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Legales

La Libertad Avanza prepara pedido de juicio político a la jueza que suspendió por 60 días el Régimen Penal Juvenil

La jueza suspendió por sesenta días el Régimen Penal Juvenil y LLA bonaerense prepara un pedido de juicio político para destituirla

Por iProfesional
08/09/2026
Actualizado 14:10hs

La Libertad Avanza (LLA) bonaerense prepara un pedido de juicio político contra la jueza Marta Elba Pascual, quien suspendió durante 60 días la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil.

El espacio oficialista cuestiona la resolución porque considera que la magistrada frenó la aplicación de una ley sancionada por el Congreso de la Nación. Además, desde LLA sostuvieron que la medida "profundiza la situación de impunidad" que padecen los ciudadanos de la provincia de Buenos Aires.

Cómo será el pedido contra la jueza Marta Elba Pascual

Según informaron fuentes a la Agencia Noticias Argentinas, el presidente de LLA bonaerense, Sebastián Pareja, encabezará una mesa de trabajo junto con los equipos técnicos y políticos del espacio.

El objetivo será definir el mecanismo para avanzar con el pedido de destitución de Pascual y establecer los fundamentos de la presentación contra la magistrada.

La ofensiva del oficialismo provincial surge luego de que la jueza dispusiera la suspensión por 60 días del nuevo Régimen Penal Juvenil, una medida que LLA considera contraria a una norma aprobada por el Congreso.

La denuncia penal contra la jueza por suspender la norma

La resolución de Marta Elba Pascual no solo generó una reacción política de La Libertad Avanza. También motivó una presentación judicial de Usina de Justicia, que denunció a la magistrada por presunta usurpación funcional y abuso de autoridad a raíz de la suspensión temporal del nuevo régimen.

El planteo de la organización se centra en las atribuciones de la jueza para disponer la interrupción de una normativa penal aprobada por el Congreso de la Nación. Según el argumento expuesto en la denuncia, la definición de la edad a partir de la cual una persona puede ser sometida al régimen penal corresponde al Poder Legislativo.

La nueva legislación establece que la responsabilidad penal alcance a adolescentes desde los 14 años, en lugar de los 16 que regían anteriormente. La decisión de Pascual dejó en suspenso la aplicación de ese cambio durante 60 días.

Qué cuestiona Usina de Justicia

La organización también cuestionó los fundamentos utilizados para disponer la suspensión. Uno de los puntos discutidos está relacionado con el posible impacto que tendría la implementación del régimen sobre la cantidad de adolescentes alcanzados por el sistema penal.

En ese sentido, Usina de Justicia sostuvo que la nueva legislación no establece únicamente penas de prisión para los menores alcanzados por sus disposiciones, sino que contempla penas alternativas a la prisión.

Otro elemento señalado por la entidad es el límite previsto para una eventual condena. Según su planteo, una pena aplicada a adolescentes bajo este régimen no puede superar los 15 años de prisión.

La organización considera que la resolución judicial excedió las facultades de la magistrada al suspender temporalmente los efectos de una ley penal sancionada por el Congreso. El planteo agrega así una discusión sobre la división de poderes al conflicto generado por la aplicación del nuevo régimen.

Con la denuncia de Usina de Justicia y el pedido de juicio político que prepara LLA bonaerense, Pascual enfrenta ahora dos iniciativas diferentes vinculadas con su decisión de suspender la normativa: una presentación de carácter penal y otra de naturaleza política.

Qué establece el nuevo Régimen Penal Juvenil

El nuevo esquema está establecido por la Ley 27.801, que reemplazó el régimen previsto por la Ley 22.278, vigente desde 1980. La reforma establece un sistema penal específico para adolescentes de entre 14 y 18 años y modifica el criterio que regía hasta ahora para determinar desde qué edad una persona puede quedar sometida a un proceso penal.

La posibilidad de ser imputado desde los 14 años no implica que todos los adolescentes alcanzados por la norma deban recibir una pena de prisión. El régimen establece distintas sanciones y medidas que deben contemplar las características de cada caso y del delito cometido, con objetivos vinculados con la educación, la resocialización y la integración social.

Entre las alternativas a la privación de la libertad aparecen las restricciones de acercamiento, la reparación del daño ocasionado a la víctima, las reglas de conducta y la participación en actividades educativas y comunitarias. La normativa también incorpora la amonestación y el monitoreo electrónico como herramientas para determinados casos.

Cuando corresponde una medida de privación de la libertad, los adolescentes deben permanecer en establecimientos especialmente acondicionados para menores y bajo la supervisión de personal especializado. La ley establece además que no pueden compartir espacios de encierro con personas mayores de edad. Entre las modalidades previstas aparecen los institutos abiertos, establecimientos especializados de detención y, en determinadas situaciones, el arresto domiciliario.

La reforma también fija límites específicos para las condenas. No permite aplicar prisión o reclusión perpetua a adolescentes y establece un máximo de 15 años de prisión. Además, contempla la posibilidad de acceder a la libertad condicional una vez cumplidos los dos tercios de la condena, siempre que se reúnan las condiciones previstas por la legislación.

Otro cambio está relacionado con el lugar de las víctimas dentro del proceso. El nuevo régimen amplía su participación en las causas y establece que podrán intervenir en el trámite judicial y recibir información sobre la evolución del expediente. También contempla la responsabilidad civil de los padres por los daños derivados de los hechos ilícitos atribuidos a los adolescentes.

La puesta en marcha del sistema requiere además recursos específicos. Entre las cuestiones que deben resolverse aparecen la disponibilidad de infraestructura, personal especializado, dispositivos de monitoreo electrónico y mecanismos de coordinación entre la normativa nacional y los sistemas procesales de cada provincia. Para implementar el régimen, el Congreso estableció una partida presupuestaria de $23.739 millones.