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Separación de bienes y acuerdos prenupciales: qué pasa con la casa, las deudas y la herencia si hay divorcio

El Código Civil y Comercial permite elegir el régimen patrimonial. Conozca las reglas sobre bienes, deudas y herencia ante un divorcio
27/08/2026 - 10:02hs
Hombre firmando un acuerdo prenupcial

Puntos importantes

Checkbox Checked Los acuerdos prenupciales en Argentina permiten a los futuros cónyuges elegir entre el régimen de comunidad de ganancias o el de separación de bienes.
Checkbox Checked El régimen de separación de bienes permite que cada integrante conserve la titularidad y administración de sus activos, facilitando la planificación.
Checkbox Checked Esta herramienta jurídica es ideal para empresarios o personas con hijos de matrimonios anteriores, aunque no exime de sostener el hogar común.

Los acuerdos prenupciales ganaron espacio en las consultas de parejas que buscan definir, antes de casarse, cómo se administrarán sus bienes y qué reglas patrimoniales se aplicarán durante el matrimonio.

En Argentina, esta posibilidad está contemplada en el Código Civil y Comercial a través de las convenciones matrimoniales y de la elección entre dos regímenes patrimoniales: la comunidad de ganancias y la separación de bienes.

El régimen de comunidad es el que se aplica cuando los futuros cónyuges no realizan una elección diferente. La otra alternativa es el régimen de separación de bienes, mediante el cual cada cónyuge conserva, como principio general, la titularidad, administración y disposición de los bienes que le pertenecen.

Aunque en el lenguaje cotidiano suele hablarse de "contratos prenupciales", la legislación argentina establece límites sobre qué cuestiones pueden incluirse. Los acuerdos se concentran en aspectos patrimoniales y no permiten regular libremente todos los aspectos de la vida de pareja.

¿Qué son los acuerdos prenupciales en Argentina?

Los llamados acuerdos prenupciales son, en términos jurídicos, convenciones matrimoniales que permiten organizar determinados aspectos económicos antes de la celebración del matrimonio.

Entre las cuestiones que pueden contemplarse se encuentran la identificación de bienes, la declaración de determinadas deudas, las donaciones realizadas entre los futuros cónyuges y la elección del régimen patrimonial que regirá durante el matrimonio. Se realiza a través de una escritura pública.

La abogada especializada en Derecho de Familia Daniela Carbonell explicó que, en Argentina, las convenciones matrimoniales tienen un alcance limitado a las cuestiones económicas. Según señaló, no pueden utilizarse para establecer cláusulas sobre la fidelidad, la educación o la religión de los hijos ni fijar sanciones económicas vinculadas con conductas personales.

De esta manera, el acuerdo puede servir para definir cómo se organizará el patrimonio, pero no para establecer reglas sobre la vida afectiva o personal de los cónyuges.

¿Qué es el régimen de separación de bienes?

El régimen de separación de bienes es una de las dos alternativas previstas por la legislación argentina para organizar el patrimonio dentro del matrimonio. 

Su principal característica es que cada cónyuge conserva la titularidad de los bienes que adquiere. A diferencia del régimen de comunidad, no existe una masa de bienes gananciales que deba dividirse únicamente porque esos activos fueron adquiridos durante el matrimonio.

Los bienes ingresan al patrimonio de quien los adquiere y los frutos y productos generados por esos activos también corresponden, en principio, a su titular.

En otras palabras, una persona puede mantener los bienes que tenía antes de casarse y seguir adquiriendo otros durante el matrimonio bajo su propia titularidad.

Aquellos que opten por la unión convivencial también pueden realizar una especie de acuerdo prenupcial a través de un pacto de convivencia en el que se estipule que pasará con los bienes en caso de separación.

¿Por qué empresarios y personas con patrimonio previo pueden optar por la separación de bienes?

La elección del régimen de separación de bienes puede adquirir especial relevancia cuando uno o ambos integrantes de la pareja tienen actividades empresariales, participación en sociedades, inmuebles, inversiones u otros activos, o cuando existen hijos de relaciones anteriores.

El abogado Jorge Grispo explicó que, mediante una convención matrimonial, los futuros cónyuges pueden establecer un régimen de separación patrimonial para que cada uno conserve la administración y la titularidad de los bienes que le correspondan.

En ese sentido, Grispo señaló que esta alternativa puede ser analizada por personas que desarrollan actividades empresariales o asumen riesgos comerciales, ya que permite mantener diferenciados los patrimonios de cada cónyuge dentro de las reglas previstas por el régimen elegido.

Según el abogado, la planificación patrimonial también puede ser relevante para quienes tienen participación en sociedades, inversiones, inmuebles o estructuras empresariales, así como para las familias en las que existen hijos de relaciones anteriores.

Grispo sostuvo que la elección del régimen patrimonial puede formar parte de una planificación más amplia sobre la administración de los activos y los riesgos económicos. Además, indicó que, en caso de una eventual disolución del matrimonio, la existencia de reglas patrimoniales previamente definidas puede incidir en la forma en que se aborden las cuestiones vinculadas con la titularidad y división de los bienes.

