Alerta empleadores bonaerenses: nueva declaración jurada laboral desde 2027
El Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires estableció el Formulario Único de Trabajo y Unificación de Recursos Operativos (FUTURO), una nueva declaración jurada digital para la fiscalización de las obligaciones laborales, señala el consultor Ignacio Barrios.
La medida fue dispuesta por la Resolución 260-MTGP-2026, de fecha 4 de noviembre. La presentación será voluntaria desde el período diciembre de 2026 y obligatoria desde el período enero de 2027.
El formulario se presentará mensualmente, a mes vencido, a través del Portal de Trabajo, y deberá contar con firma digital del sujeto obligado.
Qué empleadores deberán presentar el formulario FUTURO
El artículo 2° del anexo establece un alcance amplio. La obligación comprende a los empleadores que:
- Tengan domicilio legal o fiscal en la provincia de Buenos Aires.
- Sean titulares o exploten establecimientos dentro del territorio bonaerense.
- Ocupen personas trabajadoras bajo su dependencia en esa jurisdicción.
Por lo tanto, el alcance no se limita a empleadores domiciliados en la Provincia: también contempla a quienes tengan establecimientos o personal trabajando en territorio bonaerense, aunque su domicilio esté en otra jurisdicción, detallan desde Ignacio On Line.
Para la información salarial y la documentación respaldatoria, el anexo hace referencia al personal que preste tareas habituales, eventuales o extraordinarias en establecimientos situados en la provincia de Buenos Aires.
Desde cuándo será obligatorio y cuándo vence
El cronograma distingue el período informado del mes en que se presenta la declaración:
- Diciembre de 2026: Voluntario Hasta el último día hábil de enero de 2027
- Enero de 2027: Obligatorio Hasta el último día hábil de febrero de 2027
- Períodos siguientes: Obligatorio Hasta el último día hábil del mes siguiente al liquidado
Así, la primera presentación obligatoria corresponde a los haberes de enero de 2027 y se realiza durante febrero, conforme al plazo general establecido en el anexo.
Qué información deberá declararse
El FUTURO tendrá carácter de declaración jurada e incluirá datos identificatorios del empleador y datos de carga periódica.
Datos del empleador
Los datos identificatorios se incorporarán automáticamente a partir de la información existente en el Legajo Digital del Empleador.
Información mensual
En cada presentación deberá informarse:
- Período de liquidación: Mes al que corresponde la información
- Salarios abonados: Monto total, con detalle de conceptos remunerativos, no remunerativos y netos
- Control de jornada: Método utilizado por el empleador
La norma exige informar el método de control de jornada. No establece en ese apartado una carga mensual general de todas las marcaciones, sin perjuicio de la documentación que la autoridad pueda requerir en ejercicio de sus facultades de inspección.
Además de completar el formulario, los empleadores deberán acompañar mensualmente la documentación respaldatoria.
El anexo dispone la presentación de un PDF por cada concepto, agrupando la documentación del personal alcanzado:
- PDF de recibos: Todos los recibos de sueldo del personal alcanzado
- PDF de pagos: Comprobantes de acreditación bancaria de los salarios en cuenta sueldo
- PDF de acuerdos, cuando corresponda: Acuerdos sobre jornada, compensación de horas, banco de horas o descansos compensatorios
El recibo de sueldo y el comprobante bancario son documentación diferenciada: la resolución exige acompañar ambos.
Banco de horas y acuerdos de jornada: también deberán informarse
Cuando el empleador suscriba acuerdos individuales, plurindividuales o colectivos que regulen la jornada laboral, deberá acompañarlos en la presentación que corresponda al mes siguiente a su suscripción e informar su plazo de vigencia.
La obligación comprende acuerdos sobre:
- Regulación de la jornada de trabajo.
- Compensación de horas extraordinarias.
- Banco de horas.
- Descansos compensatorios.
Este punto vincula el nuevo formulario con el control de los mecanismos de organización de la jornada: los acuerdos deberán quedar documentados y ponerse a disposición del Ministerio.
Cómo se presenta y qué firma requiere
La presentación será electrónica y periódica, a través del Portal de Trabajo habilitado por la Resolución MT 147/2024, detallan desde Ignacio on Line.
El anexo exige expresamente que el formulario esté firmado digitalmente por el sujeto obligado, conforme a la normativa de firma digital. La implementación se prevé mediante un formulario único y gratuito.
La Subsecretaría Técnica, Administrativa y Legal quedó facultada para dictar normas complementarias, aclaratorias y modificatorias para su puesta en funcionamiento y su compatibilización con los sistemas administrativos.
Cuánto tiempo hay que conservar la documentación
Los empleadores deberán guardar:
- Las presentaciones del FUTURO
- Las constancias de recepción.
- La documentación que respalda la información declarada.
Deberán garantizar su integridad, legibilidad, disponibilidad y exhibición ante un requerimiento administrativo.
El plazo mínimo de conservación es de dos años desde la exigibilidad de los créditos laborales correspondientes, sin perjuicio de los plazos mayores que establezcan otras normas. Por eso, el anexo no autoriza a descartar toda la documentación laboral al cumplirse dos años.
Qué pasa si se presenta fuera de término
El sistema deberá identificar automáticamente las presentaciones tardías y admitirlas igualmente, aunque ello no impide la aplicación de sanciones.
La falta de presentación en tiempo y forma, la falsedad de los datos o la comprobación de incumplimientos laborales podrán dar lugar a las sanciones previstas en la Ley provincial 10.149, su decreto reglamentario y el Pacto Federal del Trabajo, entre otras disposiciones aplicables.
La declaración mensual tampoco reemplaza las inspecciones ni las intimaciones: el Ministerio mantiene sus facultades para requerir documentación en el establecimiento o mediante el domicilio electrónico constituido.
Qué conviene preparar antes de la primera presentación
Para organizar el cumplimiento, los empleadores y estudios que liquidan sueldos deberán revisar los datos del legajo digital, la disponibilidad de firma digital y el circuito de archivo mensual, puntualiza Ignacio Barrios.
En particular, será necesario poder reunir todos los recibos en un PDF y todos los comprobantes bancarios en otro, además de identificar los acuerdos de jornada que deban acompañarse. Esa organización será clave para cumplir con el vencimiento mensual desde el período enero de 2027.