales tendrán la posibilidad de comenzar a utilizar el nuevo servicio antes de que se convierta en obligatorio", puntualiza Barrios

"Será importante conocer ahora las funcionalidades y características técnicas que ARCA vaya incorporando al nuevo sistema, especialmente respecto de la carga de información, importación de datos, papeles de trabajo y mecanismos disponibles para agilizar la confección de las declaraciones juradas", agrega Barrios.

¿Cuándo estará disponible Ganancias Personas Jurídicas?

El nuevo servicio web estará disponible desde el 19 de octubre de 2026.

¿Es obligatorio utilizarlo desde octubre?

No. Desde el 19 de octubre de 2026 hasta el 28 de febrero de 2027 su utilización será opcional para los ejercicios con cierres desde junio de 2026.

¿Cuándo será obligatorio?

A partir del 1 de marzo de 2027, para las declaraciones juradas correspondientes a ejercicios comerciales cerrados desde junio de 2026 inclusive.

¿Qué pasa con los ejercicios cerrados antes de junio de 2026?

Deberán continuar confeccionándose mediante el programa aplicativo vigente.

¿Qué Clave Fiscal se necesita?

Se requiere Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 2 o superior.

¿Qué pasa con una declaración jurada rectificativa?

Debe presentarse mediante la misma modalidad utilizada para la declaración jurada original.

¿Desaparece el aplicativo de Ganancias Sociedades?

No inmediatamente. Durante la etapa opcional convivirá con el nuevo servicio y continuará utilizándose para declaraciones juradas correspondientes a cierres anteriores a junio de 2026.