¿Los cónyuges pueden comprar bienes juntos?

Sí. Elegir la separación de bienes no impide realizar compras en conjunto.

Si ambos cónyuges adquieren una casa, un departamento u otro bien, pueden ser titulares en condominio. En ese caso, la propiedad corresponde a ambos en la proporción que surja de la adquisición y se aplican las reglas previstas para ese tipo de titularidad.

Por eso, la separación de bienes no significa que todo el patrimonio deba mantenerse necesariamente dividido. El régimen establece las reglas generales sobre la titularidad, pero permite que los cónyuges tengan bienes de propiedad conjunta.

¿Qué pasa si no se puede demostrar quién es dueño de un bien?

La documentación de las adquisiciones puede cobrar importancia cuando existen dudas sobre la titularidad de un determinado bien.

El artículo 506 del Código Civil y Comercial establece que cada cónyuge puede demostrar la propiedad exclusiva de un bien por todos los medios de prueba. Si esa titularidad exclusiva no puede acreditarse, se presume que el bien pertenece a ambos por partes iguales.

Esto puede ser especialmente relevante en el caso de determinados bienes muebles o activos respecto de los cuales no exista documentación clara sobre quién realizó la compra o a nombre de quién se efectuó la adquisición.

¿Cómo funciona la separación de bienes con las deudas?

Como regla general, cada cónyuge responde con su propio patrimonio por las deudas que contrae.

Sin embargo, existen excepciones vinculadas con las obligaciones derivadas de la vida familiar. Ambos cónyuges deben contribuir al sostenimiento del hogar y de los hijos de acuerdo con sus recursos.

Cuando una obligación fue contraída para atender las necesidades ordinarias del hogar o el sostenimiento y la educación de los hijos, puede existir responsabilidad solidaria del otro cónyuge conforme a las disposiciones del Código Civil y Comercial.

Por lo tanto, la separación patrimonial no elimina las responsabilidades económicas vinculadas con el mantenimiento de la familia.

¿Qué pasa con la vivienda familiar?

La vivienda familiar tiene una protección específica que funciona como un límite a la libre disposición de los bienes.

El régimen de separación permite que cada cónyuge administre y disponga de su patrimonio, pero las normas sobre la vivienda familiar continúan siendo aplicables. De esta manera, la autonomía patrimonial convive con reglas destinadas a proteger el hogar y el interés familiar.

¿Cómo se elige el régimen de separación de bienes?

Los futuros cónyuges pueden celebrar convenciones matrimoniales antes de casarse y, dentro de ese acuerdo, elegir el régimen patrimonial que regirá durante el matrimonio.

Existe la posibilidad de modificar el acuerdo las veces que los contrayentes lo consideren necesario, siempre y cuando haya transcurrido un año de vigencia del régimen patrimonial elegido anteriormente.

 Según Carbonell, la elección o modificación del régimen tiene consecuencias concretas sobre los bienes y las deudas de los cónyuges y sobre la forma en que se resolverán las cuestiones patrimoniales ante la disolución del vínculo.

¿Qué pasa con los bienes si hay divorcio?

Esta es una de las principales diferencias entre el régimen de comunidad y el de separación de bienes.

Cuando un matrimonio bajo el régimen de separación se divorcia, no existe una masa de bienes gananciales que deba liquidarse y distribuirse entre los cónyuges. En principio, cada uno conserva los bienes cuya titularidad le corresponde.

Los conflictos pueden concentrarse en los bienes adquiridos en conjunto o en aquellos cuya propiedad exclusiva no pueda acreditarse. En estos casos, pueden aplicarse las reglas sobre prueba y condominio.

Si existen bienes indivisos y no hay acuerdo sobre su división, el material señala que la partición se realiza conforme a las reglas previstas para la partición de las herencias.

¿Qué ocurre con la herencia si uno de los cónyuges fallece?

La separación de bienes también influye en la identificación del patrimonio que integra una sucesión.

Según el análisis jurídico incorporado en el documento, en caso de fallecimiento ingresan a la masa sucesoria los bienes de titularidad del cónyuge fallecido. Si existían bienes en condominio, se considera la parte indivisa que le correspondía al causante.

Los bienes de titularidad exclusiva del cónyuge sobreviviente no ingresan a la sucesión por el solo hecho del matrimonio. Esto no elimina, sin embargo, los derechos hereditarios que puedan corresponder al cónyuge sobreviviente de acuerdo con las normas sucesorias.

Comunidad de bienes o separación de bienes: cuáles son las diferencias

En Argentina existen dos regímenes patrimoniales para el matrimonio.

Si no hay una elección expresa, se aplica el régimen de comunidad, en el que la ley distingue entre bienes propios y gananciales y establece reglas específicas para su administración y eventual división.

En cambio, en el régimen de separación de bienes, cada cónyuge conserva, como principio general, la propiedad y administración de los bienes que adquiere.

De esta manera, el régimen de separación de bienes permite mantener diferenciados los patrimonios de los cónyuges, aunque esto no impide la adquisición de bienes en conjunto ni elimina las obligaciones previstas por la ley respecto del sostenimiento del hogar, los hijos y la vivienda familiar.