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Se incrementan las sanciones contra el acoso en la vía pública

Con la modificación del Código, la legislatura porteña agrega la tipificación de hostigamiento digital cuando se difundan imágenes o videos íntimos
15/12/2018 - 00:20hs
Se incrementan las sanciones contra el acoso en la vía pública

La Legislatura porteña aprobó la modificación del Código de Contravenciones que prevé penas más duras para quienes acosen en la vía pública.

Esto sucedió a solo unos días de la denuncia de la actriz Thelma Fardín contra Juan Darthés por violación, un hecho que sucedió 10 años atras cuando era una menor de solo 16 años.Con el cambio en el código, estos actos tendrán penas de entre uno y cinco días de arresto, o multas económicas de entre 80 y 400 unidades fijas (que equivalen a $1.428 o $7.140, respectivamente).Además, la reforma agrega como agravante que la víctima sea menor de 18 años, mayor de 70, o con discapacidad. En esos casos se duplicará la pena.

Las modificaciones que se votaron también agregan la tipificación de “hostigamiento digital” cuando se difundan imágenes o grabaciones íntimas.

Así, se penará la difusión no autorizada de imágenes o grabaciones íntimas. “Quien difunda, publique, distribuya, facilite, ceda y/o entregue a terceros imágenes, grabaciones y/o filmaciones de carácter íntimo sin el consentimiento de la persona y a través de cualquier tipo de comunicación electrónica, de trasmisión de datos, páginas web y/o a través de cualquier otro medio de comunicación, recibirá una multa de $7.140 a $34.800, 15 días de trabajos o 3 a 10 días de arresto”, dice el texto de la ley.

También se sancionará a “quien haga distribuir en la vía pública o haga colocar en las puertas de acceso de locales en general, carteles, volantes y/o afiches que persigan o no finalidad comercial y que tengan por objeto la promoción explícita o implícita de la oferta sexual”. La pena prevista para estos casos, también conocidos como pegatinas, es de 5 a 30 días de arresto.

En estos casos podrían corresponder las sanciones a “quien fije o haga fijar carteles, afiches o volantes en la vía pública en lugares no habilitados persiguiendo fines de lucro con la publicidad”. Las sanciones serán de 1 a 15 días de trabajo, multa de 1.000 a 5.000 unidades fijas ($17.850 a $89.250) o arresto de uno 1 a 5 días. Se adosará de 5 a 10 días de arresto si existiera previa organización.