Empleada doméstica: obligaciones del empleador y cuánto debe pagar en enero 2026
Contratar personal para tareas de casa particular implica responsabilidades legales que muchas veces se desconocen. En Argentina, todo empleador está obligado a registrar a la empleada doméstica, pagar aportes y garantizar derechos laborales, sin importar cuántas horas trabaje o si tiene múltiples empleadores. En esta nota, te contamos qué exige la normativa vigente, cómo cumplir con cada obligación y qué riesgos se corren si la relación laboral no está formalizada.
Registrar a la empleada doméstica: una obligación ineludible
Registrar a la trabajadora es obligatorio en todos los casos. No existe ninguna modalidad del servicio doméstico que quede exceptuada del registro en ARCA. Si una persona realiza tareas de limpieza, cocina, cuidado o mantenimiento a cambio de un pago, debe integrarse al Régimen de Casas Particulares.
Esto implica que el empleador debe:
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Dar el alta en AFIP mediante clave fiscal nivel 2.
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Incorporarla con su categoría correcta según el Convenio Colectivo.
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Informar los datos personales y laborales: CUIL, domicilio, obra social, CBU, teléfono y correo electrónico.
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Emitir recibos de sueldo mensuales y entregarlos firmados.
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Generar y pagar el VEP con los aportes y contribuciones obligatorias.
Registrar el vínculo no depende de la cantidad de horas trabajadas. Incluso si la empleada trabaja solo un día por semana o apenas algunas horas, la relación laboral debe inscribirse. Y si presta servicios en varios hogares, cada empleador debe registrarla por separado.
Qué aportes y pagos debe realizar el empleador
Una vez registrada, la empleada doméstica debe recibir todos los beneficios y pagos obligatorios que marca la ley. Entre ellos:
1. Aportes y contribuciones previsionales
El empleador debe abonar mensualmente:
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Aporte jubilatorio.
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Contribución patronal.
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Cuota de obra social.
Estos pagos garantizan que la trabajadora acceda a jubilación, servicios de salud y cobertura de ART.
2. Salario conforme a categoría y jornada
El sueldo se determina según:
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La categoría del convenio (tareas generales, cuidado de personas, caseros, supervisoras, etc.).
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Modalidad con retiro o sin retiro.
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Cantidad de horas semanales.
Se paga por hora cuando trabaja menos de 24 horas semanales y de manera mensual cuando supera ese límite.
3. Aguinaldo y vacaciones
Como cualquier trabajador registrado, corresponde el cobro de:
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Sueldo anual complementario (SAC).
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Vacaciones pagas según antigüedad.
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Licencias por maternidad, enfermedad, matrimonio y otras contempladas por la ley.
4. Adicionales obligatorios
El empleador también debe abonar:
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1% de antigüedad por cada año trabajado con el mismo empleador.
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30% por zona desfavorable en localidades del sur y el partido de Patagones.
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Horas extras, con 50% de recargo en días hábiles y 100% en sábados después de las 13, domingos y feriados.
Los viáticos no son obligatorios, pero si se pagan deben figurar en el recibo de sueldo.
La importancia de elegir la categoría correcta
La categoría define el salario mínimo que debe percibir la trabajadora. Entre las principales se encuentran:
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Supervisora
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Personal para tareas específicas
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Caseros
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Cuidado de personas
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Personal para tareas generales
Si la empleada realiza funciones que encajan en más de una categoría, debe asignarse siempre la de mejor remuneración, garantizando así el derecho a un salario justo.
Consecuencias de no registrar la relación laboral
No registrar a la empleada doméstica implica un incumplimiento legal que puede traer consecuencias importantes. La normativa vigente establece que:
- Aunque se hayan eliminado las multas por falta de registración, las sanciones económicas vinculadas al vínculo laboral persisten.
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La trabajadora queda sin acceso a beneficios esenciales como ART, obra social, vacaciones, licencias y aportes jubilatorios.
Formalizar la relación laboral protege a ambas partes y evita conflictos futuros.
¿Cómo se negocian los aumentos salariales?
Los incrementos de sueldos para empleadas domésticas se definen en la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), donde participan representantes del Estado, de empleadores y del sindicato UPACP. Las actualizaciones no se establecen por decreto presidencial. Se recomienda seguir las novedades oficiales para conocer futuras revisiones salariales.
Responsabilidades clave del empleador
Toda persona que contrata a una empleada doméstica debe asumir las siguientes responsabilidades:
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Registrar el vínculo en AFIP.
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Pagar salarios y adicionales según la ley.
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Cumplir con aportes previsionales, obra social y ART.
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Generar y entregar recibos de sueldo y comprobantes de pago.
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Respetar licencias, aguinaldo y vacaciones.
Cumplir con estas obligaciones garantiza un empleo digno para quien realiza tareas de casa particular y asegura al empleador un marco claro, legal y transparente para la relación laboral.
Sueldo empleada doméstica: cuánto cobra por lo trabajado en diciembre y qué pasará en enero 2026
A continuación, los montos que cobrará por hora y por mes en enero una empleada doméstica y cada una de las categorías por lo trabajado en diciembre y que se recibirá en enero 2026:
Supervisor/a
- Con retiro: $471.956,01 mensuales y $3.783,33 por hora
- Sin retiro: $525.712,99 mensuales y $4.143,70 por hora
Personal para tareas específicas
- Con retiro: $438.475,56 mensuales y $3.582,79 por hora
- Sin retiro: $488.091,78 mensuales y $3.926,84 por hora
Caseros
- Sin retiro: $427.821,61 mensuales y $3.383,54 por hora
Asistencia y cuidado de personas
- Con retiro: $427.821,61 mensuales y $3.383,54 por hora
- Sin retiro: $476.755,68 mensuales y $3.784,32 por hora
Personal para tareas generales
- Con retiro: $384.713,01 mensuales y $3.135,99 por hora
- Sin retiro: $427.821,61 mensuales y $3.383,54 por hora
A los básicos del convenio hay que sumar el adicional por antigüedad, equivalente a un 1 por ciento por cada año trabajado de la empleada doméstica en su relación laboral, sobre los salarios mensuales.
También hay un extra del 30 por ciento calculado sobre los salarios mínimos de cada categoría, para empleadas del sector que trabajan en zonas desfavorables como La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur o en el Partido de Carmen de Patagones.
Y a eso se suman también las horas extras, que son las que la trabajadora desempeña por fuera de su jornada habitual:
- 50% de recargo para las horas extras trabajadas de lunes a viernes y hasta las 13 horas del sábado.
- 100% de recargo (doble jornada) si las horas extras se realizan los sábados después de las 13 horas, domingos o feriados.
A la empleada doméstica le corresponde percibir el salario mínimo de la categoría para la cual fue contratada y registrada o uno superior. En caso de prestar tareas en más de una categoría, le corresponde percibir la remuneración de la categoría mejor remunerada.