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ALERTA

Cuota alimentaria febrero 2026: cuánto es lo mínimo que se debería pagar por hijo, según la canasta del INDEC

El organismo acaba de actualizar el índice de crianza, que es utilizado por muchos juzgados para fijar la cuota alimentaria y su indexación
Por S.A.
15/01/2026 - 13:03hs
cuota alimentaria

En Argentina, la cuota alimentaria es uno de los temas más consultados en el ámbito familiar y judicial. Se trata de un derecho fundamental de niños, niñas y adolescentes, regulado por el Código Civil y Comercial de la Nación, que apunta a garantizar el acceso a alimentación, vivienda, educación, salud y esparcimiento.

Sin embargo, el incumplimiento de esta obligación sigue siendo un problema recurrente y genera numerosos conflictos judiciales. Para establecer parámetros objetivos, muchos juzgados utilizan como referencia la canasta de crianza que mide el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). El dato clave es el fuerte incremento registrado en noviembre de 2025, que comenzó a utilizarse para fijar montos desde diciembre y tiene impacto pleno en enero y febrero de 2026.

¿Qué es la cuota alimentaria y quién debe pagarla?

La cuota alimentaria es la obligación legal que tienen los progenitores de contribuir a la manutención de sus hijos cuando estos no pueden valerse por sí mismos. Esta responsabilidad no se extingue por separación o divorcio, ni depende de la convivencia.

Incluye no solo alimentación, sino también vivienda, vestimenta, transporte, salud, educación, actividades recreativas y todo lo necesario para el desarrollo integral del menor. El progenitor no conviviente debe realizar un aporte económico acorde a su capacidad económica y al nivel de vida previo a la separación.

Cuánto costará criar un hijo en febrero 2026, según el INDEC

El INDEC publicó, como todos los 15 de cada mes, la valorización de la canasta de crianza correspondiente a noviembre de 2025, indicador que se utiliza como referencia para estimar el costo mensual de crianza de niños y niñas de hasta 12 años. Este número será el que tendrán disponibles los juzgados de familia cuando retomen su actividad normal a partir del 1 de febrero. 

Como en los meses anteriores, el tramo etario más costoso vuelve a ser el de 6 a 12 años, con un valor total mensual de $571.106. La canasta combina dos componentes: el gasto en bienes y servicios esenciales y la valorización del tiempo de cuidado infantil, calculado a partir de las remuneraciones del personal de casas particulares.

Los valores actualizados son:

  • Menores de 1 año: $450.355
  • De 1 a 3 años: $535.823
  • De 4 a 5 años: $454.165
  • De 6 a 12 años: $571.106

Estos montos muestran una suba sostenida interanual y, en muchos tribunales, funcionan como piso orientativo para fijar la cuota alimentaria.

Cómo se calcula la canasta de crianza

La canasta se compone de dos elementos principales:

1. Bienes y servicios esenciales

Surgen del valor mensual de la Canasta Básica Total (CBT) del Gran Buenos Aires, multiplicado por un coeficiente de adulto equivalente según la edad.

En noviembre de 2025, los valores fueron:

  • $142.416 para menores de 1 año
  • $183.892 para niños de 1 a 3 años
  • $234.209 para niños de 4 a 5 años
  • $290.537 para niños de 6 a 12 años

2. Tiempo de cuidado

El INDEC estima las horas mensuales de cuidado necesarias y las valoriza según la categoría "Asistencia y cuidado de personas" del régimen de casas particulares.

Los costos de cuidado en noviembre de 2025 fueron:

  • 147 horas: $307.939 (menores de 1 año)
  • 168 horas: $351.930 (1 a 3 años)
  • 105 horas: $219.956 (4 a 5 años)
  • 84 horas: $280.569 (6 a 12 años)

La suma de ambos componentes determina el valor total de la canasta de crianza.

Hacia noviembre de 2025, el dato previo disponible, el costo total de crianza de un niño menor de un año ascendía a $450.355 mensuales. Para el tramo de 1 a 3 años, la canasta alcanzó los $535.823, mientras que para niños de 4 a 5 años se ubicó en $454.165. En el caso de los niños de 6 a 12 años, el valor trepó a $571.106.

Estos montos reflejan una multiplicación del costo inicial de entre 24 y 26 veces respecto de enero de 2020 (cuando se tomó el primer dato del costo de la canasta de crianza).

En términos porcentuales, entre enero de 2020 y noviembre de 2025, la canasta de crianza aumentó 2.407% para los menores de un año y 2.426% para los niños de 1 a 3 años. En los tramos de 4 a 5 años y de 6 a 12 años, los incrementos acumulados fueron aún mayores, con subas del 2.558% y 2.565%, respectivamente.

Cómo se calcula la cuota alimentaria en Argentina en 2026

En la práctica judicial, la cuota suele fijarse como un porcentaje del ingreso neto del progenitor obligado, generalmente entre el 20% y el 30% por hijo, aunque no existe un tope máximo legal.

Los jueces evalúan, entre otros factores:

  • Necesidades del menor
  • Ingresos del obligado
  • Capacidad del progenitor conviviente
  • Nivel de vida anterior
  • Cantidad de hijos
  • Régimen de cuidado y visitas

Al calcularse como porcentaje, la cuota puede actualizarse automáticamente frente a aumentos salariales, aguinaldos o cambios en los ingresos.

Hasta qué edad corresponde pagar la cuota alimentaria

  • Hasta los 21 años, en todos los casos
  • Hasta los 25 años si el hijo estudia y no tiene ingresos
  • Sin límite de edad en casos de discapacidad que impida la autosuficiencia

Qué pasa si no se paga la cuota alimentaria

El incumplimiento habilita distintas medidas judiciales, entre ellas:

  • Embargo de sueldos, cuentas o bienes
  • Retención automática de haberes
  • Prohibición de salida del país
  • Suspensión de la licencia de conducir
  • Inclusión en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos
  • Bloqueo de servicios digitales
  • Arresto domiciliario en casos graves

Qué ocurre si el progenitor no tiene trabajo registrado

La obligación subsiste. En esos casos, los jueces pueden:

  • Fijar la cuota como porcentaje del Salario Mínimo Vital y Móvil
  • Admitir pagos en especie, complementados con dinero
  • Extender la obligación a los abuelos, en situaciones excepcionales

Qué dice la ley sobre la obligación de los abuelos

El artículo 668 del Código Civil y Comercial permite reclamar alimentos a los abuelos en el mismo proceso iniciado contra los progenitores, siempre que se acredite la dificultad o incumplimiento del obligado principal.

La obligación de los abuelos es subsidiaria y más acotada: cubre lo necesario para la subsistencia, habitación, vestuario, asistencia médica y, en el caso de menores, educación, teniendo en cuenta también la situación económica del abuelo obligado.

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