• 20/4/2026
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El Gobierno envió al Congreso una nueva Ley de Discapacidad, con cambios en pensiones y beneficios

La iniciativa modifica acceso, requisitos y condiciones para cobrar la ayuda estatal, endureciendo controles y eliminando ampliaciones previas
20/04/2026 - 18:42hs
El Gobierno envió al Congreso una nueva Ley de Discapacidad, con cambios en pensiones y beneficios

El gobierno nacional envió al Congreso un proyecto de ley que modifica sustancialmente la Ley de Emergencia en Discapacidad. El texto propone endurecer los requisitos de acceso de pensiones y eliminar beneficios que la legislación vigente garantizaba.

La iniciativa ingresó en el Senado bajo el nombre "Contra el Fraude de Pensiones por Invalidez". Llega en medio de la crisis política generada por la investigación de presuntas coimas que derivó en la eliminación de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), y busca ganar tiempo mediante el debate de una nueva ley en lugar de cumplir con la normativa actual que la Justicia ordenó aplicar.

El eje central del proyecto es la derogación de los artículos 5, 8, 9, 14 y 20 de la Ley N° 27.793. Esos artículos aplicaban a la universalidad de la ayuda.

La modificación retrotrae todo al modelo previo a la sanción de la emergencia. En la práctica, elimina avances que había logrado la normativa vigente en materia de acceso y cobertura.

El martes 5 de agosto de 2025, manifestantes protestaron en Buenos Aires contra el veto del presidente Javier Milei a un proyecto de ley para ampliar la protección de las personas con discapacidad. Ahora, el Ejecutivo propone una nueva normativa que endurece aún más las condiciones.

Reempadronamiento obligatorio y controles cruzados

Si el proyecto se aprueba, va a exigir un reempadronamiento obligatorio para todos los titulares de pensiones por invalidez. Los beneficiarios deberán acreditar nuevamente su condición médica, situación socioeconómica y antecedentes laborales.

Quienes no cumplan con el trámite sufrirán una suspensión automática de la pensión. Después, la pérdida definitiva del beneficio.

El texto oficial propone un proceso de fiscalización que incluirá cruce de información entre la ANSES, ARCA, SINTyS y otros organismos públicos. El objetivo es detectar incompatibilidades o inconsistencias en los pedidos de ayuda estatal.

Frente a cualquier dato que no cierre, la norma permite suspender la pensión de manera preventiva. La medida se aplicará ante incumplimientos objetivos detectados en los cruces de información.

Los beneficiarios tendrán derecho a defensa y proceso. Pero la carga de la prueba recaerá sobre ellos.

Incompatibilidad absoluta con el trabajo formal

Uno de los cambios más controvertidos es el que afecta al mundo laboral. El proyecto establece la incompatibilidad absoluta con cualquier empleo formal o inscripción en regímenes laborales.

De aprobarse la norma, eliminaría la posibilidad de que una persona con discapacidad acceda a un trabajo registrado y mantenga el beneficio al mismo tiempo, endureciendo una de las condiciones que la ley de emergencia había flexibilizado para promover la inclusión laboral.

Pero no solo eso. También apunta a los beneficios que se les otorgaba a las organizaciones a la hora de contratar personas con discapacidad.

El texto elimina uno de los incisos que hacía referencia a los programas de inclusión. También suprime la promoción de programas de reconocimiento de empresas que contrataban personal con discapacidad.

Qué pasa con los montos y las prestaciones

El nuevo sistema fija el monto de la pensión no contributiva en el 70% del haber mínimo jubilatorio. Es una definición material de la prestación que delimita el alcance.

Pero al mismo tiempo, elimina la posibilidad que tiene el Ejecutivo para otorgar aumentos. Ya no podrá dar incrementos en concepto de invalidez laboral ni de zona geográfica desfavorable.

Otro punto que también suprime es el piso mínimo de calidad en las prestaciones con aranceles homogéneos. El proyecto introduce cambios en el financiamiento y la organización del sistema.

Autoriza convenios entre la Nación, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la administración y distribución de fondos. Elimina virtualmente el nomenclador y desregula la negociación por obra social o prepaga.

Respecto a la actualización del valor, el proyecto ata las pensiones a la evolución del haber mínimo jubilatorio. En el caso de los aranceles de las prestaciones, se ajustan trimestralmente o por IPC en caso de demoras.

Se incorpora una compensación de emergencia vinculada también al IPC para prestadores. Pero sin un piso mínimo garantizado.

La estrategia política detrás del envío

La comparación con la legislación vigente arroja diferencias de fondo. La actual normativa, modificada en los últimos años, había ampliado el universo de beneficiarios.

Se basaba en un criterio más amplio de discapacidad. No exclusivamente en la invalidez laboral. El nuevo proyecto retoma la definición material de la prestación y refuerza los controles sobre la acreditación de la incapacidad.

La iniciativa oficial contempla que el incumplimiento de los plazos y requisitos del reempadronamiento dará lugar a la suspensión y posterior baja del beneficio. Es una condición dura que no existía en la ley de emergencia.

El ingreso de la norma por el Senado de la Nación responde a que en la Casa Rosada entienden que la conformación de un número mayoritario es más simple que en Diputados, donde el proyecto podría enfrentar mayor resistencia de los bloques que el año pasado votaron a favor de la emergencia.

En este contexto, es de esperar una fuerte tensión en los bloques "socios" del oficialismo. Durante el año pasado votaron a favor de la emergencia en discapacidad.

Ahora deberán definir si acompañan un proyecto que retrotrae esos derechos. La estrategia del gobierno es similar a la que aplicó con la ley de financiamiento universitario: proponer una nueva norma en lugar de cumplir con la vigente.

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