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Prohibición de despidos: ¿quiénes quedan exceptuados en la nueva prórroga?

El Gobierno reglamentó la extensión por 30 días más de la iniciativa lanzada en el marco de la pandemia de coronavirus. Causales comprendidas
28/05/2021 - 14:32hs
Prohibición de despidos: ¿quiénes quedan exceptuados en la nueva prórroga?

El Gobierno nacional oficializó este viernes la extensión en la prohibición de despidos y suspensión sin justa causa, hasta el próximo 30 de junio.

A través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 345 publicado en el Boletín Oficial, se dio lugar a la medida que forma parte de las resoluciones que activó el Gabinente Económico, entre las que también se destacó el resfuerzo en la recarga de saldo de la Tarjeta Alimentar y la ampliación del Programa de Recuperación Productiva 2 (Repro 2).

"Prorrógase hasta el 30 de junio de 2021, inclusive, la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor", detalla el texto firmado por el presidente Alberto Fernández y el pleno del gabinete nacional.

En la misma línea, se prorrogó la inhabilitación que prevé la desvinculación respecto de la totalidad de los trabajadores dependientes, que hayan prestado efectivamente tareas en sus lugares habituales, fuera de su domicilio particular.

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Se prorrogó la inhabilitación que prevé la desvinculación respecto de la totalidad de los trabajadores dependientes

Qué pasa si se viola la prohibición de despido

El artículo 3 de la normativa exceptúa las suspensiones efectuadas en los términos del inciso 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, "como consecuencia de la emergencia sanitaria", por lo que avanzar sobre esta condición, "no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales".

Prohibición de despedidos: ¿Quiénes quedan exceptuados en la nueva prórroga?

Además, el quinto punto del DNU señala que las prohibiciones no serán aplicables a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto N° 34/19, ni al Sector Público Nacional, con independencia del régimen jurídico al que se encuentre sujeto el personal de los organismos, ni a sociedades, empresas o entidades que lo integran.

Tampoco impactarán en los trabajadores comprendidos en el régimen legal de trabajo de la industria de la construcción.

Los despidos sin causa justificada quedan prohibidos por 30 días más.
Los despidos sin causa justificada quedan prohibidos por 30 días más

Ayuda a empresas: abrió la inscripción al Repro II

"A partir de ayer está abierta la inscripción al REPRO, que es una política muy importante, porque nosotros pagamos una parte de los salarios de los trabajadores y trabajadoras que se anotan en esos programas. Los que se tienen que anotar son los empresarios, y entonces el Gobierno paga una parte de los salarios", afirmó la vicejefa de gabinete, CeciliaTodesca Bocco.

Y explicó: "En los sectores críticos paga hasta 22.000 pesos por trabajador, la inscripción es hasta el primero de junio inclusive. También se pueden anotar los monotributistas y autónomos, así como el mes pasado lo hicimos con los monotributistas del sector gastronómico, ahora se amplía a un gran universo que incluye culturales, transporte, comercios de cercanía, algunos servicios. Los empresarios también pueden recibir estos 22 mil pesos que le pueden servir para pagar algunos gastos".

"Tenemos también la reducción de las contribuciones patronales, que ya fue prorrogada para los sectores críticos de acá hasta fin de año", agregó.