• 12/4/2026
ALERTA

Descanso laboral: el proyecto que cambia las reglas y suma beneficios si no te dan el franco

Un proyecto de ley propone cambios en el descanso semanal: fija plazos, habilita su uso unilateral y prevé pago doble o compensación en vacaciones
12/04/2026 - 10:47hs
Descanso laboral: el proyecto que cambia las reglas y suma beneficios si no te dan el franco

El diputado nacional Jorge "Loma" Ávila presentó un proyecto de ley para modificar el artículo 207 de la Ley de Contrato de Trabajo, con el objetivo de fortalecer la protección del descanso semanal y establecer mecanismos que eviten la pérdida de ese derecho cuando el trabajador presta servicios durante su día de franco.

La iniciativa surge a partir de la aplicación del régimen vigente, que según el autor del proyecto presenta limitaciones en su implementación. En los fundamentos, el legislador sostiene que la normativa actual evidencia "una dificultad estructural que desvirtúa la finalidad de la norma", en referencia a situaciones en las que el descanso compensatorio no se otorga en tiempo y forma.

Cambios propuestos en el régimen de descanso semanal

El proyecto plantea una reformulación integral del artículo 207, incorporando definiciones operativas sobre los plazos y las condiciones en que debe otorgarse el descanso compensatorio. En concreto, establece que, cuando el trabajador preste servicios durante el descanso semanal por decisión del empleador, este deberá conceder el franco correspondiente dentro de la semana inmediata siguiente.

La propuesta contempla tanto los casos en los que exista autorización formal como aquellos en los que no se haya instrumentado de manera expresa, ampliando el alcance de la obligación patronal.

En caso de incumplimiento de ese plazo, el texto prevé que la persona trabajadora pueda ejercer el descanso de manera unilateral dentro de los 30 días corridos posteriores. Para ello, deberá realizar una notificación fehaciente con al menos 24 horas de anticipación.

En esa situación, el empleador deberá abonar la remuneración correspondiente al descanso con un recargo del 100%, lo que implica un reconocimiento económico adicional al salario habitual.

Incorporación del descanso no otorgado a las vacaciones

Uno de los aspectos incorporados por la iniciativa es la previsión de que el derecho al descanso no se extinga en caso de no ser utilizado dentro del plazo establecido. El proyecto dispone que, si el trabajador no ejerce el franco dentro de los 30 días, el tiempo correspondiente deberá sumarse automáticamente a la licencia anual ordinaria del período siguiente.

Este mecanismo apunta a preservar el goce efectivo del descanso, incluso cuando no se haya concretado en el corto plazo. De esta manera, se establece una instancia adicional para la recuperación del tiempo de reposo no otorgado.

Indemnización en caso de incumplimiento

El texto también regula las consecuencias ante la falta de cumplimiento por parte del empleador. En estos casos, se establece la obligación de abonar, junto con la retribución de las vacaciones, una indemnización equivalente al salario del tiempo trabajado durante el descanso semanal, con un recargo del 100%.

El cálculo deberá realizarse tomando como base la remuneración vigente al momento del pago, lo que introduce un criterio actualizado para la determinación del monto.

El proyecto especifica que esta indemnización no sustituye el pago correspondiente al trabajo efectivamente realizado ni las horas suplementarias que pudieran corresponder, con el objetivo de evitar interpretaciones que limiten el alcance de los derechos laborales.

Actualización normativa y contexto de aplicación

En los fundamentos de la iniciativa, Ávila señala que el artículo 207 de la Ley de Contrato de Trabajo no ha sido modificado desde su sanción en 1974. En ese marco, plantea la necesidad de adecuar la normativa a los cambios registrados en la organización del trabajo en las últimas décadas.

El legislador hace referencia a su experiencia en la industria hidrocarburífera, donde los esquemas de trabajo suelen implicar la afectación del descanso semanal, como uno de los factores que evidencian la necesidad de revisión del régimen vigente.

Asimismo, el proyecto se vincula con las modificaciones introducidas por la Ley 27.802, que incorporó nuevas modalidades de organización del tiempo de trabajo, entre ellas sistemas de compensación y bancos de horas. En ese sentido, la propuesta busca establecer criterios que garanticen el respeto de los descansos mínimos legales dentro de esos esquemas.

Objetivos y alcance de la iniciativa

De acuerdo con lo expresado en los fundamentos, la iniciativa tiene como objetivo ordenar la secuencia normativa y reforzar la seguridad jurídica en torno al descanso semanal. En particular, se propone dejar establecido que ningún mecanismo de compensación puede sustituir o neutralizar ese derecho.

El proyecto se inscribe en el marco del derecho laboral, con foco en la regulación del tiempo de trabajo y descanso, y busca compatibilizar las nuevas modalidades organizativas con el cumplimiento de las condiciones mínimas previstas por la legislación vigente.

En ese sentido, el texto establece una serie de instancias progresivas que priorizan el otorgamiento efectivo del descanso por sobre su compensación económica. La posibilidad de monetización aparece contemplada únicamente en los casos en que no se hayan concretado las alternativas previstas para el goce del franco.

Próximos pasos legislativos

La iniciativa deberá ser tratada en comisiones antes de su eventual debate en el recinto. Como ocurre con los proyectos de reforma de la Ley de Contrato de Trabajo, el análisis incluirá la evaluación de su impacto en las relaciones laborales y en la organización de las jornadas de trabajo.

El tratamiento parlamentario determinará si la propuesta avanza hacia su aprobación, modificación o archivo. En caso de sanción, implicaría una actualización del régimen vigente en materia de descanso semanal, con la incorporación de nuevas herramientas para su aplicación efectiva.

Temas relacionados