Empleadas domésticas: todo lo que el empleador debe pagar y cumplir en marzo 2026
En Argentina, contratar a alguien para ayudar en casa no es solo cuestión de pagar un salario: existen normas que protegen a las empleadas domésticas. Cada empleador debe anotarlas oficialmente, hacer los aportes legales y asegurar que se cumplan sus derechos, sin importar si trabajan pocas horas o si tienen otros empleos simultáneos. Ignorar esto puede generar sanciones y problemas legales.
Cuáles son las obligaciones del empleador
Dar de alta a la empleada es imprescindible. Todas las personas que realicen tareas de limpieza, cocina, cuidado de personas o mantenimiento por un pago deben integrarse al Régimen de Casas Particulares. Esto contempla:
- Alta en AFIP con clave fiscal nivel 2.
- Asignación de categoría según el Convenio Colectivo.
- Registro de datos personales y laborales: CUIL, domicilio, obra social, CBU, teléfono y correo.
- Emisión de recibos de sueldo mensuales firmados.
- Emitir y abonar el VEP correspondiente con los aportes y contribuciones legales
Importante: aunque labore pocas horas semanales o en varios domicilios, cada empleador tiene que registrarla por separado.
Pagos y aportes que se deben cumplir
- 1 Contribuciones previsionales
Cada mes, el empleador debe abonar la contribución al sistema jubilatorio, la cuota patronal y la obra social. Esto asegura que la trabajadora cuente con cobertura de salud, ART y derechos previsionales.
- 2. Salario
El salario de la empleada doméstica se determina en función de varios factores: la categoría del puesto (como tareas generales, supervisora, cuidado de personas, caseros o tareas específicas), si trabaja con retiro o sin retiro, y la cantidad de horas semanales. Cuando la trabajadora cumple menos de 24 horas por semana, el pago se realiza por hora; si supera ese límite, se abona de forma mensual.
- 3. Aguinaldo, vacaciones y licencias
La trabajadora doméstica tiene derecho a percibir el sueldo anual complementario (SAC), disfrutar de vacaciones pagas según su antigüedad y acceder a licencias por maternidad, enfermedad, matrimonio y otras contempladas por la ley.
- 4. Adicionales y recargos
El empleador debe abonar complementos según corresponda: 1% de antigüedad por cada año trabajado y un 30% adicional si la trabajadora presta servicios en zonas desfavorables, como el sur del país o el partido de Patagones.
Las horas extras se pagan con un recargo del 50% en días hábiles y del 100% los sábados, domingos y feriados. Y aunque los viáticos no son obligatorios, si se otorgan deben aparecer reflejados en el recibo de sueldo.
Los riesgos de no registrar a la empleada doméstica
No inscribir formalmente a la trabajadora trae consecuencias directas: pierde cobertura de ART, obra social, vacaciones, licencias y aportes jubilatorios. Además, el empleador queda expuesto a sanciones económicas por incumplimiento de la ley.
Registrar el vínculo laboral asegura protección y derechos para ambas partes y evita conflictos futuros.
Sueldos marzo 2026: cuánto cobra la empleada doméstica
Según UPACP, los haberes a pagar en marzo 2026 (correspondientes a febrero) son:
Supervisora
- Modalidad con retiro: $3.895,56 por hora / $485.961,09 al mes
- Modalidad sin retiro: $4.254,05 por hora / $539.711,97 al mes
Personal para tareas específicas
- Con retiro: $3.696,15 por hora / $452.478,51 mensuales
- Sin retiro: $4.039,45 por hora / $502.101,03 mensuales
Caseros (siempre sin retiro)
- $3.494,25 por hora / $441.806,54 mensuales
Asistencia y cuidado de personas
- Con retiro: $3.494,25 por hora / $441.806,54 al mes
- Sin retiro: $3.894,43 por hora / $490.745,56 al mes
Personal para tareas generales
- Con retiro: $3.250,13 por hora / $398.722,14 al mes
- Sin retiro: $3.494,25 por hora / $441.806,54 mensuales