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Un abogado presentó un hábeas corpus contra las restricciones para quienes viajaron al exterior

El planteo sostiene que la decisión del Gobierno afecta a los derechos a la libertad ambulatoria y de tránsito protegidos por la Constitución
01/07/2021 - 10:44hs
Un abogado presentó un hábeas corpus contra las restricciones para quienes viajaron al exterior

Un abogado penalista presentó un hábeas corpus en los tribunales federales de Lomas de Zamora contra la medida impuesta por el Gobierno nacional que restringe los vuelos al país y que ocasionó que miles de argentinos queden varados en el exterior.

"Después de unos días de vacaciones y de felicidad, a mi hija, mi esposa, y a toda la familia nos llenan de incertidumbre y amargura, por medidas irracionales e impensadas", cuestionó el abogado José Luis España, en un mensaje publicado el pasado lunes en su cuenta de Facebook.

El letrado hacía referencia a Patricia Cotrone y su hija Ariana España Cotrone, quienes viajaron a Estados Unidos el pasado 8 de junio. Como muchos otros ciudadanos argentinos, quedaron varados sin poder regresar al país.

En consecuencia, España presentó el hábeas corpus individual con respecto a la situación de su familia y otro colectivo para el resto de los varados argentinos.

Los argumentos del pedido

Según denunció en el escrito, se encuentra "restringida la libertad ambulatoria y de tránsito" por lo que solicitó a la Justicia "que se pronuncie expresamente acerca de la constitucionalidad de las normas en cuestión, dispuestos por el Poder Ejecutivo Nacional".

"La fecha de regreso programada por la aerolínea Boliviana de aviación contratada era el 2 de julio próximo, vuelo que fue cancelado por las restricciones que denunciamos y que aún no ha sido reprogramado, careciendo de fecha cierta de regreso", precisó el abogado en el hábeas corpus, según informó el medio platense El Día.

El letrado apuntó contra la Decisión Administrativa 643/2021 de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Presidencia de la Nación, dictada el 26 de junio, que restringe el ingreso de ciudadanos argentinos y residentes en el país, reduciendo de 2.000 a 600 personas diarias.

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Cuestionó el ingreso de ciudadanos argentinos y residentes en el país, reduciendo de 2.000 a 600 personas diarias

"Fue de manera intempestiva, arbitraria e irrazonable, privando a mi esposa e hija y a todos los argentinos que tenían programado regresar al país, de hacerlo en tiempo y forma que estos lo habían decidido y previsto", criticó.

España alegó que "conforme al artículo 43 de la Constitución Nacional, toda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro medio judicial más idóneo, contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particular, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantías reconocidos por esta Constitución, un tratado o una ley. En el caso, el juez podrá declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se funde el acto u omisión lesiva",

Además, aclaró que "la Administración debe resguardad la salud pública, pero ello no implica que constituya un pretexto para vulnerar los derechos ciudadanos, ya que ha existido tiempo más que suficiente para que la Administración arbitre los medios necesarios para que puedan regresar al país y a sus hogares, los ciudadanos que se encuentran en el extranjero, bajo las condiciones y metodología que el mismo Gobierno ha establecido al momento de la partida de esos ciudadanos hacia el exterior".

Consideró también que "no se explica en la normativa denunciada por qué 600 personas que ingresan al país representan un menor riesgo de ingreso de la Cepa Delta -tan temida- que los 2000 que estaban autorizados hasta el momento".

También criticó a la directora nacional de Migraciones, Florencia Carignano, y funcionarios públicos por "afirmar que la gente no hace el aislamiento obligatorio, y con esos argumentos pretende justificar la medida, es decir que, utilizan su propia incapacidad de control para castigar a los ciudadanos y justificar medidas intempestivas, arbitrarias pero sobre todas las cosas irracionales e irrazonables".

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El abogado presentó un hábeas corpus individual con respecto a su familia y otro colectivo, para el resto de los varados

Delegación de facultades a gobiernos provinciales

El Gobierno nacional dejó al criterio de los gobiernos provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires la definición de en qué lugar tendrán que cumplir su cuarentena quienes vuelvan a la Argentina entre el 1° de julio y el 31 de agosto. Es decir, si los viajeros podrán aislarse en sus domicilios o si tendrán que ir a un hotel.

Al respecto, España apuntó: "La norma cuestionada tampoco explica por qué delega en las autoridades locales la decisión de qué tipo de aislamiento deben cumplir los ciudadanos domiciliados en sus respectivas jurisdicciones, es decir, que impone la restricción pero no se reserva el control de cumplimiento de la misma con las 600 autorizados a ingresar al país, fomentando con ello la continuidad del descontrol que quiere evitar, lo que resulta incongruente y por lo tanto arbitrario".

"La Administración debió organizar el ingreso de los ciudadanos de modo de no afectar las garantías constitucionales incurriendo en medidas desproporcionadas que implican privar a las personas de derechos fundamentales y exponiéndolas a situaciones límite, lejos de sus domicilios y en muchos casos sin recursos para sostener su alojamiento y sustentos por tiempo indeterminado e incierto", añadió.

En la presentación judicial se indicó que, en caso de no prosperar este planteo en primera instancia, se hará "el planteo de inconstitucionalidad y del caso federal, conforme habilitan la C.N. y la Ley 48, al estar en juego derechos constitucionales como los de la libertad ambulatoria y de tránsito, y otros de igual jerarquía, incluyendo el derecho de acceso a la justicia (pacto de San José de Costa Rica, Arts. 8 y 25).

"Asimismo, por incluirse en esta acción derechos consagrados en la Convención Americana de Derechos Humanos, hago expresa reserva de recurrir por ante el sistema interamericano de protección de Derecho Humanos", concluyó.

La decisión administrativa sobre el cierre de fronteras, que obligó a todas las aerolíneas a adecuar sus programaciones, fue publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina de este sábado. Establece que el aislamiento debe ser de siete días contados desde el test realizado en Ezeiza.

También dispone que los costos de la estadía en los lugares de aislamiento y el de las pruebas de secuenciación que se realiza ante los casos positivos, correrán por cuenta del viajero. Y que las autoridades establecerán como efectivizar el cobro de esos gastos.

Además, las fronteras siguen cerradas para el turismo y continúan suspendidos los vuelos que tengan como origen o destino el Reino Unido, Turquía, países de África, Brasil, Chile e India.

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