iProfesionaliProfesional

Alberto Fernández promulgó la ley del aborto legal: cuándo entra en vigencia

El impulso del aborto legal había sido una de las promesas de campaña del Presidente, en línea con uno de los principales reclamos del colectivo feminista
14/01/2021 - 19:25hs
Alberto Fernández promulgó la ley del aborto legal: cuándo entra en vigencia

El presidente Alberto Fernández promulgó este jueves la ley que autoriza la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) durante un acto en el Museo del Bicentenario, en la Casa Rosada, luego de que el proyecto haya sido sancionado durante la madrugada del 30 de diciembre pasado en el Senado. La ley del aborto entrará en vigencia nueve días después de su publicación en el Boletín Oficial.

"Hoy estamos haciendo una mejor sociedad; parece una frase, pero es un paso inmenso y el resultado de una lucha colectiva", reflexionó el Presidente en la ceremonia, acompañado por la ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, y la secretaria Legal y Técnica, Vilma Ibarra, quienes lo precedieron en la palabra.

En un salón que tuvo como invitadas a muchas de las referentes de los colectivos que militaron durante décadas la legalización del aborto, el jefe de Estado afirmó: "Cumplí con mi palabra y hoy, en tiempos en que la palabra de la política parece depreciada, es la culminación de un tiempo de lucha para muchas mujeres que lucharon para que el aborto deje de ser un delito".

Fernández, acompañado también por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Salud, Ginés González García, celebró el hecho de que su Gobierno "amplió la capacidad de decidir de las mujeres" con la sanción de la IVE y consideró que se trata de un "paso importantísimo para que la sociedad sea un poco más igualitaria".

Con todo, reconoció que la batalla por la igualdad de derechos de las mujeres continúa en diferentes niveles y que esa paridad requiere leyes y cambios en la mentalidad de mucha gente.

La ley conocida como Plan de los 1000 días también fue destacada por el Presidente, que evaluó que esa norma permitirá que las embarazadas cuenten "con un Estado detrás de ellas" para garantizarles salud y posibilidades de criar a sus hijos en los primeros años de vida.

cc
La ley del aborto entrará en vigencia nueve días después de su publicación en el Boletín Oficial

Despenalización y legalización

Con la promulgación de la norma de aborto legal, que lleva el número 27.610, entrará en vigencia en la Argentina la despenalización y legalización de la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 14 de gestación.

A partir de ese plazo se mantienen la legalización por las causales actualmente previstas en el Código Penal: violación, y riesgo para la vida o la salud de la persona gestante.

En tanto, se dispone de un plazo de diez días desde el requerimiento de la mujer o persona gestante para la realización de la práctica, y se autoriza al personal médico a ejercer la objeción de conciencia, siempre y cuando la vida o la salud de la mujer no se encuentren en riesgo.

El sistema público de salud deberá garantizar la práctica de forma gratuita, en tanto que las obras sociales y las empresas de medicina prepaga deberán incorporar la cobertura del aborto legal al 100% en su Programa Médico Obligatorio (PMO).

El impulso del aborto legal había sido una de las promesas de campaña del presidente Alberto Fernández, en línea con uno de los principales reclamos del colectivo feminista.

De esta manera, la Argentina se convertirá en el país más grande de Latinoamérica en tener legalizadas las prácticas de aborto en general, y no solamente por causales.

Durante el evento, también se promulgó la denominada ley de los "Mil días", que busca acompañar con ayuda estatal a las madres sin recursos y a sus hijos hasta los 3 años de edad.

La norma sobre el Plan de los Mil Días establece, entre otros puntos salientes, la creación de una nueva asignación por Cuidado de Salud Integral, la cual consiste en el otorgamiento de tres pagos anuales consecutivos por cada niño o niña menor de tres años de edad a cargo.

A su vez, la asignación universal por embarazo, que se abonaba mensualmente en seis períodos, pasará a pagarse en 9 mensualidades. En tanto, se ampliará el pago por Nacimiento y por Adopción a las personas beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH), que hasta ahora estaban excluidas de este beneficio. Esto significará que las asignaciones por nacimiento o adopción abarcarán no sólo a hijos de asalariados sino además de padres desempleados o con trabajo no registrado.

Los puntos principales de la ley

sss
Las jóvenes festejaron tras la aprobación en el Senado de la Ley IVE

A continuación, los puntos principales de la norma:

  - Consagra el derecho de mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar a decidir la interrupción del embarazo, requerir y acceder a la atención del aborto, y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud.

- El aborto se permitirá hasta la semana catorce inclusive, del proceso gestacional. Fuera de ese plazo solo se podrá acceder en caso de violación o si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante.

- Mujeres y personas gestantes tienen derecho a acceder a la interrupción de su embarazo en los servicios del sistema de saludo con su asistencia, en un plazo máximo de diez (10) días corridos desde su requerimiento. 

- Previo a la realización del aborto se requiere el consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito.

- Los médicos y personal de salud podrán registrarse como objetores de conciencia, debiendo mantener esa postura tanto en instituciones públicas como privadas.   

- Los efectores de salud que no cuenten con profesionales para realizar la interrupción del embarazo a causa del ejercicio del derecho de objeción de conciencia deberán "disponer la derivación a un efector que realice efectivamente la prestación y que sea de similares características al que la persona solicitante de la prestación consultó". 

 - El personal de salud no podrá negarse a la realización de la interrupción del embarazo en caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable.

- Tampoco se podrá alegar objeción de conciencia para negarse a prestar atención sanitaria postaborto. 

- En el caso de las gestantes menores de 16 años con embarazos no deseados que decidan abortar, se requerirá su consentimiento informado y la asistencia de al menos uno de sus padres, conforme lo dispuesto en el artículo 26 del Código Civil y Comercial.

- Obras sociales y prepagas deben incorporar la cobertura integral y gratuita de la interrupción voluntaria del embarazo. 

Estas prestaciones quedan incluidas en el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica y en el PMO con cobertura total, junto con las prestaciones de diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo.

 Se modifica el artículo 85 del Código Penal, que quedará redactado de la siguiente manera: "ARTÍCULO 85". 

- El o la que causare un aborto será reprimido: 1º) Con prisión de TRES (3) a DIEZ (10) años, si obrare sin consentimiento de la persona gestante. Esta pena podrá elevarse hasta QUINCE (15) años si el hecho fuere seguido de la muerte de la persona gestante. 

2º) Con prisión de TRES (3) meses a UN (1) año, si obrare con consentimiento de la persona gestante, luego de la semana CATORCE (14) de gestación y siempre que no mediaren los supuestos previstos en el artículo 86".

Temas relacionados