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Indemnización por despido y la cuenta que define cuánto te corresponde cobrar en septiembre 2026

La reforma laboral mantiene un sueldo por cada año trabajado, pero cambia la base de cálculo. Qué conceptos se incluyen y cuáles quedan afuera
Por NB
22/08/2026 - 08:00hs
Mujer siendo despedida. Foto:Archivo

Los despidos sin causa pueden representar para un trabajador el cobro de varios salarios juntos. Sin embargo, determinar cuánto corresponde cobrar no consiste simplemente en tomar el sueldo y multiplicarlo por los años de antigüedad. En 2026, la reforma laboral introdujo nuevos criterios para calcular la indemnización por antigüedad, entre ellos, cambios en la remuneración que se toma como referencia y en el límite que puede aplicarse por el convenio colectivo.

La regla de partida continúa siendo la prevista en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo: cuando el despido es sin causa, corresponde una remuneración mensual por cada año de servicio o por una fracción superior a tres meses.

Qué sueldo se toma para calcular la indemnización en septiembre 2026 

Antes de hacer cualquier multiplicación, hay que determinar qué remuneración se utilizará para la indemnización.

El esquema contempla los componentes salariales que el trabajador cobra de manera habitual. Por eso, pueden formar parte de la base el sueldo mensual y aquellos adicionales, premios o comisiones que tengan una presencia regular en los ingresos.

No ocurre lo mismo con todos los pagos recibidos durante la relación laboral. El material de referencia excluye de esta base al aguinaldo, las vacaciones no gozadas y los desembolsos extraordinarios que no tengan carácter habitual.

Para los componentes variables, se considera el promedio correspondiente según el período previsto.

Un límite que puede reducir el salario utilizado

El siguiente paso es revisar el convenio colectivo que corresponde a la actividad del trabajador.

La normativa establece un máximo equivalente a tres veces el salario promedio del convenio aplicable. Si, por ejemplo, ese promedio fuera de $500.000, el valor de referencia no podría superar los $1.500.000.

Esto adquiere especial importancia para quienes tienen remuneraciones superiores a las escalas convencionales, porque el salario efectivamente cobrado y el salario utilizado para la indemnización pueden no coincidir.

La reforma también fija un límite para la reducción

El tope convencional no puede llevar la base indemnizatoria a cualquier nivel.

El nuevo criterio establece que el importe utilizado no debe ubicarse por debajo del 67% de la remuneración real. En consecuencia, la reducción respecto del salario original tiene como límite el 33%.

Un caso sencillo permite entenderlo:

  • si una persona gana $4.000.000;
  • y la aplicación del tope llevaría la base a $2.100.000;
  • debe utilizarse como mínimo el 67% del salario original.
  • En este ejemplo, ese piso es de $2.680.000.

Cómo se obtiene la indemnización por antigüedad

Con la remuneración que finalmente corresponde tomar como referencia, se determina la cantidad de años que se computarán.

La fracción de tiempo trabajada es determinante: cuando supera los tres meses, se cuenta como un año adicional. Así:

  • Una persona que trabajó 3 años y 4 meses computa cuatro años. Si su salario indemnizatorio fuera de $800.000, la cuenta daría $3.200.000.
  • Con 5 años y 4 meses, se considerarían seis años. Sobre una base de $800.000, serían $4.800.000.
  • Con 7 años y 2 meses, se computan siete años. Si la remuneración considerada fuera de $1.500.000, el resultado sería de $10.500.000.

Estos importes corresponden exclusivamente al componente de antigüedad. La liquidación completa puede ser bastante mayor.

Qué otros montos aparecen en la liquidación

La fecha en que se produce el despido y la forma en que se comunica la desvinculación pueden generar pagos adicionales.

Si no hubo preaviso

El empleador debe respetar un plazo de aviso que depende de la antigüedad.

Para trabajadores que se encuentran en el período de prueba, el plazo indicado es de 15 días. Cuando la antigüedad es inferior a cinco años, corresponde un mes, mientras que para quienes superan ese período se contemplan dos meses.

