Cuota alimentaria enero 2026: cuánto es lo mínimo que se debería pagar por hijo
En Argentina, la cuota alimentaria es uno de los temas más consultados en el ámbito familiar y judicial. Se trata de un derecho fundamental de los niños, niñas y adolescentes, regulado por el Código Civil y Comercial de la Nación, que busca garantizar el acceso a alimentación, vivienda, educación, salud y esparcimiento.
Sin embargo, el incumplimiento es un problema recurrente que genera múltiples conflictos judiciales. Para solucionar este problema, muchos jueces utilizan la Canasta de Crianza, medida por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC). El dato es el salto que dio en noviembre y que se utiliza para fijar los montos desde diciembre.
¿Qué es la cuota alimentaria y quién debe pagarla?
La cuota alimentaria es la obligación legal de los progenitores de contribuir a la manutención de sus hijos cuando estos no pueden valerse por sí mismos. Esta obligación no desaparece por separación o divorcio, ni depende de la convivencia.
Incluye no solo comida, sino también vivienda, vestimenta, transporte, salud, educación, actividades recreativas y todo lo necesario para el desarrollo integral del menor.
El progenitor no conviviente debe aportar económicamente, de acuerdo con su capacidad económica y el nivel de vida previo a la separación.
Cuánto cuesta criar un hijo en enero 2026, según el INDEC: el piso teórico de la cuota alimentaria
El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) publicó la valorización de la canasta de crianza correspondiente a noviembre de 2025, indicador que se utiliza como referencia para estimar el costo mensual de criar niños y niñas de hasta 12 años.
El tramo más costoso vuelve a ser el de 6 a 12 años, con un valor total mensual de $571.106. La canasta combina dos componentes: el gasto en bienes y servicios esenciales y la valorización del tiempo de cuidado infantil, calculado según las remuneraciones del personal de casas particulares.
Los valores actualizados son:
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Menores de 1 año: $450.355
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De 1 a 3 años: $535.823
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De 4 a 5 años: $454.165
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De 6 a 12 años: $571.106
Estos montos muestran un incremento sostenido interanual, en línea con la inflación y la actualización salarial del sector de casas particulares. En muchos juzgados, estas cifras funcionan como un piso mínimo orientativo para evaluar la cuota alimentaria.
Cómo se calcula la canasta de crianza y cuánto vale cada rubro
La canasta de crianza se compone de dos elementos centrales:
1. Bienes y servicios esenciales
Surgen del valor mensual de la Canasta Básica Total (CBT) del Gran Buenos Aires, multiplicado por un coeficiente de adulto equivalente que varía según la edad del niño.
En noviembre de 2025, el costo mensual fue de:
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$142.416 para menores de 1 año
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$183.892 para niños de 1 a 3 años
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$234.209 para niños de 4 a 5 años
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$290.537 para niños de 6 a 12 años
2. Tiempo de cuidado
El INDEC estima cuántas horas mensuales de cuidado requiere cada tramo etario y las valoriza según la categoría "Asistencia y cuidado de personas" del régimen de casas particulares.
En noviembre de 2025, el costo del cuidado fue:
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147 horas – $307.939 (menores de 1 año)
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168 horas – $351.930 (1 a 3 años)
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105 horas – $219.956 (4 a 5 años)
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84 horas – $280.569 (6 a 12 años)
La suma de ambos componentes da como resultado el valor total de la canasta de crianza, que se utiliza como insumo clave en decisiones judiciales y políticas públicas.
Cómo se calcula la cuota alimentaria en Argentina en 2026
En la práctica judicial, la cuota se fija generalmente como un porcentaje del ingreso neto del progenitor que debe pagarla, por lo general, entre el 20% y el 30% por cada hijo, pero hay que destacar que no hay un porcentaje máximo. No tiene tope.
Los jueces analizan:
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Necesidades del menor: desde gastos básicos hasta actividades extracurriculares.
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Ingresos del obligado: salario, facturación o actividad independiente.
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Situación del progenitor conviviente: capacidad de aportar.
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Nivel de vida anterior: continuidad de la calidad de vida de los hijos.
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Cantidad de hijos: distribución proporcional.
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Régimen de cuidado y visitas: ajuste si el progenitor no conviviente comparte más tiempo.
