ACCIÓN JUDICIAL

Reforma laboral: presentan la primera demanda colectiva para declararla inconstitucional

Tras la sanción en el Senado el viernes pasado, comenzaron las acciones judiciales para declarar inconstitucionales artículos clave de la reforma laboral.
Por iProfesional
LEGALES - 02 de Marzo, 2026

La reforma laboral aprobada por el Congreso ya enfrenta su primer desafío en los tribunales. La Asociación Gremial de la Abogacía del Estado (AGAE) presentó una demanda colectiva ante la Justicia con el objetivo de que se declaren inválidos distintos artículos de la iniciativa impulsada por el Gobierno y sancionada el viernes por el Senado, en el marco de las sesiones extraordinarias.

La acción judicial marca el inicio de una nueva etapa en la disputa por la norma, que tuvo un intenso debate parlamentario y generó fuerte rechazo en sectores sindicales y del ámbito jurídico laboral.

Desde la AGAE señalaron que varios puntos de la ley impactan de manera directa en derechos laborales consagrados constitucionalmente y en tratados internacionales con jerarquía constitucional. Por ese motivo, solicitaron que la Justicia revise la validez de esos artículos y eventualmente los declare inconstitucionales.

Si bien no trascendieron en detalle todos los artículos cuestionados, el eje del planteo apunta a disposiciones que, según la entidad, modifican sustancialmente las condiciones de trabajo y alteran el equilibrio en las relaciones laborales.

La CGT también judicializa la reforma laboral

La presentación de la AGAE se produjo en simultáneo con otra avanzada judicial encabezada por la Confederación General del Trabajo (CGT), que se movilizó hacia el Palacio de Tribunales para interponer su propio recurso contra la reforma.

La central obrera busca frenar la aplicación de la norma en sede judicial, luego de no haber logrado bloquear su aprobación en el Congreso. La estrategia sindical ahora se traslada a los tribunales, donde intentarán obtener una medida cautelar que suspenda la vigencia de los artículos que consideran inconstitucionales.

"La decisión es sustentar el análisis legal que se viene haciendo y la presentación judicial con respecto a lo que creemos que es inconstitucional", sostuvo Jorge Sola, integrante del consejo directivo de la CGT.

La central apunta especialmente a aspectos vinculados con condiciones laborales, negociación colectiva y regulación del empleo. Desde su perspectiva, la reforma introduce cambios que califican como regresivos en materia de derechos adquiridos.

Debate abierto en la Justicia

Con estas presentaciones, la discusión sobre la reforma laboral entra en una nueva fase. La sanción legislativa no cerró el conflicto político y sindical, sino que lo trasladó al ámbito judicial.

Ahora será la Justicia la que deberá analizar los planteos de inconstitucionalidad y definir si corresponde suspender total o parcialmente la aplicación de la ley mientras se resuelve el fondo de la cuestión.

El escenario anticipa un proceso complejo, con posibles apelaciones y decisiones en distintas instancias. En casos de reformas estructurales de este tipo, los expedientes suelen escalar hasta tribunales superiores, especialmente cuando se discute la validez constitucional de normas que modifican el régimen laboral.

Un nuevo capítulo tras la aprobación en el Senado

La reforma fue aprobada por el Senado durante las sesiones extraordinarias convocadas por el Ejecutivo. El oficialismo defendió la iniciativa como una herramienta para modernizar el mercado de trabajo y promover el empleo formal.

Sin embargo, sindicatos y asociaciones vinculadas al derecho laboral sostienen que la norma altera principios protectores del trabajador y debilita garantías históricas.

Con la primera demanda colectiva ya presentada y la CGT avanzando en la misma línea, el futuro de la reforma laboral comienza a definirse en los tribunales. El debate, lejos de cerrarse con la votación parlamentaria, suma ahora un frente judicial que podría incidir de manera decisiva en la aplicación efectiva de la ley.

Cuáles son los puntos cuestionados por la CGT

Desde el cuerpo legal de la CGT, iban a enviar a la Justicia los siguientes artículos: 

El 98, que amplía de forma generalizada las actividades laborales consideradas "esenciales" y obliga a garantizar entre el 50 y el 75 por ciento de los servicios durante una huelga. Para los abogados, esto significa la prohibición del derecho a huelga:

  • El 133, que restringe el derecho de realizar asambleas en los ámbitos y horarios laborales.
  • El 134, que define como "infracciones muy graves" los bloqueos a empresas como forma de protesta.
  • El 141 que se refiere a "prácticas desleales" sobre la convocatoria de asambleas, y los artículos 142 y 143, que habilitan a iniciar acciones judiciales por esas "prácticas desleales".

Se estima que también se objetará el capítulo referido a las indemnizaciones, no en lo referido al banco de horas, sino al cálculo advirtiendo que se trata de una rebaja que afecta los ingresos de los trabajadores. 

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