MEDIDA CAUTELAR

Un fallo frenó el traspaso de la Justicia Laboral a la Ciudad de Buenos Aires, tras el reclamo de un gremio

La suspensión del traspaso de juzgados laborales genera incertidumbre en la reforma judicial y preocupación por la situación de empleados
Por iProfesional
LEGALES - 17 de Marzo, 2026

El traspaso de la Justicia Nacional del Trabajo a la Ciudad de Buenos Aires quedó frenado por una medida cautelar. La decisión la tomó este martes el juez Herman Mendel, titular del Juzgado Nacional de 1ra Instancia del Trabajo Nro. 30. La resolución responde a una demanda que presentó la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN) contra el Estado Nacional.

El sindicato que lidera Julio Piumato apuntó directo contra el tratamiento irregular de la norma en el Congreso. La organización gremial fundamentó que las disposiciones cuestionadas se sancionaron durante sesiones extraordinarias convocadas por el Poder Ejecutivo. El problema central: el tema del traspaso judicial no estaba incluido en la convocatoria oficial.

La demanda detalla el incumplimiento del artículo 99 inciso nueve de la Constitución Nacional, porque el Poder Ejecutivo convocó al parlamento sin invocar el requisito de "grave interés de orden o progreso". El sindicato sostiene que la creación de una justicia local porteña no constituye un asunto de urgencia institucional. Por lo tanto, no hay razones que autoricen a saltear los tiempos normales del Poder Legislativo.

La presentación judicial marca un exceso respecto del objeto de la convocatoria. El Congreso fue llamado para tratar legislación laboral de fondo, no para debatir la disolución orgánica de juzgados y salas de cámara. El texto destaca que el acuerdo de transferencia no formaba parte del proyecto original enviado el 11 de diciembre de 2025.

Su incorporación tardía afectó la estabilidad de los empleados judiciales sin el debate previo exigible. Esta maniobra quedó registrada en la demanda como una irregularidad procesal grave.

Qué alcance tiene la medida cautelar que frenó el traspaso

El juez Mendel resolvió la suspensión total de los efectos del Acuerdo de Transferencia de la Función Judicial en Materia Laboral. Este convenio había sido celebrado el pasado 9 de febrero entre el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La resolución ordena que la suspensión se mantenga firme hasta el dictado de una sentencia definitiva sobre el mérito de la cuestión.

Para dictar la medida a favor del gremio, el juez consideró justificados los requisitos de verosimilitud en el derecho y peligro en la demora. El magistrado advirtió que el Poder Ejecutivo no contempló la intervención imperativa de la Comisión Bicameral prevista en el artículo 12 de la Ley 24.588. Esta norma obliga a que dicho cuerpo legislativo supervise los procesos de coordinación entre la Nación y la Ciudad.

Mendel señaló que la lectura del acuerdo demuestra una lesión actual a los derechos constitucionales, ya que el anexo del convenio podría incrementarse a raíz de las dimisiones que otros magistrados hiciesen de sus cargos. Esta situación agregaría nuevos órganos jurisdiccionales y más agentes afectados por el traspaso. El riesgo de expansión del daño pesó en la decisión del juez.

El origen del conflicto en la Ley de Modernización Laboral

El conflicto tiene su origen en la sanción de la Ley 27.802, conocida como Ley de Modernización Laboral. La UEJN solicitó la nulidad e invalidez constitucional de los artículos 90 y 91 del capítulo V, referidos al acuerdo de transferencia. También impugnó los artículos 92, 93 y 94 del capítulo VI.

El sindicato además cuestionó el artículo 79 de la citada ley, el Decreto 95/2026 y el propio acuerdo de transferencia que figura como Anexo I. La batería de impugnaciones abarca todo el entramado normativo que habilita el traspaso.

La organización gremial advirtió sobre la magnitud institucional del fuero, compuesto en la actualidad por 1.530 agentes. Este grupo administra una carga de litigiosidad que asciende a 732.730 expedientes entre ambas instancias. El volumen de trabajo y la cantidad de empleados afectados convirtieron el caso en una cuestión de alto impacto institucional.

