DERECHOS HEREDITARIOS

Se separaron hace 25 años y aunque nunca se divorciaron la Justicia lo dejó sin herencia

La Justicia de La Matanza excluyó a un hombre de la herencia de su exesposa tras comprobar que llevaban más de 20 años separados
Por iProfesional
LEGALES - 19 de Agosto, 2026

Un hombre quedó fuera de la herencia de su exesposa luego de que la Justicia comprobara que llevaban más de dos décadas separados y sin intención de retomar la convivencia. El planteo fue realizado por uno de los hijos de la pareja, quien cuestionó que su padre conservara derechos hereditarios pese a la prolongada separación.

La resolución fue dictada por la jueza Alejandra Ronsini, a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial N° 3 de La Matanza. La magistrada hizo lugar al pedido y estableció "la cesación de la vocación hereditaria del ex esposo con respecto al proceso sucesorio de la causante".

Llevaban más de 20 años separados y él reclamó la herencia: el fallo de la Justicia

La pareja había contraído matrimonio en 1972. Sin embargo, la convivencia llegó a su fin en diciembre de 1997, cuando el hombre dejó el domicilio familiar.

Poco tiempo después, en 1998, la mujer inició un trámite judicial para divorciarse y solicitó medidas precautorias. Ese expediente, sin embargo, no terminó con una sentencia que disolviera el matrimonio.

La situación se mantuvo durante años. La mujer falleció en 2021, mientras que el vínculo matrimonial continuaba formalmente vigente. Después de su muerte, el hombre se presentó en el expediente sucesorio para reclamar la parte de la herencia que consideraba que le correspondía.

En octubre de 2024, la Justicia había dictado la declaratoria de herederos y reconocido como sucesores a los dos hijos y al cónyuge, aunque con los alcances previstos por la legislación para los bienes propios y gananciales.

Uno de los hijos decidió entonces iniciar una nueva acción judicial para impedir que su padre pudiera heredar los bienes de su madre.

Qué tuvo en cuenta la jueza

El punto central del caso fue determinar si, pese a que nunca se había concretado el divorcio, el hombre conservaba su derecho a heredar.

La jueza explicó que el Código Civil y Comercial contempla la pérdida de la vocación hereditaria entre cónyuges cuando existe divorcio o una separación de hecho sin voluntad de unirse, entre otras situaciones previstas legalmente.

Por lo tanto, el hijo debía demostrar que sus padres llevaban años separados y que esa situación no era simplemente transitoria.

Para acreditar ese punto, se analizaron diferentes elementos incorporados al expediente, entre ellos el antiguo juicio de divorcio iniciado por la mujer. Según señaló la magistrada, esas actuaciones "dejan en claro que los cónyuges estaban separados de hecho desde el año 1998".

Los testimonios que respaldaron la separación

La prueba testimonial también tuvo un papel relevante. Vecinos y personas cercanas a la familia describieron una situación en la que la mujer llevaba adelante su vida cotidiana sin la presencia de su esposo.

Uno de los testigos sostuvo que "siempre había visto a S. sola" y que ni siquiera conocía personalmente al padre de sus hijos. Solo tenía referencias de un hombre que ocasionalmente aparecía "con un taxi". Otro vecino recordó que los integrantes de la pareja "se habían separado hacía mucho tiempo".

Para la Justicia, estos testimonios fueron compatibles con el resto de la documentación incorporada al expediente y permitieron reconstruir una separación que se había extendido por más de 20 años.

El hombre no respondió a la demanda

Otro elemento considerado por la magistrada fue la actitud procesal del demandado.

El hombre no contestó la demanda promovida por su hijo. De esta manera, no presentó argumentos ni pruebas destinadas a demostrar que, pese a haber abandonado el hogar, hubiera existido algún intento posterior de reconstruir la relación matrimonial.

La jueza también tuvo en cuenta que quien pretende conservar derechos hereditarios en una situación de estas características debe poder demostrar que el vínculo matrimonial continuaba acompañado por un verdadero proyecto de vida en común.

Por qué perdió el derecho a heredar

El fallo también consideró un precedente en el que se estableció que la persona que se retira del hogar y luego pretende conservar derechos sucesorios debe demostrar que, pese a la separación, el vínculo matrimonial seguía sustentado en "la cooperación y la asistencia mutua".

En este caso, la evidencia reunida no permitió demostrar que ese vínculo hubiera continuado después de la separación.

Por el contrario, la documentación y los testimonios analizados permitieron establecer que la pareja había dejado de convivir en 1998 y que esa situación permaneció hasta el fallecimiento de la mujer, ocurrido en 2021.

La Justicia consideró así que se había configurado la causal prevista por la legislación para dejar sin efecto la vocación hereditaria del cónyuge.

Qué resolvió finalmente la Justicia

La decisión determinó que el exesposo quedara excluido de la sucesión de la mujer, pese a que el matrimonio nunca había sido disuelto formalmente mediante una sentencia de divorcio.

Para la magistrada, la existencia del vínculo matrimonial no resultaba suficiente para mantener los derechos hereditarios frente a una separación de hecho prolongada y sin voluntad de retomar la convivencia.

De esta manera, después de más de dos décadas sin vida en común, el hombre perdió la posibilidad de heredar los bienes de su exesposa.

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