• 17/12/2025
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La Justicia frena a un banco que quiso cobrar un consumo desconocido de una tarjeta de crédito

La Justicia frenó a un banco por intentar cobrar una deuda de tarjeta desconocida al considerar insuficiente la explicación dada al cliente
17/12/2025 - 10:37hs
La Justicia frena a un banco que quiso cobrar un consumo desconocido de una tarjeta de crédito

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Lomas de Zamora bloqueó la vía del cobro ejecutivo que pretendía utilizar un banco para reclamar judicialmente un consumo con tarjeta de crédito impugnado por su titular. La controversia se originó a partir de un cargo de casi 3.000 dólares efectuado en una plataforma de alquiler de alojamientos turísticos, cuya autoría fue desconocida

Un reclamo sin respuesta clara

Según surge del expediente, el titular de la tarjeta había cuestionado el consumo dentro de los plazos legales. Sin embargo, el banco se limitó a volcar una breve referencia en el resumen mensual.

"La única información que brindó el banco sobre la resolución del reclamo formulad por el titular de la tarjeta Amex consistió en una escueta leyenda incluida en el resumen, que se limita a consignar: ‘AIRBNB (consumo verificado propio)’", remarcó la sentencia. Para el tribunal, esa mención no alcanza para tener por respondida la impugnación.

Por qué se cayó la vía ejecutiva

Los camaristas entendieron que la entidad financiera incumplió las exigencias previstas en la Ley de Tarjetas de Crédito. En particular, señalaron que no aportó documentación ni fundamentos que respaldaran el cargo cuestionado.

"Dicha leyenda resulta claramente insuficiente para dar por cumplida la obligación de la entidad bancaria de explicar adecuadamente la exactitud de la liquidación, aportando copia de los comprobantes o fundamentos que lo avalen", sostuvieron.

Una explicación "escondida" en el resumen

Los jueces Javier Rodiño y Carlos Igoldi fueron aún más duros al analizar la conducta del banco. Indicaron que la supuesta respuesta fue disimulada dentro del detalle de consumos:

"El banco emisor se limitó a incluir una mínima, ambigua e imprecisa referencia al reclamo, camuflada en el detalle de consumos; lo que resulta inadmisible".

Derechos del usuario vulnerados

Esa forma de proceder, añadieron, afectó directamente las garantías del cliente.

"Dicha deficiencia no solo quebrantó lo dispuesto por el artículo 27 de la ley, sino que además privó al ejecutado de ejercer la prerrogativa prevista en el artículo 29, que le permite observar las explicaciones del emisor".

Del cobro ejecutivo al juicio ordinario

El conflicto se había iniciado con una demanda del banco para cobrar saldos impagos de dos tarjetas por cifras elevadas. Aunque en primera instancia se había habilitado la ejecución, el cliente apeló y recordó que había impugnado los resúmenes en tiempo y forma.

Al revisar el caso, la Cámara aclaró que la tarjeta de crédito no es, por sí sola, un título ejecutivo. Para acceder a ese tipo de cobro, el banco tiene que cumplir estrictamente el procedimiento legal, incluyendo una respuesta clara y documentada ante los reclamos.

Qué resolvió la Cámara

Como la entidad no acreditó haber explicado correctamente el origen del consumo, el certificado de saldo perdió su carácter ejecutivo. En consecuencia, el banco ya no puede reclamar el dinero por la vía rápida y solo le queda la posibilidad de iniciar un juicio ordinario para intentar recuperarlo.

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