• 4/12/2025
ALERTA

Impuesto a las Ganancias: declarar estos gastos podrían ser claves para aliviar la carga fiscal

El Gobierno evalúa cambios en el esquema de deducciones de Ganancias y especialistas analizan cómo impactaría la actualización de topes y gastos admitidos
Por L.C.
02/12/2025 - 08:23hs
Impuesto a las Ganancias: declarar estos gastos podrían ser claves para aliviar la carga fiscal

La determinación de los montos que se restan a los ingresos alcanzados por el impuesto a las Ganancias define quiénes quedan sujetos al tributo y cuál es el importe final que deben pagar. Dentro del esquema vigente, la "ganancia no imponible" y la "deducción especial" establecen el nivel mínimo a partir del cual se calcula la obligación fiscal. A esos conceptos se suman las deducciones vinculadas con cargas familiares y determinados gastos declarados por los contribuyentes.

En medio de trascendidos y lineamientos preliminares sobre una eventual reforma tributaria, el ministro de Economía, Luis Caputo, adelantó que uno de los cambios posibles sería ampliar el abanico de deducciones permitidas. Según indicó, el nuevo esquema habilitaría a cualquier contribuyente alcanzado por Ganancias a computar gastos muy diversos, desde la compra de electrodomésticos hasta el pago de cuotas hipotecarias. No se conocieron precisiones sobre cómo se aplicarían esas modificaciones ni qué topes o condiciones contemplarían.

El debate se da en un contexto donde varios importes del sistema de deducciones mantienen valores fijados hace décadas. Un ejemplo mencionado con frecuencia es el tope para descontar intereses de créditos hipotecarios, hoy limitado a $20.000 anuales y aplicable solo a préstamos destinados a la compra de vivienda. Debido a la falta de actualización, ese monto resulta marginal frente al costo real de los créditos.

El listado general de gastos deducibles incluye el alquiler de la vivienda, las remuneraciones y contribuciones por trabajo doméstico, cuotas de medicina prepaga, honorarios médicos, donaciones autorizadas, seguros de vida y retiro, gastos educativos, y la adquisición de indumentaria o equipamiento de uso laboral. En algunos casos, como los intereses hipotecarios o los gastos de sepelio, los montos deducibles se encuentran muy por debajo de los valores actuales de mercado, lo que limita su impacto real en la base imponible del impuesto. También se permite, sin tope, deducir aportes a Sociedades de Garantía Recíproca, siempre que los fondos permanezcan allí por un mínimo de dos años.

Deducciones desactualizadas y diferencias entre empleados y autónomos

La falta de actualización de ciertos importes y las diferentes reformas aplicadas en las últimas décadas modificaron la estructura del impuesto y redujeron, según especialistas, la capacidad del sistema para reflejar correctamente la situación de cada contribuyente. El contador Martín Caranta, socio del estudio Lisicki, Litvin y Abelovich, sostiene que el monto general considerado libre del tributo dejó de representar el costo real de vida. Además, señala diferencias entre empleados en relación de dependencia y trabajadores autónomos. En estos últimos, el impuesto se aplica desde ingresos más bajos, pero existe mayor flexibilidad para deducir gastos.

El abogado tributarista Diego Fraga coincide en que los empleados cuentan con un listado acotado y taxativo de deducciones, mientras que los autónomos tienen un margen más amplio para descontar gastos vinculados con la actividad. Esa asimetría, afirma, se utilizó como argumento para no extender determinados beneficios a los autónomos en reformas recientes.

Los profesionales que tributan como autónomos pueden deducir compras de bienes y servicios necesarios para generar ingresos. Sin embargo, Fraga señala que esta posibilidad suele dar lugar a controversias con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que impugna ciertos gastos. En varios expedientes resueltos por el Tribunal Fiscal de la Nación (TFN), se reconoció la deducibilidad de gastos cuando los contribuyentes demostraron su vinculación directa con la actividad. Un caso citado con frecuencia es el de la periodista Magdalena Ruiz Guiñazú.

La contadora Fernanda Laiún, integrante del estudio Laiún, Fernández Sabella & Smudt, considera que la menor cantidad de deducciones habilitadas para los empleados genera distorsiones. Entre sus propuestas figura permitir que los asalariados descuenten entre 20% y 30% del salario bruto en gastos realizados en el país y pagados por medios electrónicos, independientemente del rubro. También sugiere eliminar topes en algunos conceptos, como los seguros de retiro, los gastos educativos y los pagos por personal de casas particulares.

Propuestas para ampliar gastos deducibles en Ganancias

Fraga plantea que una reforma podría incluir la deducción de gastos de transporte, alquiler de vivienda con un alcance mayor al actual, intereses hipotecarios y herramientas o equipamiento laboral como computadoras, software, licencias o suscripciones técnicas. Agrega además los gastos asociados al teletrabajo, como una proporción de expensas y servicios, y los costos de capacitaciones, cursos, congresos y posgrados.

A esa lista incorpora servicios de cuidado para niños, adultos mayores o personas con discapacidad; aportes voluntarios a entidades filantrópicas auditadas; tratamientos de salud mental necesarios para la continuidad laboral, y aportes a sistemas de ahorro previsional con mayor amplitud que la prevista hoy.

Caranta sostiene que los topes actuales relacionados con instrumentos de ahorro de largo plazo son reducidos, lo que limita su capacidad para promover el uso de seguros o instrumentos financieros orientados a complementar el sistema previsional. Destaca que el límite vigente para gastos de sepelio es de $996,23 anuales.

El contador también propone eliminar el tope del 5% del ingreso neto que se aplica a la deducción de cuotas de medicina prepaga y aumentar significativamente el límite para intereses hipotecarios, en sintonía con las políticas oficiales de impulso al crédito.

Impacto de los cambios y puntos pendientes en la reforma tributaria

Los aportes obligatorios a la seguridad social se descuentan automáticamente en el caso de los asalariados. Las cargas de familia deben declararse en un formulario y, a diferencia de años anteriores, el listado se limita a hijos menores de 18 años o incapacitados para trabajar, y a cónyuge bajo determinadas condiciones.

Mientras el Gobierno no presente un proyecto integral de reforma tributaria, no está claro cómo se insertaría una eventual ampliación de deducciones en el sistema general del impuesto. Entre las incógnitas figura si se modificaría el piso a partir del cual se tributa, lo que podría hacer que el monto final dependa en mayor medida del nivel de gastos declarados.

Fraga considera que permitir deducir todos los gastos vinculados con la generación de ingresos contribuiría a medir de manera más precisa la capacidad contributiva. No obstante, opina que la ampliación de deducciones no sería prioritaria en el marco de una reforma más amplia. Entre los puntos que menciona como urgentes se encuentran las alícuotas para sociedades y la estructura general del sistema tributario.

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