Juicio por alimentos: la Suprema Corte reglamentó notificaciones por WhatsApp y SMS
En un paso decisivo hacia la digitalización y la celeridad del fuero de familia, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires aprobó la reglamentación del servicio de notificación por plataformas de mensajería instantánea y SMS para procesos de alimentos. La medida fue formalizada mediante la Resolución 3494/2026, señala Errepar.
Esta normativa operacionaliza el recién incorporado artículo 635 bis del Código Procesal Civil y Comercial bonaerense (Ley 15513). La herramienta busca solucionar las habituales dilaciones en la traba de la litis por reclamos alimentarios, garantizando un mecanismo célere y directo para anotar al demandado en expedientes donde frecuentemente se encuentran involucrados derechos de niños, niñas, adolescentes y personas vulnerables.
Juicio por alimentos: notificaciones por WhatsApp y SMS
Para que proceda esta modalidad, el reglamento impone requisitos estrictos y acumulativos: debe haber petición de parte, tratarse de la primera intervención del demandado, que este no figure en el Registro de Domicilios Electrónicos y que la notificación por las vías tradicionales haya resultado infructuosa. Además, requerirá indefectiblemente una resolución judicial fundada que habilite el procedimiento de forma subsidiaria y excepcional.
En materia de garantías y resguardo probatorio, el protocolo prohíbe el uso de teléfonos personales del personal judicial e impone el empleo de plataformas institucionales habilitadas por la Secretaría de Tecnología Informática. Para dar validez al acto, bastará con que el sistema confirme la entrega del mensaje en el dispositivo del destinatario (doble tilde o equivalente) tras la verificación telefónica por parte del actuario, sin requerirse obligatoriamente el reporte de lectura.
Las comunicaciones deberán formularse en lenguaje claro y accesible, acompañando copias digitales de las actuaciones, e indicando los canales de asesoramiento jurídico gratuito. Asimismo, cuando la mensajería instantánea no resulte técnicamente viable, se habilitará el envío subsidiario mediante SMS con enlace de acceso seguro a la documentación digitalizada.
Con esta reglamentación, el Poder Judicial bonaerense fortalece la tutela judicial efectiva adaptando el proceso civil a las tecnologías actuales, asegurando la trazabilidad, confidencialidad y la protección de datos personales en el tratamiento de reclamos alimentarios.