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ALERTA

Empleada doméstica: derechos y obligaciones de los empleadores y trabajadores, sueldos y aportes enero 2026

En esta nota, un repaso detallado por el marco normativo vigente en la Argentina y los salarios mínimos que se deben cobrar en enero
Por S.A.
20/01/2026 - 11:22hs
empleada doméstica

El trabajo en casas particulares es una de las actividades laborales más extendidas en la Argentina y, al mismo tiempo, una de las que históricamente presentó mayores niveles de informalidad. Para revertir esa situación, la Ley 26.844 estableció un régimen laboral específico que regula los derechos de las empleadas domésticas y las obligaciones que deben cumplir quienes las contratan, independientemente de la cantidad de horas trabajadas.

Registrar la relación laboral, pagar aportes, respetar salarios mínimos y garantizar cobertura médica y de riesgos del trabajo no son decisiones voluntarias: son obligaciones legales. En esta nota, un repaso detallado por el marco normativo vigente y los salarios que se cobran en enero 2026, correspondientes a lo trabajado en diciembre.

Empleada doméstica y trabajo registrado: cuándo es obligatorio y qué implica

Toda persona que realiza tareas de limpieza, cocina, mantenimiento, cuidado de personas o supervisión en un hogar a cambio de una remuneración debe estar registrada en el Régimen Especial de Casas Particulares. No importa si trabaja pocas horas, un solo día por semana o en varios domicilios.

El registro implica que el empleador debe:

  • Dar de alta la relación laboral en ARCA (ex AFIP).

  • Informar correctamente la categoría laboral.

  • Declarar la modalidad con retiro o sin retiro.

  • Indicar la cantidad de horas semanales.

  • Emitir recibos de sueldo oficiales.

  • Abonar aportes y contribuciones todos los meses.

Si una trabajadora presta servicios en más de un hogar, cada empleador es responsable de registrarla y pagar los aportes correspondientes a su parte de la jornada.

Período de prueba y límites legales

La ley permite un período de prueba, durante el cual la relación laboral puede extinguirse sin indemnización:

  • 15 días para personal sin retiro.

  • 30 días para personal con retiro.

Durante ese período, la empleada debe estar igualmente registrada y con aportes pagos.

En cuanto a la edad, la normativa es clara:

  • Está prohibido emplear a menores de 16 años.

  • Entre los 16 y 18 años solo se permite trabajar con retiro, con un máximo de 6 horas diarias y 36 semanales, y con obligación de continuar los estudios.

Aportes y contribuciones: qué debe pagar el empleador

El trabajo registrado garantiza derechos básicos como jubilación, obra social y ART. Para eso, el empleador debe realizar pagos mensuales obligatorios que incluyen:

  • Aporte jubilatorio.

  • Contribución patronal.

  • Aporte a obra social.

  • Seguro de Riesgos del Trabajo (ART).

El monto varía según la cantidad de horas trabajadas por semana. Los aportes se pagan a mes vencido, con vencimiento el día 10 de cada mes.

Si la carga horaria no alcanza para cubrir el mínimo exigido para obra social, la trabajadora puede realizar aportes voluntarios adicionales para mantener la cobertura médica.

Cómo pagar los aportes: paso a paso

El pago se realiza a través del Portal de Casas Particulares, con clave fiscal nivel 2 o superior. El sistema permite:

  • Pagar el mes actual.

  • Regularizar períodos adeudados.

  • Calcular intereses automáticamente.

  • Generar el VEP para pago electrónico o el formulario manual.

Una vez abonado el aporte, el empleador debe emitir el recibo de sueldo e imprimir dos copias: una para cada parte.

Control de aportes: el derecho de la trabajadora

Las empleadas domésticas pueden verificar en cualquier momento si sus aportes están al día. Para eso deben ingresar al Portal de Casas Particulares con:

  • CUIL.

  • Clave fiscal.

En la sección "Mis Aportes" pueden consultar:

  • Estado del aporte jubilatorio.

  • Cobertura de obra social.

  • Pagos realizados por cada empleador.

  • Necesidad de realizar aportes complementarios.

Si el sistema detecta aportes insuficientes, permite pagar adicionales mediante el Formulario 575/RT.

