Cambios en prepagas, obras sociales y medicamentos: qué resolvió el Gobierno y cómo impacta en los usuarios
En una serie de medidas publicadas recientemente en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional introdujo cambios normativos que impactan en el funcionamiento de las entidades de medicina prepaga, las obras sociales y la forma en que se promocionan los medicamentos de venta libre.
Las nuevas resoluciones fueron emitidas por la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) y por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), y abordan tanto los procedimientos de atención a los usuarios del sistema de salud como los criterios para la publicidad de productos vinculados al ámbito sanitario.
Cambios en prepagas, obras sociales: nuevos procedimientos ante reclamos en el sistema de salud
La Resolución 951/2025 de la Superintendencia de Servicios de Salud establece un nuevo "Procedimiento General de Denuncias, Faltas Formales y Sanciones". El objetivo principal de la normativa es acelerar la tramitación de reclamos presentados por afiliados de obras sociales y empresas de medicina prepaga, así como reforzar el cumplimiento de las obligaciones legales por parte de dichas entidades.
El procedimiento fija un plazo máximo de cinco días corridos para que las entidades respondan requerimientos formales emitidos por la Superintendencia. Además, estipula que las denuncias deberán resolverse en un plazo no mayor a 30 días hábiles desde la notificación, salvo en casos que impliquen riesgo de vida o urgencia médica, donde podrán establecerse plazos más breves, en función de criterios técnicos fundados.
Uno de los aspectos relevantes de la nueva normativa es el cambio en la carga de la prueba. Si una entidad no responde adecuadamente o no presenta documentación que acredite el cumplimiento de una prestación, se presumirá su incumplimiento. Esto significa que la responsabilidad de aportar pruebas recae en el agente de salud, debido a que cuenta con acceso exclusivo a la información involucrada en el reclamo.
Régimen sancionatorio más estricto y escalonado
El nuevo esquema incorpora un sistema de sanciones graduadas en función de la gravedad de la falta y la reincidencia. Las multas serán determinadas en módulos equivalentes al haber mínimo jubilatorio, por lo que podrían alcanzar montos superiores a los 30 millones de pesos en casos graves.
La normativa también contempla sanciones concurrentes o complementarias que podrán aplicarse simultáneamente cuando se detecten múltiples infracciones o con el objetivo de garantizar el cumplimiento normativo.
Hasta ahora, algunas entidades recurrían al pago voluntario de multas menores sin abordar la causa del reclamo. Con las modificaciones, el proceso sancionatorio se vuelve más riguroso: para evitar sanciones, los agentes deberán demostrar de forma fehaciente que han cumplido con sus obligaciones.
Publicación de un ranking de cumplimiento
La resolución también crea un "Ranking de Cumplimiento", que será gestionado por la Gerencia de Sistemas de Información de la Superintendencia. Este instrumento permitirá acceder públicamente al desempeño de las entidades fiscalizadas en relación con el cumplimiento de sus obligaciones. La iniciativa apunta a promover la transparencia, facilitar la comparación entre prestadores y brindar a los usuarios herramientas adicionales para la toma de decisiones.
Este ranking incluirá información sobre sanciones impuestas, cumplimiento de plazos y otros indicadores vinculados a la calidad del servicio. Según la resolución, la visibilidad pública del desempeño institucional busca fomentar la mejora continua y reducir las asimetrías de información entre prestadores y usuarios.
En cuanto a los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigencia de esta normativa, continuarán rigiéndose por el régimen anterior. Sin embargo, podrán ser reconducidos al nuevo esquema si las áreas intervinientes lo acuerdan y no se vulneran derechos adquiridos por los beneficiarios.
Flexibilización en la publicidad de medicamentos de venta libre
En paralelo a la reforma en el ámbito de la salud, la ANMAT publicó la Disposición 4059/2025, que modifica los criterios para la publicidad de productos sanitarios, entre ellos los medicamentos de venta libre. La medida busca actualizar las regulaciones vigentes para adecuarlas al contexto de los medios digitales y a los cambios en los hábitos de consumo de información por parte del público.
La normativa deroga disposiciones anteriores y establece un nuevo marco regulatorio que abarca especialidades medicinales de venta libre, alimentos, suplementos dietarios, productos cosméticos y elementos de diagnóstico para autoevaluación, entre otros.
Los mensajes publicitarios deberán cumplir con requisitos específicos de contenido, formato y claridad. Solo se permitirá la promoción de productos previamente autorizados por la ANMAT, y toda la información deberá presentarse de forma veraz y accesible para el público general. Además, se prohíbe cualquier contenido que pueda inducir a error, presentar propiedades no comprobadas o generar expectativas no sustentadas en evidencia científica.
También se regula la publicidad indirecta o encubierta, es decir, aquella que promueve productos sin una identificación explícita o a través de mensajes aparentemente informativos. La disposición establece lineamientos para garantizar la transparencia en este tipo de comunicaciones y evitar la difusión de contenidos que puedan confundir al consumidor. Entre los aspectos destacados de la normativa, se incluye la necesidad de asegurar que los mensajes sean perceptibles en diversos formatos y dispositivos, incluyendo plataformas digitales, con el objetivo de mejorar la comprensión por parte del público.
Alcance de las modificaciones
Las medidas implementadas por la Superintendencia de Servicios de Salud y por la ANMAT constituyen una actualización integral de los procedimientos regulatorios en áreas sensibles como el acceso a prestaciones médicas y la información sobre productos sanitarios. Si bien ambas disposiciones se publicaron por separado, su impacto conjunto afecta tanto a las entidades prestadoras como a los consumidores y usuarios del sistema de salud.
En términos regulatorios, las reformas apuntan a reforzar el cumplimiento de las obligaciones por parte de los agentes de salud, mejorar los canales de respuesta ante reclamos y actualizar las normativas que rigen la comunicación de productos sanitarios. La implementación de sanciones más severas, la publicación de rankings de desempeño y la regulación de la publicidad buscan establecer condiciones de mayor transparencia y trazabilidad en el sector.
Ambas disposiciones ya se encuentran en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial. Las autoridades indicaron que continuarán monitoreando la aplicación de estas medidas para evaluar su eficacia y realizar eventuales ajustes en función de su desarrollo operativo.