Si la empresa comunica el despido de manera inmediata y no otorga ese tiempo, debe abonar la indemnización sustitutiva correspondiente.

El pago de los días restantes del mes

Hay otra diferencia según el momento del mes en que se comunica la desvinculación.

Cuando el trabajador es despedido antes de que termine el mes y no trabaja hasta el último día, puede corresponder la integración del mes de despido. Se trata del pago de los días que faltaban para completar ese período.

Las vacaciones que quedaron pendientes

El cierre de la relación laboral también obliga a contemplar las vacaciones proporcionales que correspondan por el tiempo trabajado durante el año.

La cantidad de días anuales está vinculada con la antigüedad:

  • Hasta 5 años de antigüedad: 14 días de vacaciones.
  • Más de 5 y hasta 10 años: 21 días.
  • Más de 10 y hasta 20 años: 28 días.
  • Más de 20 años: 35 días.

Para determinar el importe, la referencia indicada es dividir la remuneración mensual por 25 y multiplicar por los días correspondientes.

El aguinaldo también se liquida en forma proporcional

Si el trabajador no completó el semestre, corresponde calcular la parte del SAC generada hasta la fecha de finalización del vínculo.

La cuenta puede realizarse tomando la mejor remuneración del semestre, dividiéndola por 12 y aplicando la proporción de tiempo trabajado. También puede calcularse a partir de los días efectivamente trabajados durante el semestre.

Qué papel tiene el Fondo de Asistencia Laboral

Otro de los cambios vinculados con la reforma es el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), creado como una herramienta destinada a generar recursos para afrontar las indemnizaciones.

El mecanismo contempla una cuenta específica y aportes periódicos. Para las grandes empresas, el porcentaje indicado es del 1% de la masa salarial, mientras que para las PyMEs es del 2,5%. La reglamentación puede llevar esos valores al 1,5% y 3%, respectivamente.

Un punto importante es que la existencia del fondo no libera a la empresa de pagar la indemnización que corresponda. Si los recursos acumulados no alcanzan, el empleador debe hacerse cargo del saldo.

El régimen también contempla a trabajadores registrados con al menos un año de antigüedad y permite pactar el pago en cuotas cuando existe un acuerdo entre las partes.

Hay situaciones en las que el monto puede aumentar

El despido no siempre genera únicamente la indemnización común. La normativa contempla una protección especial para determinadas situaciones. Entre ellas, aparecen los casos de embarazo y matrimonio cuando se configura el supuesto legal correspondiente.

En esas circunstancias, puede sumarse una indemnización equivalente a un año de remuneraciones, además de la que corresponde por la desvinculación sin causa.

Un ejemplo para entender cuánto puede terminar cobrando

Supongamos un trabajador con 3 años y 4 meses de antigüedad, un salario de $800.000 y un despido comunicado en enero de 2026.

El primer componente sería la indemnización por antigüedad: al superar los tres meses de fracción, se computan cuatro años y el resultado es de $3.200.000.

A esa cifra podría agregarse:

  • $800.000 por preaviso, si correspondiera un mes y no fue otorgado.
  • El importe correspondiente a la integración del mes, según el día en que se produjo el despido.
  • El pago de las vacaciones proporcionales.
  • El SAC proporcional generado durante el semestre.

Por lo tanto, el monto final no necesariamente coincide con la cifra obtenida por la antigüedad.

La clave para saber cuánto corresponde cobrar

Para calcular una indemnización correctamente en 2026 hay que mirar varias variables al mismo tiempo: la remuneración habitual, la antigüedad, el convenio colectivo, el momento del despido y los conceptos pendientes de pago.

La reforma mantiene la referencia de un sueldo por año trabajado, pero incorpora reglas que pueden modificar el salario utilizado como base, entre ellas el tope vinculado al convenio y el piso del 67%.

Por eso, ante una desvinculación, el cálculo de la indemnización por antigüedad es apenas el punto de partida. La liquidación final debe contemplar todos los conceptos que correspondan según las características de cada relación laboral.

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