FALLO CLAVE

Avalan la constitucionalidad de comisiones médicas en accidentes de trabajo y enfermedad

Sientan un precedente para el aval como instancia previa y obligatoria para la solución de conflictos por accidentes laborales y enfermedades profesionales
LEGALES - 02 de Septiembre, 2021

El sistema de riesgos del trabajo recibió un espaldarazo de la Corte Suprema de la Nación, que en un fallo confirmó la constitucionalidad de las comisiones médicas dispuesto en la Ley 27.348 de Riesgos del Trabajo.

La decisión fue entendida como el "paso necesario para concluir con la Reforma de manera integral y la conformación de los Cuerpos Médicos Forenses, iniciativa que debe encarar la Justicia de cada una de las 15 provincias adheridas y la CSJN", señalaron fuentes de la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART).

"En el fallo Pogonza, el máximo tribunal de justicia sienta un precedente ineludible para el aval a nivel nacional de la constitucionalidad del régimen de Comisiones Médicas como instancia previa, excluyente y obligatoria para la solución de los conflictos derivados de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales", precisó la entidad que nuclea a las empresas aseguradoras.

Desde la UART consideraron que este caso impactará sobre aquellas jurisdicciones que, habiendo adherido a la Ley 27.348, aún no se han expedido acerca de su validez como tribunal administrativo.

Independencia e imparcialidad

Las comisiones son las instancia previa para la solución de los conflictos derivados de los accidentes de trabajo

El fallo destaca la independencia e imparcialidad de estas comisiones médicas, así como la idoneidad científica de sus integrantes, el respeto al debido proceso con la participación obligatoria de abogados en todas las instancias, la gratuidad del procedimiento para el trabajador, y un plazo perentorio razonable para la emisión del dictamen que brinda celeridad y automaticidad al trámite de acceso a la cobertura.

Además determina la necesidad del "paso previo" ante las comisiones médicas aun en aquellos supuestos en que el trabajador decida finalmente accionar judicialmente en base a otros sistemas de responsabilidad.

"Desde la UART celebramos el reciente fallo de la CSJN, porque termina de validar todos los aspectos clave de la Reforma de la LRT. Avala el paso previo por Comisiones Médicas, el uso del Baremo como instrumento para ponderar daños derivados de una accidente o enfermedad profesional, y deja en claro la manera de calcular las indemnizaciones", dijo Mara Bettiol, presidenta de la entidad.

"Es un gran paso para el universo laboral argentino, tanto para las empresas, como para los trabajadores. Este es un eslabón fundamental hacia la constitución de los Cuerpos Médicos Forenses o cuerpos periciales en todas las provincias que adhirieron a la ley. Es un punto crucial para darle sustentabilidad al Sistema y seguir trabajando focalizados todos en su esencia: la prevención y la atención integral, automática y de calidad" agregó Bettiol.

Conocido el fallo y la jurisprudencia que marca, desde la entidad destacaron que a futuro se debe abordar situación en torno a la pericia judicial que aqueja a los riesgos del trabajo, ante la existencia de casos en los que se observaron sensibles incrementos que determinan un fuerte sobrecosto para el sistema.

Reducción de jornada laboral: ¿perjudicaría a los trabajadores?

La pandemia y el teletrabajo, junto con la pérdida de empleos a nivel mundial como consecuencia de la crisis sanitaria, dio un renovado impulso a lo que algunos teóricos proponen desde hace años para resolver los altos niveles de desempleo, informalidad y pobreza: reducir la jornada laboral del empleo registrado sin un impacto en los sueldos.

Este debate que ya se da en el mundo y que se ha probado en otros países y también en filiales de multinacionales, comienza a arraigarse también en la Argentina tanto con detractores como con partidarios de la propuesta. Países como Islandia, Japón o España ya se animaron a probar esta solución en menor escala.

Islandia volvió a encender el debate luego de que se revelaran los resultados de un estudio realizado durante cuatro años -entre el 2015 y el 2019- en la capital del país, Reikiavik, con 2500 empleados públicos que trabajaron entre 35 y 36 horas por semana, en lugar de las 40 que les correspondía anteriormente.

Los resultados indicaron que la jornada laboral reducida con el mismo salario mejoró el bienestar de las trabajadores y mantuvo su productividad. Estos datos se suman a una serie de estudios que han surgido en los últimos años los cuales indican que este modelo puede traer beneficios para todas las partes.

Reducción de jornada laboral en Argentina

La BCC cuestiona los resultados que podrían tener los proyectos de Ley sobre reducción de jornada

La Argentina es un país con condiciones muy distintas a los países del primer mundo en los que comenzaron estas políticas.

Con una inflación anual que se espera que ronde el 50%, por detrás de los aumentos salariales nuevamente, la crisis económica golpea a toda la nación, con especial énfasis en los más vulnerables. En este marco, la creación de empleo en las empresas ha visto una enorme caída y todavía no se han recuperado los niveles pre pandemia, es por esto que la prioridad de los empresarios y del Gobierno es la estabilidad laboral con un marco regulatorio que permita corregir este déficit.

En la Argentina, por otra parte, marcan el paso dos proyectos del oficialismo que fueron presentados en el Congreso: el del diputado sindicalista Hugo Yasky, que propone reducir las horas semanales legales de trabajo de 48 a 40, y el de la legisladora del Frente de Todos, Claudia Ormaechea, quién espera lograr un tope de 6 horas diarias y 36 semanales.

Frente a esto, la Bolsa de Comercio de Córdoba (BCC) publicó un nuevo informe en el que trata la cuestión y critica los proyectos presentados por el oficialismo en el Congreso, indicando que estos "argumentan incorrectamente" que la jornada laboral en el país es de las más extensas de la región y que una reducción de esta puede aumentar la productividad.

Y contempla: "Según los datos oficiales de este año, la jornada laboral efectiva promedio es de 36 horas semanales entre asalariados formales del sector privado y sólo el 25% de esas personas trabaja al menos 48 horas. Argentina es el segundo país del continente con menos horas trabajadas, detrás de Uruguay", establece el estudio.

En este contexto, los autores del informe relevado por Infonegocios aseguran que en la Argentina es poco el tiempo trabajado considerando el nivel de desarrollo en el mercado local, ya que otros países con un PBI similar tienen jornadas que se extienden lo mismo o más que lo establecido en la legislación laboral argentina, es decir, 48 horas semanales.

El informe considera que "los países que bajaron las horas trabajadas lo hicieron luego de haberse desarrollado, con crecimiento económico y de la productividad sostenidos", frente a lo que observa que estas mismas condiciones en la Argentina no se dan.

El análisis establece que una reducción laboral, manteniendo el mismo salario, en realidad afectaría el monto final en los bolsillos de un 42% de los trabajadores si se rebaja la jornada a 40 horas y un 64% si ese número se reduce a 36 horas por semana.

Esto se debe a que los costos laborales aumentarían: "Para un trabajador contratado por 48 horas que pasara a tener una jornada legal de 36 horas, el costo laboral por hora aumentaría 33,3% por la nueva jornada legal y 50% si se mantuviera la jornada efectiva y se pagaran horas extra", indica el informe.

Así, si se considera el costo laboral por hora por la reducción de la jornada laboral este aumentaría alrededor del 10% en términos agregados, lo que dificulta ampliamente "lograr un aumento en la productividad para compensar tal aumento de costos".

Ante esto, el informe concluye que, al aumentar el costo laboral por hora, "los incentivos a mantener empleos y generar trabajo serán menores", se contratará con salarios más bajos de entrada y ciertos empleadores podrían volcarse a la informalidad.

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