Cristóbal López y Fabián de Sousa se entregaron a Gendarmería y vuelven a prisión
Los empresarios Cristóbal López y Fabián de Sousa, dueños del Grupo Indalo, se entregaron este viernes en el edificio Centinela de la Gendarmería Nacional.
Lo hicieron en la Unidad Especial de Investigaciones y Procedimientos Judiciales "Buenos Aires", de Gendarmería Nacional (Uesprojud), luego de que sus abogados acordaran las condiciones de la entrega con la Justicia, y tras el fallo de la Cámara Federal de Casación Penal que ordenó la detención inmediata de ambos empresarios.
Se dispuso también que Cristóbal López y Fabián de Sousa sean alojados en los penales en los que cumplían la detención antes de ser liberados en marzo último. De modo que Cristóbal López regresa al penal de Ezeiza, y su socio De Sousa al de Marcos Paz.
La Cámara Federal de Casación Penal había ordenado la detención inmediata de López y De Souza, en el marco de la causa en la que se los investiga por no haberle rendido a la AFIP $8.000 millones que habían recaudado con el impuesto a la transferencia de combustibles.
La decisión fue tomada por mayoría por la sala I del máximo tribunal penal con los votos de los jueces Gustavo Hornos y Eduardo Riggi, mientras la camaristas Ana María Figueroa votó en disidencia.
El fallo de Casación revocó la resolución que había dictado la Cámara Federal porteña, que el 16 de marzo pasado dispuso la liberación de los empresarios y el cambio de caratula del expediente por el que habían sido detenidos.
En un fallo de 148 páginas, los jueces de Casación dispusieron que los empresarios y el ex titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, vuelvan a ser investigados por "defraudación al Estado" y no por "apropiación indebida de recurso", contra lo que había decidido la Cámara Federal.
La detención de los dueños del Grupo Indalo, que tiene entre sus insignias a la empresa Oil Combustibles y al canal C5N, es instrumentada por el juez federal Julián Ercolini, quién lleva la causa por el no pago del impuesto a las transferencias de combustible.
Los miembros de la sala I de Casación decidieron además volver a elevar los montos de los embargo que pesan sobre los tres imputados a más de $17.000 millones, dado que la Cámara Federal los había disminuido a $9.000 millones en cada caso.
Los imputados están acusados de haber realizado una maniobra para desviar millonarias sumas de dinero que la empresa Oil Combustibles S.A. debía entregar a la AFIP en concepto de Impuesto a los Combustibles Líquidos, utilizándolas para financiar al conglomerado empresario denominado "Grupo Indalo".
Los empresarios habían sido detenidos por primera vez el 20 de diciembre del 2017 por orden del juez Ercolini, quién entendió que el intento de venta del Grupo Indalo a un fondo de inversión tenía por objetivo eludir la inhibición de bienes dispuesta por la Justicia.
En su defensa, los empresarios López y De Sousa siempre argumentaron que no tuvieron la intención de eludir la inhibición que pesaba sobre sus bienes y que por eso consultaron al juez sobre la posibilidad de llevar a cabo la venta del grupo de empresas.
De los jueces de la Cámara de Casación, el primero en votar fue Hornos, quien consideró que "existen circunstancias objetivas y ciertas referidas a la concreta situación de los imputados López y de Sousa que definen la necesidad de disponer la prisión preventiva de los nombrados en orden a la presunción de que éstos intenten entorpecer el éxito de la investigación, e, incluso, darse a la fuga".
En la misma dirección que Hornos votó el juez Riggi, quien sostuvo que "la extrema gravedad de las imputaciones formuladas, sumada a la contundente prueba recolectada, y aunada al inconmensurable daño causado al Estado por el delito justifican la restricción de la libertad" de los empresarios acusados.
En relación a Cristóbal López, el juez Riggi sostuvo que al analizar su caso tuvo especial consideración a las manifestaciones públicas que hizo el mes pasado al recuperar su libertad cuando dijo que no había estado detenido sino "secuestrado".
Riggi sostuvo que las declaraciones de López implicaron "un irrespetuoso desconocimiento de las atribuciones legales del magistrado que lleva adelante la causa, pues secuestrado sólo puede estar quien es privado de su libertad por alguien que no tiene facultades para hacerlo".
"No se trató de un mero disenso con relación a una decisión que pudo considerar errónea de parte del juez, sino directamente de la negación de la legitimidad de la autoridad judicial competente y, en definitiva, del funcionamiento mismo del Estado de Derecho del que goza nuestro país", remarcó Riggi.
Por su parte, la jueza Ana María Figueroa sostuvo: "No comparto las argumentaciones y solución a que arriban los distinguidos colegas que integran este acuerdo, debiéndose respetar siempre el debido proceso y las garantías constitucionales y convencionales en todo juicio penal".