Qué perjuicios concretos denunció el sindicato para los empleados

La entidad sindical argumentó que el traspaso incurre en una regresividad normativa que vulnera derechos adquiridos. Señalaron que el acuerdo no establece el traspaso automático del personal ni regula su estabilidad laboral. El gremio puntualizó tres perjuicios directos que afectarían a los trabajadores.

Primero, destacaron una omisión respecto al personal de maestranza, cuyas tareas no están contempladas en el convenio colectivo porteño. Estos empleados quedarían en un limbo normativo sin protección clara.

Segundo, indicaron una alteración del sistema de ascensos. El traspaso implicaría pasar a un régimen administrativo de evaluación anual en la Ciudad. Este criterio resulta desfavorable para los trabajadores que hoy acceden a mejoras por antigüedad y concursos.

Tercero, denunciaron una modificación perjudicial de la jornada laboral. Los empleados pasarían de una carga de seis horas diarias a un régimen de 35 horas semanales, equivalente a siete horas por día. El incremento de la jornada sin contrapartida salarial quedó registrado como una desmejora concreta.

El sindicato advirtió una nulidad por extralimitación en las facultades delegadas: el Decreto 95/2026 delegó en el Jefe de Gabinete la facultad de instrumentar transferencias, pero en ningún caso autorizó la supresión de órganos o el cierre de juzgados. En su presentación remarcó que las partes avanzaron hacia la eliminación de tribunales nacionales preexistentes, una acción no autorizada jurídicamente.

Por qué el sindicato habla de represalia institucional

La demanda también plantea la vigencia de la Ley 24.588, conocida como "Ley Cafiero". El sindicato asegura que esta norma garantiza que la justicia nacional ordinaria mantenga su actual jurisdicción. La transferencia violaría este marco legal todavía vigente.

A su vez, afirmaron que la transferencia constituye una represalia institucional y discriminatoria porque se enfoca exclusivamente en la Justicia del Trabajo. El oficialismo omitió avanzar sobre los fueros Civil, Comercial o Criminal. Esta selectividad despertó sospechas sobre las verdaderas motivaciones del traspaso.

El gremio interpreta que el foco en la justicia laboral responde a una intención de debilitar un fuero históricamente protector de derechos de trabajadores. La decisión de no tocar otros fueros refuerza esa lectura política del conflicto.

Cómo resolvió el juez la cuestión de su propia competencia

Antes de resolver, el juez analizó su propia competencia para intervenir en el caso. El magistrado rechazó un dictamen del Ministerio Público Fiscal que sugería que no era competente. Mendel descartó aplicar fallos anteriores citados por el fiscal por no guardar analogía con este caso.

Recordó además que en un proceso judicial reciente impulsado por la Confederación General del Trabajo, la fiscalía no había objetado la competencia ante reclamos de orden constitucional. Esta contradicción debilitó el argumento del Ministerio Público.

La resolución sobre competencia resultó clave para que el caso avanzara. Sin ella, la demanda hubiera quedado trabada en una discusión formal sin tocar el fondo del asunto.

Qué pasos siguen en el expediente judicial

Tras ordenar la suspensión total de la transferencia, el tribunal definió el próximo paso del expediente. El magistrado dispuso librar un oficio a la parte demandada mediante el sistema informático oficial. El Estado Nacional cuenta con un plazo legal de tres días para presentar un informe circunstanciado sobre la causa.

La respuesta del Gobierno será determinante para conocer la estrategia de defensa del traspaso. El expediente ahora entra en una fase de intercambio de argumentos entre las partes.

Mientras tanto, la medida cautelar mantiene congelado el acuerdo de transferencia. Los 1.530 empleados judiciales y los más de 732.000 expedientes permanecen bajo órbita nacional hasta que haya una sentencia definitiva sobre el traspaso de la Justicia del Trabajo a la Ciudad de Buenos Aires.

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