Dado que se calcula en porcentaje, se puede pactar que la cuota se actualice automáticamente, por ejemplo, ante aumentos salariales, aguinaldos o cambios en los ingresos.
Edad hasta la cual corresponde pagar la cuota alimentaria
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Hasta los 21 años: en todos los casos.
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Hasta los 25 años si continúa estudiando y carece de ingresos.
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Sin límite de edad en casos de discapacidad que impida la autosuficiencia.
Qué pasa si no se paga la cuota alimentaria
El incumplimiento activa una serie de herramientas legales. Primero se suele intimar al pago, pero si persiste la negativa, la Justicia puede dictar medidas fuertes como:
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Embargo de sueldos, cuentas o bienes.
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Retención automática de haberes.
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Prohibición de salida del país.
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Suspensión de licencia de conducir.
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Inclusión en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
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Bloqueo de redes sociales o servicios digitales.
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Arresto domiciliario en casos graves.
Pasos legales para reclamar la cuota alimentaria
Quien no recibe el pago tiene distintas vías legales:
Verificar sentencia o acuerdo homologado: sin resolución judicial, no hay forma de ejecutar la deuda.
Asesoramiento legal: un abogado de familia, o bien los Centros de Acceso a la Justicia (CAJ), pueden guiar en el proceso.
Mediación prejudicial: obligatoria en algunos casos para intentar un acuerdo.
Demanda judicial: si fracasa la mediación, se inicia un juicio de alimentos.
Proceso ejecutivo: si ya existe sentencia y no se cumple, se habilita el embargo directo.
Medidas coercitivas: desde la prohibición de salir del país hasta arresto (en algunas jurisdicciones).
Qué hacer si el progenitor no tiene trabajo registrado
La obligación existe de todas maneras. En estos casos, los jueces pueden:
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Fijar la cuota como porcentaje del Salario Mínimo Vital y Móvil.
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Admitir pagos en especie (escuela, obra social, actividades), siempre complementados con dinero.
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Hacer responsable a los abuelos (padres del inclumplidor) en situaciones extremas, si tienen capacidad económica.
El sistema judicial argentino dispone de múltiples mecanismos de coerción que buscan garantizar el cumplimiento, aunque es necesario que la parte afectada impulse el proceso.
Qué dice el Código Civil y Comercial sobre la obligación de los abuelos
El Código Civil y Comercial de la Nación establece en su artículo 668 que "los alimentos a los ascendientes (abuelos) pueden ser reclamados en el mismo proceso en que se demanda a los progenitores". La norma prevé, además, que no alcanza con acreditar el parentesco, sino que debe demostrarse verosímilmente la dificultad del reclamante para percibir los alimentos del progenitor obligado.
El nuevo régimen legal estructura esta obligación de manera subsidiaria. Esto significa que quien representa los derechos del menor debe probar que el obligado principal -el padre o la madre- incumple total o parcialmente con la cuota alimentaria. Recién ante esa situación puede habilitarse la responsabilidad de los abuelos.
Un punto central es que no resulta necesario iniciar dos procesos judiciales distintos. La ley permite reclamar la cuota a progenitores y ascendientes dentro de un mismo expediente, con el objetivo de evitar dilaciones y prevenir consecuencias negativas para el niño derivadas de la demora judicial.
Se trata, además, del único proceso en el que debe demostrarse la imposibilidad, dificultad o resistencia del padre incumplidor para que, recién entonces, el tribunal pueda ordenar que la obligación recaiga sobre los abuelos.
Diferencias entre la cuota alimentaria de padres y abuelos
La ley estructura de manera diferenciada la obligación alimentaria de los padres y la de los abuelos y es distinta su extensión.
De acuerdo con el artículo 659 del Código Civil y Comercial, los padres deben cubrir todas las necesidades del niño, lo que incluye manutención, educación, esparcimiento, vestimenta, habitación, asistencia, gastos por enfermedad y los gastos necesarios para adquirir una profesión u oficio.
En el caso de los abuelos, la obligación es sustancialmente más reducida. Comprende lo necesario para la subsistencia, habitación, vestuario y asistencia médica. Cuando el alimentado es menor de edad, se suma también lo indispensable para la educación. Además, a la hora de fijar el porcentaje, se toma en cuenta el ingreso del abuelo y lo que necesario para su subsistencia.