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Cristina Kirchner y Echegaray fueron sobreseídos en la causa del inmueble de Aduana

El juez Ariel Lijo consideró que hubo inexistencia de delito en una causa sobre supuestas anomalías en el otorgamiento de un inmueble en Misiones
30/09/2020 - 09:53hs
Cristina Kirchner y Echegaray fueron sobreseídos en la causa del inmueble de Aduana

El juez Ariel Lijo sobreseyó por inexistencia de delito a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner; al extitular de la AFIP, Ricardo Echegaray, y al exjefe de Gabinete y actual titular de Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT), Aníbal Fernández, en una causa sobre supuestas anomalías en el otorgamiento de un inmueble de la Aduana para fines educativos en Misiones.

La causa, con la acusación luego desestimada de "abuso de autoridad y violación de deberes de funcionario público", había sido iniciada por una denuncia de la extitular de la Oficina Anticorrupción (OA) del macrismo, Laura Alonso, informaron fuentes judiciales.

El juez Ariel Lijo sobreseyó por inexistencia de delito a la vicepresidenta Cristina Fernández y al extitular de la AFIP, Ricardo Echegaray
El juez sobreseyó por inexistencia de delito a la vicepresidenta Cristina Fernández y al extitular de la AFIP, Ricardo Echegaray

Sobreseimientos

Al determinar que no hubo delito, Lijo dispuso los sobreseimientos de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, Ricardo Echegaray, Aníbal Fernández, el exgobernador misionero Maurice Closs, Alfredo Juan Erich Poenitz y Olga Mirta Martínez, según la resolución.

La denuncia la había presentado la exfuncionaria Alonso en 2018, en representación de la OA, al cuestionar un convenio que en 2010 suscribieron Closs, Echegaray y el rector del Instituto de Estudios Superiores 'Hernando Arias de Saavedra', Alfredo Poenitz, mediante el cual se cedió por 99 años el inmueble donde funcionaba la Oficina de Secuestro y Ventas de la Aduana en Posadas.

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Para el juez federal, la AFIP "se encontraba facultada para realizar dicho acto, que no generó un perjuicio económico para el Estado".

La resolución

El juez federal porteño sostuvo que se determinó que la Administración Federal de Ingresos Públicos -de la cual depende la Aduana- "se encontraba facultada para realizar dicho acto y que el mismo no generó un perjuicio económico para las arcas del Estado".

Añadió que en este caso "se ha demostrado que la cesión que interesó a la entonces Presidente de la Nación fue realizada por el Administrador Federal en el marco de sus atribuciones y sin generar un prejuicio patrimonial ni funcional al Estado Nacional", amplió.

El juez Lijo sostuvo además que "debe tenerse en cuenta que la AFIP cedió el uso a una Universidad" y que "no solo el inmueble mejoró ediliciamente de manera notoria, sino que, además, brinda un servicio esencial como es la educación, cuyo acceso tiene raigambre constitucional y convencional (art. 14 y 75 inc. 22 de la Constitución Nacional)".

El juez destacó además que coincidió con la Fiscalía en la ausencia de responsabilidad penal de todas la personas denunciadas por la exfuncionaria macrista.

Hay que recordar que Echegaray, ex titular de la AFIP, hace dos meses, también quedó sobreseído en la causa en la que se lo investigaba por enriquecimiento ilícito. Desde el ente recaudador, le ordenaron que realice una capacitación sobre ética pública e integridad.

La orden lleva la firma del Director de Integridad Institucional, el doctor Ariel Horacio Darsaut, quien en su momento por 2018 le trabó el concurso preventivo a Oil Combustibles.

"De acuerdo a lo verificado en los registros del organismo al día 4 de febrero de 2020, Usted no ha realizado los cursos de 'Valores Éticos de la AFIP' y del 'Código de Ética de la AFIP' previstos para el año 2019", ambos con carácter obligatorio. La notificación se superpuso con la confirmación del sobreseímiento.

Félix Crous, titular de la OA sostuvo que bajo la nueva gestión "es política" del organismo "que el desempeño de la Oficina en los juicios penales, en cuanto querellante, se ejercerá de un modo excepcional y restrictivo, según criterios de oportunidad, mérito y conveniencia para cada caso".