Cuota alimentaria en julio 2026: cuánto es el mínimo por hijo y cómo se calcula hoy según la ley
Una de las consultas más frecuentes entre padres separados es si la ley establece un monto mínimo que debe abonarse por cuota alimentaria. La respuesta es no: la legislación argentina no fija una suma determinada ni un porcentaje obligatorio sobre el salario del progenitor que debe realizar el aporte.
Sin embargo, eso no significa que el importe quede librado al azar. En la práctica, los jueces cuentan con distintos parámetros para fijar o actualizar la cuota y, en los últimos años, uno de los más utilizados es la Canasta de Crianza que publica el INDEC.
Con los valores correspondientes a mayo de 2026, ese indicador comenzó a servir de referencia para las cuotas que se negocian o revisan durante julio.
Cuál es el monto de referencia por hijo en julio de 2026
La Canasta de Crianza refleja cuánto cuesta cubrir las necesidades de un hijo según su edad. Los valores vigentes son los siguientes:
- Menores de 1 año: $520.569
- De 1 a 3 años: $620.125
- De 4 a 5 años: $529.756
- De 6 a 12 años: $665.950
Estas cifras representan el costo mensual estimado de la crianza e incluyen tanto los gastos de consumo como el valor económico del tiempo destinado al cuidado.
¿Ese es el monto que debe pagar uno de los padres?
No necesariamente. La canasta del INDEC representa el costo total de mantener a un hijo, por lo que no implica que uno de los progenitores deba afrontar la totalidad de ese importe.
Al momento de fijar la cuota alimentaria, la Justicia evalúa distintos factores, entre ellos:
- los ingresos de ambos padres;
- el tiempo que cada uno dedica al cuidado del hijo;
- las necesidades del menor;
- la cantidad de hijos;
- la situación patrimonial de cada progenitor.
Por ese motivo, el aporte económico puede variar significativamente de un caso a otro.
Qué dice la ley sobre la cuota alimentaria
El Código Civil y Comercial establece que ambos progenitores tienen la obligación de contribuir a la manutención de sus hijos en proporción a sus posibilidades económicas.
La obligación alimentaria comprende mucho más que la comida. También incluye gastos vinculados con la vivienda, la educación, la salud, la vestimenta, el transporte, el esparcimiento y todas aquellas necesidades necesarias para el desarrollo integral del niño o adolescente.
Aunque no existe un porcentaje fijado por ley, en numerosos expedientes los jueces establecen cuotas cercanas al 20% o al 30% de los ingresos del progenitor no conviviente.
De todos modos, ese criterio no es obligatorio y cada situación se resuelve de manera individual.
Por qué la Canasta de Crianza del INDEC ganó importancia
El indicador elaborado por el INDEC se convirtió en una referencia porque ofrece una estimación objetiva del costo de criar a un hijo.
La medición combina dos variables:
- Los gastos en alimentación, salud, educación, vivienda, transporte, vestimenta y otros consumos básicos.
- El valor económico de las tareas de cuidado que habitualmente realiza uno de los progenitores.
Gracias a esta metodología, la canasta es utilizada cada vez con mayor frecuencia para actualizar cuotas alimentarias, homologar acuerdos y fijar alimentos provisorios en procesos judiciales.
¿Hasta qué edad corresponde pagar la cuota alimentaria?
La obligación alimentaria rige hasta que el hijo cumple 21 años. No obstante, puede extenderse hasta los 25 años cuando continúa estudiando y no tiene recursos suficientes para mantenerse por sus propios medios.
En los casos de hijos con discapacidad que les impida lograr independencia económica, el deber alimentario puede mantenerse sin límite de edad.
Qué ocurre si no se paga la cuota
El incumplimiento de la cuota alimentaria puede derivar en distintas medidas judiciales, como el embargo de salarios o cuentas bancarias, la retención directa de ingresos, la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios, la prohibición de salir del país o incluso la suspensión de la licencia de conducir.
Además, la falta de un empleo registrado no exime al progenitor de cumplir con su obligación. En esas situaciones, el juez puede estimar la capacidad económica del obligado y fijar igualmente una cuota alimentaria.