Obligaciones del empleador durante la jornada laboral

Además del salario y los aportes, la ley impone obligaciones concretas durante la jornada de trabajo. El empleador debe proporcionar:

  • Ropa y elementos de trabajo adecuados.

  • Alimentación sana y suficiente, acorde a la duración de la jornada.

  • Condiciones de higiene y seguridad razonables.

Estas obligaciones rigen tanto para personal con retiro como sin retiro.

Jornada laboral y descansos obligatorios

La jornada máxima es de 8 horas diarias o 48 semanales. En el caso del personal con retiro, debe existir un descanso mínimo de 12 horas entre jornadas.

Para el personal sin retiro, la ley establece descansos específicos:

  • 3 horas continuas entre tareas de la mañana y la tarde.

  • 9 horas de descanso nocturno.

  • 35 horas corridas desde el sábado a las 13.

Categorías laborales: por qué es clave registrarlas bien

El régimen contempla cinco categorías principales:

  • Supervisor/a.

  • Personal para tareas específicas.

  • Caseros.

  • Asistencia y cuidado de personas.

  • Personal para tareas generales.

La categoría define el salario mínimo obligatorio. Si la trabajadora realiza tareas que encuadran en más de una categoría, debe asignarse la mejor remunerada, sin excepción.

Sueldo de empleadas domésticas en enero 2026

Los salarios de enero 2026 corresponden a lo trabajado en diciembre. Los valores mínimos vigentes son:

Supervisor/a

  • Con retiro: $471.956,01 mensuales / $3.783,33 por hora

  • Sin retiro: $525.712,99 mensuales / $4.143,70 por hora

Personal para tareas específicas

  • Con retiro: $438.475,56 mensuales / $3.582,79 por hora

  • Sin retiro: $488.091,78 mensuales / $3.926,84 por hora

Caseros

  • Sin retiro: $427.821,61 mensuales / $3.383,54 por hora

Asistencia y cuidado de personas

  • Con retiro: $427.821,61 mensuales / $3.383,54 por hora

  • Sin retiro: $476.755,68 mensuales / $3.784,32 por hora

Personal para tareas generales

  • Con retiro: $384.713,01 mensuales / $3.135,99 por hora

  • Sin retiro: $427.821,61 mensuales / $3.383,54 por hora

El empleador no puede pagar por debajo de estos valores.

Adicionales obligatorios al salario básico

Al sueldo básico deben sumarse:

  • Antigüedad: 1% por cada año trabajado.

  • Zona desfavorable: 30% adicional para tareas en provincias patagónicas y Carmen de Patagones.

  • Horas extras:

    • 50% de recargo en días hábiles.

    • 100% sábados después de las 13, domingos y feriados.

Todos los conceptos deben figurar en el recibo de sueldo.

Aguinaldo, vacaciones y licencias

Las empleadas domésticas tienen derecho a:

  • Aguinaldo: 50% del mejor salario en junio y diciembre.

  • Vacaciones pagas, según antigüedad:

    • Hasta 6 meses: 1 día cada 20 trabajados.

    • De 6 meses a 5 años: 14 días.

    • De 5 a 10 años: 21 días.

    • De 10 a 20 años: 28 días.

    • Más de 20 años: 35 días.

También cuentan con licencias por enfermedad, maternidad, matrimonio, estudio y fallecimiento de familiares directos.

Obra social y ART: cobertura obligatoria

El trabajo registrado permite elegir una obra social dentro del sistema. La trabajadora puede incorporar a su grupo familiar abonando un adicional.

La ART es obligatoria y cubre:

  • Accidentes laborales.

  • Enfermedades profesionales.

  • Accidentes in itinere.

Renuncia, despido e indemnización

La renuncia debe notificarse con 10 días de anticipación mediante telegrama gratuito.

En caso de despido sin causa, corresponde una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año trabajado.

Beneficios adicionales del trabajo registrado

El empleo formal permite:

  • Mantener la Asignación Universal por Hijo bajo ciertos ingresos.

  • Acceder a Tarifa Social SUBE.

  • Obtener reintegro del 15% del IVA en compras con débito.

  • Compatibilizar trabajo doméstico y Monotributo en categorías bajas.

La formalización del trabajo en casas particulares no solo garantiza derechos laborales básicos, sino que también brinda previsibilidad y respaldo legal a los empleadores.

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